ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Variedades Clinicas De Aborto


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  742 Palabras (3 Páginas)  •  942 Visitas

Página 1 de 3

VARIEDADES CLINICAS DEL ABORTO

* Aborto completo: expulsión del producto y material placentario.

* Aborto incompleto: quedan parte de los mismos en el canal vaginal, cérvix o útero.

* Aborto diferido: producto muerto en útero sin expulsión

* Aborto inevitable: hemorragia, ruptura de membranas con dilatación cervical.

* Aborto recurrente: 3 o más perdidas consecutivas

* Aborto séptico: aquel aborto que se acompaña de signos y síntomas de infección

Características del aborto

CARACTERISTICAS

El aborto puede producirse espontáneamente o ser provocado por la embarazada, un medico u otra persona, por medios artificiales: químicos, mecánicos o quirúrgicos.

El aborto puede ser completo o incompleto.

Aborto Completo. Es aquel donde, además del embrión o feto, se produce la expulsión completa de los anexos fetales: la placenta y las membranas que forman el saco amniótico.

Aborto Incompleto. Cuando quedan dentro del útero restos de la placenta o de las membranas que forman el saco amniótico. Es decir, solo se produce la expulsión del embrión o feto.

A pesar de la información continua sobre anticonceptivos y la fácil aplicación de algunos de ellos, el aborto continúa siendo una alternativa muy difundida para el control de la natalidad a nivel mundial.

El aborto provocado séptico es la primera causa de mortalidad materna en Venezuela; de allí la importancia de su estudio, en especial lo referente a la repercusión de este sobre la salud física y mental de la mujer.

CAPÍTULO II

ABORTO

ARTICULO 263.- (ABORTO): El que causare la muerte de un feto en el seno materno o provocare su expulsión prematura, será sancionado:

1. Con privación de libertad de dos a seis años, si el aborto fuere practicado sin el consentimiento de la mujer o si ésta fuere menor de diez y seis años.

2. Con privación de libertad de uno a tres años, si fuere practicado con el consentimiento de la mujer.

3. Con reclusión de uno a tres años, a la mujer que hubiere prestado su consentimiento.

La tentativa de la mujer no es punible.

ARTICULO 264.- (ABORTO SEGUIDO DE LESIÓN O MUERTE).- Cuando el aborto con el consentimiento de la mujer fuere seguido de lesión, la pena será de privación de libertad de uno a cuatro años: y si sobreviniere la muerte, la sanción será agravada en una mitad.

Cuando del aborto no consentido resultare una lesión, se impondrá al autor la pena de privación de libertad de uno a siete años: si ocurriere la muerte, se aplicará la de privación de libertad de dos a nueve años.

ARTICULO 265.- (ABORTO HONORIS CAUSA): Si el delito fuere cometido para salvar el honor de la mujer, sea por ella misma o por terceros, con consentimiento

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com