La Deontología Y No La Etica De Los Funcionarios Publicos
Enviado por elgordojuaco • 12 de Junio de 2012 • 1.610 Palabras (7 Páginas) • 1.072 Visitas
El siguiente trabajo en su afán de respetar la verdadera naturaleza jurídica del instituto o rama que estudio y nuclea la ética de los funcionarios públicos, no intentamos demonizarla, ni creemos que sea posible quitarla de nuestro vocabulario, porque se a convertido en parte de nuestro folclore, pero es necesario entender que lo que hoy está vigente no es un cuerpo solo de ética, el vocablo a quedado acotado en función de lo que en realidad apunta, en función de lo que describe y preceptúa.
Sin embargo esta tarea no creo que tenga rédito alguno, creo que la cultura que hemos desarrollado no es de lo más fiel, en cuanto al nombramiento de los institutos y/o cuerpos normativos, si se piensa en el caso de poder de policía, que nada tiene que ver el nombre con lo que en verdad es el instituto,
Deontología sería, a nuestro juicio, la ciencia o rama autónoma
que estudia los deberes profesionales de un colectivo, público o no, que
regulan su comportamiento, debidamente aprobados por los órganos
pertinentes para ello, y que de no cumplirse, conllevan sanciones que,
finalmente revisará la autoridad judicial competente. Nuestra definición,
más que otra cosa jurídica, es compartida en sus bases en toda Europa.
DEFINICION DE SERVIDOR PUBLICO
La Administración Pública es el medio y la estructura de que dispone el Estado para garantizar el cumplimiento de sus objetivos. Esto es a las personas que integran y conforman dicha armazón Institucional, llámeseles Servidores Públicos, Colaboradores, Administradores o Funcionarios Públicos, deben ser personas dignas, respetadas y honestas. Donde el factor moral constituye uno de los elementos primordiales de los programas y políticas de Gobierno.
La sociedad en general tiene la percepción negativa y adversa del quehacer gubernamental debido a los problemas de corrupción, opacidad y discrecionalidad, y a la deficiente cultura de rendición de cuentas en el sector público.
Esto repercute de manera sustantiva en la imagen y desempeño de la Administración Pública Federal en su conjunto, lo que hace necesario mejorar la organización y la operación de sus instituciones, de sus recursos y gestión.
Donde el Servidor Público debe necesariamente ajustar su comportamiento a una serie de ordenes, normas y lineamientos de tipo moral, ya que la mayoría de sus funciones ante la sociedad resultan ser casi-sacerdotales.
En consecuencia, el Servidor Público debe ser un ejemplo de moralidad, donde el cumplimiento del deber y el orgullo de ser Funcionario Público, se debe vivir día a día para recobrar la confianza de la ciudadanía.
ETICA DEL SERVIDOR PUBLICO
¿Qué obliga al Servidor Público actuar con ética?, la verdad no existe una ley que lo obligue, como tal, pero sin embargo, esta le sirve a los Servidores Públicos para orientar y elegir su propia conducta
Vemos como el Estado orienta a los Servidores Públicos hacia la adopción de algunas normas o valores, pero en realidad estas actúan desde el inconsciente de los individuos, y por esta razón se les da un carácter rígido, exagerado o autoritario, experimentando una orientación mecánica que ni el mismo sabe por que tiene que actuar en determinado sentido, prefiriendo seguir y dar cumplimiento estricto a la normatividad, esta fuerza surge desde los estratos del inconsciente.
Si bien es cierto las normas Institucionales presentan la característica de obligatoriedad, esta no suprime ni coarta la libertad humana de libre decisión.
En la medida en que el hombre transita por los diferentes estadios de su vida, va descubriendo su libre albedrío y lo manifiesta de diferentes formas. Donde conforme adquiere madurez, comienza a percibir su propio dominio donde su autonomía constituye uno de sus valores máximos.
Veamos entonces que obliga al Servidor Público actuar con ética, y si la normatividad Institucional presenta la característica de obligatoriedad.
Por lo tanto si hablamos de libertad (libre albedrío) estamos hablando también de autonomía, , Libertad para que un individuo disponga de si mismo, también proviene de griego autos; sí mismo; nomos; ley y significa la actitud de la persona que se da leyes así misma. Cuando esta libertad se constituye como una obligación; comprometerse a cumplir una cosa.
Lo que podemos establecer “hay que hacer el bien y evitar el mal”, es decir el bien obliga, y esta obligación cuando es autónoma se vuelve incondicional.
CARACTERISTICAS GENERALES DE UN SERVIDOR PUBLICO
Sólo a manera de referencia se precisa la clasificación doctrinal de los servidores públicos. Así tenemos:
Según la finalidad de su labor: funcionarios de Procuración y de Administración: siendo los primeros los que poseen facultades de o mando sobre los demás.
Según su modalidad de contratación: funcionarios de carrera y de contratación, donde los primeros tiene una vinculación estatutaria con la Administración pública y gozan de los derechos y privilegios legales (titulación, permanencia, retribución a cargo del presupuesto estatal, ascensos, previsión social ), mientras que los segundos (generalmente eventuales o suplentes), en constante incremento, son contratados por tiempo determinado, no gozan (por lo general) de vacaciones, previsión social, etc.
Según su ámbito territorial: servidores nacionales o locales, de gobierno central, regional, comunal.
Según el régimen jurídico
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