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DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO


Enviado por   •  12 de Abril de 2013  •  1.157 Palabras (5 Páginas)  •  2.007 Visitas

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DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

CONCEPTO DE DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

Es el conjunto de normas Jurídicas que regulan las Relaciones entre un Patrón y un Sindicato o un Conjunto de Trabajadores que representan el interés profesional de una Empresa.

ORIGEN DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

El Derecho Colectivo del Trabajo tiene su origen y fundamento en la tendencia natural del hombre hacia la sociabilidad (afán de integración grupal que lo ha caracterizado desde siempre participe del Clan, Pueblo, Estado).

ANTECEDENTES DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

El trabajador ha tenido la necesidad de agruparse para que de esa manera compensar la inferioridad en que se encontraba frente al empleador. Incluyendo la legislación existente. Así se formaron coaliciones, asociaciones o sindicatos, que se organizaron para la defensa de los intereses de grupo.

El trabajador se ha visto obligado a actuar en forma colectiva ante el actual sistema de producción, que es una consecuencia de los progresos tecnológicos; de la transformación de obrero de antaño a un complejo fenómeno de convivencia profesional y de la necesidad de los trabajadores en organizarse para utilizar el poder gremial con el objetivo de conseguir una justa regulación de las condiciones de trabajo.

IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DEL DERECHO DEL TRABAJO:

Su importancia radica en que el Derecho Colectivo del Trabajo, a diferencia del derecho individual del trabajo, el derecho colectivo posee los intereses de todo el grupo de trabajadores; además de poseer sus propias instituciones como la huelga, el paro, el pacto colectivo de condiciones de trabajo, el contrato colectivo, y su propio procedimiento en materia procesal, en

Los Tribunales de Trabajo y Previsión Social, que conocen los conflictos colectivos de carácter económico-social.

CONTENIDO DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO:

• Libertad de Coalición: es el fundamento del derecho colectivo del trabajo en defensa de los intereses comunes.

• La asociación profesional: es la institución que representa la organización permanente de trabajadores y patronos en defensa de sus intereses comunes.

• El contrato colectivo de trabajo: figura jurídica de naturaleza y caracteres especiales según nuestra legislación.

• El pacto colectivo de condiciones de trabajo: regula las relaciones entre las asociaciones profesionales de trabajadores y patronos, y fija las condiciones generales de prestación de los servicios.

• Los conflictos colectivos de trabajo: regula los sistemas y procedimientos que se pueden seguir para resolver los conflictos surgidos con ocasión del trabajo.

• El reglamento interior del trabajo: institución que regula cómo debe desarrollarse el trabajo en una empresa.

• La previsión social: es la institución que estudia y regula los infortunios que se pueden presentar en el desarrollo de la prestación de los servicios personales. Y la reglamentación para prevenirlos.

NATURALEZA JURIDICA DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO:

El derecho colectivo del trabajo es un derecho frente al empresario y frente al Estado, y en consecuencia es un derecho público.

A principios del siglo XX se inicia la etapa del reconocimiento constitucional del derecho colectivo del trabajo.

LIBERTAD SINDICAL:

Puede ser estudiada desde dos puntos de vista:

a) Colectivamente: la que consiste en la facultad legal para constituir asociaciones profesionales representativas de una o más actividades económicas, para defensa, organización o mejora del sector agremiado.

b) Individualmente: es la facultad de cada uno de los que intervienen en la esfera laboral, como empresarios o trabajadores, para afiliarse a una asociación profesional o para abstenerse de pertenecer a la misma, sin afectar los derechos y deberes de quien se asocia o de quien no se incorpora a ella.

DERECHO DE ASOCIACION PROFESIONAL SEGÚN LA LEGISLACION NACIONAL:

La libertad sindical y el derecho de asociación profesional de trabajadores, tiene su fundamento Constitucional en la literal q) del artículo 102, en el artículo 209 y en la literal a) del artículo 211 del Código de Trabajo.

La regularización de la huelga para los trabajadores del sector público, está contenida en el decreto número 71-86 del Congreso de la República, LEY DE SINDICALIZACION Y REGULACION DE LA HUELGA DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, establece lo relativo a esta metería.

SINDICATOS:

También se le denomina Asociación Profesional. Sin embargo en la doctrina y legislaciones utilizan diferentes denominaciones como. Organización sindical; sindicatos gremiales; entidades sindicales o entidades gremiales.

CONCEPTO:

El concepto de sindicado debe de basarse en parte, en la historia de las organizaciones por las que han pasado los trabajadores, como lo fueron los gremios de

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