Vicios De Consentimento
Enviado por lozada2626 • 24 de Febrero de 2012 • 1.344 Palabras (6 Páginas) • 513 Visitas
LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO
Son las anormalidades del consentimiento que ocasionan la anulación del acto jurídico a favor de la parte que ha sido victima de ella, y consiste en el error, la violencia, el dolo, la violencia y en ciertos casos la lesión.
En todo contrato, incluso en los solemnes o reales, el consentimiento vaya solo, o acompañado de otro elemento, debe siempre: 1.existir, y 2. reunir ciertas cualidades de inteligencia y de libertad, en ausencia de las cuales se le considera viciado. Si el consentimiento está absolutamente destruido por una causa cualquiera, ninguna existencia tiene el contrato: nada se ha hecho, lo que existe no es sino una vana apariencia, un mero hecho: el acto jurídico es inexistente. Si el consentimiento se ha dado realmente, pero bajo la influencia de una causa que lo priva de su libertad, esta viciado; el acto jurídico existe; pero es anulable.
*EL ERROR: es el hecho de creer verdadero lo que es falso, o falso lo que es verdadero. El error es un vicio del consentimiento, que permite a quien lo ha cometido hacer anular el acto jurídico cuando la ley le reconoce gravedad suficiente. El articulo 1110 del Código Civil con respecto de los contratos en general dice ¨ El error no es causa de nulidad de la convención, sino cuando recae sobre la sustancia misma de la cosa que es su objeto ¨.
¨ No es causa de nulidad, cuando únicamente recae en la persona con la cual hay intención de contratar, a no ser que la consideración de esta persona sea la causa principal de la convención ¨.
Respecto al matrimonio el Art. 180 del Código Civil nos dice: ¨
El matrimonio realizado sin el consentimiento libre de ambos esposos o de uno de ellos, no puede ser impugnado más que
por los contrayentes o por aquel de ellos cuyo consentimiento no haya sido libre. Cuando haya habido, error en la persona, el matrimonio podrá únicamente ser impugnado por el cónyuge que haya padecido el error ¨.
En su acepción corriente, el hecho de equivocarse materialmente, por ejemplo en un cálculo, en la redacción de un acto, o en la formulación de una cuenta; el Art. 2058 del Codigo Civil nos dice; ¨ El error de cálculo cometido en una transacción, debe repararse ¨.
Existen diferentes tipos de errores que son:
*Error de derecho: el hecho de equivocarse sobre la existencia o interpretación de una norma de derecho.
Ejemplo: el hecho de casarse ante un sacerdote, creyendo que ese matrimonio tiene valor legal.
*Error de hecho: el hecho de equivocarse sobre una circunstancia material.
Ejemplo: creer que un objeto es antiguo, cuando en realidad es moderno.
*Error Judicial: expresión con la que se designa especialmente el error de hecho cometido por los jueces en materia penal. Cuando ha sido causa de una condena injusta, puede, bajo ciertas condiciones, dar lugar a reparación, luego de un procedimiento de revisión.
*LA VIOLENCIA: es la compulsión ejercida sobre una persona para determinarla a celebrar un acto, y que vicia su consentimiento. Constituye un vicio del consentimiento cuando es injusta y de naturaleza tal que pueda impresionar a una persona razonable.
El Art. 1112 del Código Civil nos dice sobre esto que: ¨ Hay violencia, cuando esta es de tal naturaleza, que haga impresión en sujeto de sano juicio, y que pueda inspirarle el temor de exponer su persona o su fortuna, a un mal considerable y presente. En esta materia hay que tener en cuenta la edad, el sexo y la condición de las personas ¨.
El hecho de actuar sin el consentimiento de la persona interesada. Ej. atentado al pudor con violencia(Código Civil, Art.332).
El hecho de quebrar por la fuerza la resistencia opuesta por una persona o cosa. Ej. Violencia cometida por un simple particular con el fin de introducirse en el domicilio de un ciudadano; el Art. 184 del Código Penal la sanciona como delito de Violación de Domicilio.
Acto voluntario de dureza cometido contra una persona, y al que la ley penal, según los casos, califica de delito (delito de violencia de los artículos 309 del Código Penal asimilado al de lesiones por la ley del 13 de mayo de 1863).
Existen dos tipos de violencias las
...