ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ADULTERIO E INCESTO


Enviado por   •  19 de Mayo de 2015  •  455 Palabras (2 Páginas)  •  449 Visitas

Página 1 de 2

• ADULTERIO

• El adulterio (del latín adulterium) se refiere a la unión sexual de dos personas cuando uno o ambos están casados con otra persona.

• En México el adulterio fue despenalizado en el Código Penal Federal en el año 2011. Eliminar el delito de adulterio del Código Penal Federal, bajo el argumento de que es un acto que no causa "peligro o daño" para el cónyuge ofendido ni para la sociedad, y cuya comisión es difícil de comprobar y castigar.

• En el estado de México aun se considera delito el adulterio

• ARTICULO 222.- A LA PERSONA CASADA QUE EN EL DOMICILIO CONYUGAL O CON ESCANDALO, TENGA COPULA CON OTRA QUE NO SEA SU CONYUGE Y A LA QUE CON ELLA LO TENGA, SABIENDO QUE ES CASADA, SE LE IMPONDRAN DE SEIS MESES A TRES AÑOS DE PRISION Y SUSPENSION DE DERECHOS CIVILES HASTA POR SEIS AÑOS.

ARTICULO 223.- NO SE PODRA PROCEDER CONTRA LOS ADULTEROS SINO A PETICION DEL CONYUGE OFENDIDO, PERO CUANDO ESTE FORMULE SU QUERELLA CONTRA UNO SOLO DE LOS INCULPADOS, SE PROCEDERA CONTRA LOS DOS.

• INCESTO

• El incesto (del latín incestos ) consiste en la práctica de relaciones sexuales entre individuos relacionados entre sí, bien sea mediante alianza (parentesco por afinidad, matrimonio) o mediante consanguinidad (parentesco biológico o consanguíneo)

• DELITO INCESTO

• Cometen el delito de incesto aquellos que mantienen relaciones sexuales con los ascendientes legítimos y los padres naturales reconocidos o declarados tales, con los descendientes legítimos y los hijos naturales reconocidos o declarados tales, y con los hermanos legítimos. Aunque sea practicado con consentimiento mutuo entre mayores de edad. Las sanciones prescritas en este caso oscilan desde el castigo severo hasta el repudio social sin mayores consecuencias para el individuo.

• Artículo 242 estatal, si la cópula la realizan parientes consanguíneos, sean ascendientes, descendientes o hermanos, si conocen ese parentesco se les impondrá de dos a seis años de prisión

• BIEN JURÍDICO PROTEGIDO: Mediante la consagración de esta figura delictiva se tiende a tutelar el pudor público, encarado éste, como una manifestación especí¬fica de la moralidad pública y las buenas costumbres.

• SUJETOS:

Sujeto Activo. Puede ser material, instigadores, participantes o cómplices, intelectual, en el incesto seria el ascendiente que mantiene relaciones con el sujeto pasivo

Sujeto Pasivo. Es la persona física o moral en la que recae directamente el daño, en este caso seria el descendiente con el que el sujeto activo mantiene relaciones sexuales.

• OBJETOS:

Objeto Material. Persona o cosa sobre la que se causa un daño, es el sujeto pasivo

Objeto Jurídico. Es lo legalmente protegido por la ley, en el caso del incesto se trataría del derecho al libre y normal desarrollo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com