ÉTICA DE LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES
Enviado por ramonrojas20 • 25 de Junio de 2015 • 585 Palabras (3 Páginas) • 249 Visitas
ÉTICA DE LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES
El Poder Judicial, como poder del estado y órgano encargado de ejercer la función jurisdiccional en nuestro país, tiene como función prioritaria dentro de la estructura del Estado, servir de contrapeso de los órganos políticos. En nuestro caso, el Parlamento y el Gobierno, son los principales órganos encargados de emitir decisiones políticas. El Judiciario entonces, sirve para garantizar a los ciudadanos la posibilidad de impugnar decisiones políticas de estos órganos, en caso de que hayan incurrido en arbitrariedades.
La importancia de esta labor de control del poder político alcanza su máxima expresión cuando se relaciona la función jurisdiccional con la garantía de protección y el respeto de los derechos Humanos. Una labor distinta a ésta, podría originar, como sucedió en el Perú en décadas pasadas, el sometimiento de la población a un estado de indefensión frente al poder estatal. Basta recordar como ejemplo, nuestra legislación penal de emergencia, que modificó desde la estructura de las salas de la Corte Suprema hasta los tipos penales sobre terrorismo y tráfico de drogas. El juez peruano, con una posición acrítica, aplicó dicha legislación sin tapujos, originado que muchos ciudadanos fueran encarcelados y sentenciados injustamente por estos delitos.
Pero la función jurisdiccional sirve también a la ciudadanía como un medio de defensa de sus intereses y derechos frente a otros particulares. A través de esta actividad, el Estado interviene legítimamente en la resolución de conflictos que los individuos no pueden solucionar por si mismos. La función del juez se convierte entonces, en arma pacificadora a nivel social, pues aunque existen medios alternativos de solución de conflictos, los individuos que no puedan solucionar sus diferencias a través de éstos, podrán hacerlo a través de la instauración de un proceso judicial. Así, sin la jurisdicción el Estado no se concibe como tal, pues privados los individuos de la facultad de hacerse justicia por su mano, el orden jurídico los ha investido del derecho a la tutela jurisdiccional y al Estado del deber de la jurisdicción.
Pero, para asegurarnos que el juez pueda ejercer su actividad con el solo límite de la Constitución y los principios que orientan su función (el debido proceso y la tutela judicial efectiva), es necesario dotarlos de ciertas garantías que constituyen el estatuto del juez, y que pueden ser reducidas a una sola expresión: independencia judicial, entendida ésta como aquella garantía para que el juez pueda ejercer su función sin intervención de factores internos o externos que busquen influir en la decisión que debe emitir. Por lo tanto, el juez solo estará sometido a los principios que la constitución y la ley le señale, sin interferencias de ninguna clase, ni la intromisión de los poderes políticos.
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