Áreas Bajo Régimen de Administración Especial
Enviado por anakarinabcastro • 14 de Abril de 2012 • Informe • 2.526 Palabras (11 Páginas) • 520 Visitas
Áreas Bajo Régimen de Administración Especial
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El impacto de las actividades económicas ejercidas por el ser humano en el ambiente no es nada alentador para el mantenimiento de la vida en el planeta. Por esa razón, se ha considerado necesaria la conservación de ciertas áreas en el globo.
Para contribuir a la solución de este problema ambiental, el Estado venezolano ha establecido, mediante la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio, la delimitación de unas áreas denominadas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE). Las ABRAE poseen una serie de características y potencialidades ecológicas importantes y han sido decretadas por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo funciones productoras, protectoras y recreativas. Los decretos presidenciales sobre las ABRAE los aprueba el Consejo de Ministros, y en ellos se especifican los linderos del área protegida y los organismos que se responsabilizarán de su administración.
Así mismo, mediante reglamentos especiales se determinan las actividades que pueden ser realizadas en las áreas protegidas.
La necesidad de las áreas naturales, de gran belleza escénica y valor ecológico incalculable, ha motivado al hombre a proteger los recursos naturales existentes. Mediante la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, promulgada en 1983, en Venezuela se establecen la Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (A.B.R.A.E.), donde se incluyen a todas aquellas áreas que de acuerdo a las características y potenciales ecológicas que poseen, han sido decretadas por el ejecutivo nacional para cumplir funciones productoras, protectoras y recreativas
Contenido
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* 1 El uso de las áreas protegidas
* 2 Lotes boscosos existentes en Venezuela
o 2.1 Áreas de Vocación Forestal
o 2.2 Zonas de aprovechamiento agrícola
+ 2.2.1 Zonas de aprovechamiento agrícola existentes en Venezuela
o 2.3 Áreas rurales de desarrollo integrado
+ 2.3.1 Áreas rurales de desarrollo integrado existentes en Venezuela
o 2.4 Áreas de protección de Obras Públicas
o 2.5 Zonas de reserva para la construcción de presas y embalses
o 2.6 Áreas terrestres y marítimas con alto potencial energético y minero
o 2.7 Costas marinas de aguas profundas
o 2.8 Planicies inundables
o 2.9 Hábitats acuáticos especiales para explotación o uso intensivo controlado
* 3 Áreas con fines protectores
o 3.1 Zonas protectoras
o 3.2 Reservas hidráulicas
+ 3.2.1 Reservas hidráulicas existentes en Venezuela
o 3.3 Reservas de Biosfera
+ 3.3.1 Reservas de Biosfera existentes en Venezuela
o 3.4 Refugios de fauna
o 3.5 Reservas de Fauna
o 3.6 Santuarios de Fauna
o 3.7 Parques litorales
o 3.8 Áreas críticas con prioridad de tratamiento
o 3.9 Áreas de Protección y Recuperación Ambiental
* 4 Áreas con fines recreativos, científicos y educativos
o 4.1 Parques Nacionales
o 4.2 Monumentos Naturales
o 4.3 Zonas de Interés Turístico
[editar] El uso de las áreas protegidas
Las ABRAE poseen una serie de recursos naturales que pueden ser utilizados por las personas, siempre y cuando se garantice el cumplimiento del régimen de administración asignado por el Estado venezolano. En esas áreas sólo pueden realizarse actividades que permitan un uso provechoso en la actualidad y en el futuro, para que también se beneficien de ellas las próximas generaciones de venezolanos.
Venezuela es uno de los países más privilegiados de América Latina, ya que posee una gran extensión protegida. Las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial ocupan una superficie aproximada de 67 millones 883 mil 078,85 hectáreas, lo que representa el 66,2% del territorio nacional venezolano La ley contempla más de una veintena de figuras jurídicas de ABRAE, agrupadas de acuerdo a los fines que cumplen, de la siguiente manera:
* Áreas con fines productivos.
* Áreas con fines protectores.
* Áreas con fines recreativos, científicos y educativos.
* Áreas con otros fines.
Biomas de Venezuela
[editar] Lotes boscosos existentes en Venezuela
* Altiplanicie de Nuria
* Caño Blanco
* Capure
* Fundo Paisolandia
* Lote Privado Flamerich
FDFV
[editar] Áreas de Vocación Forestal
Estas áreas, según la Ley Forestal de Suelos y Aguas (1966), en su apartado para Bosques, se denominaban Áreas Boscosas bajo protección. Sin embargo, la Ley de Bosques y Gestión Forestal de 2008 derogó esos aspectos, quedando vigente sólo las denominaciones que no colidaran con la nueva ley.
* Chivapure - Cuchivero
* El Baúl - Corralito (Cojedes)
* Las Lajas (Táchira)
* Merejina
* Nirgua - Aroa (Yaracuy)
* Pedernales (Delta Amacuro)
* Río Aricuaisa (Zulia)
* Río Tarra (Zulia)
* Río Tucuco (Zulia)
* Santa Rosa (Zulia)
[editar] Zonas de aprovechamiento agrícola
Poseen características especiales por la constitución de su suelo y por las condiciones climáticas de la región. Son zonas de alto potencial para el aprovechamiento agrícola debido a sus excepcionales condiciones, por lo que deben ser sometidas a una mayor preservación.
Las diversas zonas de aprovechamiento agrícola reciben protección de acuerdo con su potencial productor.
Así, existen zonas óptimas para el desarrollo de la agricultura, que han sido resguardadas por el Estado venezolano para ser explotadas mediante técnicas de cultivo que permitan su mejor y mayor preservación.
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