Funcionarios Publicos
Enviado por zeurys • 12 de Noviembre de 2012 • 1.621 Palabras (7 Páginas) • 624 Visitas
Introducción.
Un funcionario público es aquel trabajador que desempeña funciones en un organismo, ya sea el legislativo, el ejecutivo o el judicial.
El Decreto Ley Sobre El Estatuto de la Función Pública contiene las normas del régimen de los funcionarios públicos, el sistema de la función pública y la articulación de las carreras públicas; la dirección y gestión de la Función Pública; el sistema de administración de personal, la planificación de recursos humanos; los procesos de reclutamiento, selección, ingreso, inducción, capacitación y desarrollo; la planificación de las carreras, la evaluación de méritos, ascensos, traslados, transferencias, la valoración y clasificación de cargos; normas sobre el régimen de remuneraciones, permisos y licencias; régimen disciplinario; egreso, y régimen de garantías jurisdiccionales. Todo ello en función de lograr hacer efectivos los fines y propósitos del Estado Venezolano, expresados en la Constitución Bolivariana de Venezuela.
En el presente trabajo se verán algunas disposiciones importantes y fundamentales para los funcionarios públicos, como también su clasificación, sus derechos y deberes y la comparación entre el sector público y privado.
Los Funcionarios públicos:
Los funcionarios Públicos o empleados públicos son aquellos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales.
Son entidades que se derivan del Poder Público, y existen en virtud de la organización de la Administración Pública en: centralizada, descentralizada o desconcentrada. Esto quiere decir, que la Administración Pública se organiza en diversos entes públicos, a los fines de llevar a cabo y lograr los objetivos y la consecución de los fines del Estado. El rol que éstos cumplen va destinado específicamente a delimitar y distribuir las tareas por Estados y Municipios; y hacer posible la fluidez, eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios.
En cuanto a las empresas del Estado, no son más que aquellas compañías anónimas, donde el Estado es el titular de las acciones en su totalidad, o en su gran mayoría. También puede darse el caso de sociedades de economías mixtas, que se refiere cuando existen empresas donde se encuentran asociados tanto el sector público como privado.
El Decreto Ley sobre el Estatuto de la Función Pública se dicta para desarrollar los principios establecidos en los artículos 144 al 149, ambos inclusive, de la Sección tercera de la función pública del Título IV Del Poder Público, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las demás normas constitucionales correspondientes y corregir las principales debilidades de la Ley de Carrera Administrativa.
Artículo 144 La ley establecerá el Estatuto de la función pública mediante normas sobre el ingreso, ascenso, traslado, suspensión y retiro de los funcionarios o funcionarias de la Administración Pública, y proveerá su incorporación a la seguridad social. La ley determinará las funciones y requisitos que deben cumplir los funcionarios públicos y funcionarias públicas para ejercer sus cargos.
Artículo 149 Los funcionarios públicos y funcionarias públicas no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros sin la autorización de la Asamblea Nacional. Sección Cuarta: De los Contratos de Interés Público.
Todo servicio público debe suministrarse con un criterio técnico gerencial y con cuidadosa consideración a las funciones del proceso administrativo científico: planificación, coordinación, dirección, control y evaluación, tanto en su concepción orgánica como en el sentido material y operativo.
Debe funcionar de manera permanente, es decir, de manera regular y continua para que pueda satisfacer necesidades de las comunidades por sobre los intereses de quienes los prestan.
La prestación del servicio público no debe perseguir principalmente fines de lucro; se antepone el interés de la comunidad a los fines del beneficio económico de personas, organismos o entidades públicas o privadas que los proporcionan, sin embargo todo trabajo debe ser remunerado y por dicha labor los funcionarios reciben salarios al igual que otros empleados, mas sin embargo mas allá de sus beneficios este debe ver por cada uno de los empleados que se encuentre tanto en sectores públicos como privados.
Generalmente les sirve un organismo público, pero su prestación puede ser hecha por particulares bajo la autorización, control, vigilancia, y fiscalización del Estado, con estricto apego al ordenamiento jurídico pertinente. (Artículos. 113, 184 de la CRBV.).
Artículo 113. No se permitirán monopolios. Se declaran contrarios a los principios fundamentales de esta Constitución cualquier acto, actividad, conducta o acuerdo de los y las particulares que tengan por objeto el establecimiento de un monopolio o que conduzcan, por sus efectos reales e independientemente de la voluntad de aquellos o aquellas, a su existencia, cualquiera que fuera la forma que adopte en la realidad. También es contraria a dichos principios el abuso de la posición de dominio que un particular, un conjunto de ellos o ellas o una empresa o conjunto de dominio que un particular, un conjunto de ellos o ellas o una empresa o conjunto de empresas, adquiera o haya adquirido en un determinado mercado de bienes o de servicios, con independencia de la causa determinante de tal posición de dominio, así como cuando se trate de una demanda concentrada.
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