ANÁLISIS DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS
Enviado por joseluisll • 7 de Diciembre de 2018 • Documentos de Investigación • 4.519 Palabras (19 Páginas) • 485 Visitas
DERECHO TRIBUTARIO II
TEMA: ANÁLISIS DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS
1.- INTRODUCCIÓN
A lo largo de su historia el Ecuador se ha caracterizado por poseer una economía deficitaria en lo presupuestario y grandes deudas tanto internas como externas, en los últimos años se ha buscado generar cambios esenciales en el modelo financiero; con el objetivo de solucionar este grave inconveniente para la economía ecuatoriana, es así que se han propiciado espacios para el debate con los sectores interesados en estos cambios y producto de este acercamiento se ha logrado legislar a favor del establecimiento de bases nuevas para evitar el manejo de políticas financieras desordenadas esgrimidas por un sistema caduco, caótico e irresponsable que le ha llevado al país al despeñadero económico provocando grandes crisis como la que trajo consecuencias nefastas para las familias ecuatorianas, el denominado feriado bancario.
Dentro de este espacio de confluencia de los sectores socioeconómicos interesados en el cambio, surgió la iniciativa de ensamblar un cuerpo normativo moderno, dinámico y articulador de nuevos mecanismos para conseguir el reflote económico y financiero en Ecuador, es así que se legisló con base en estas ideas y de esta coyuntura surgió el nuevo Código De Planificación y Finanzas Públicas que se expidió en el Registro Oficial Nº 306, el 22 de Octubre del 2010.
Mediante este estudio se pretende clarificar el impacto de los cambios previamente mencionados y la sostenibilidad del endeudamiento público a partir de la incorporación de las normas y parámetros regulados en el Código de Planificación y Finanzas Públicas.
Comprender la esencia del mundo de las finanzas públicas es el objetivo de este trabajo el cual se desarrolla a partir del contenido científico de la materia de Derecho Tributario y el cotejamiento con la normativa vigente en el COPLAFIP.
2.- DESARROLLO DEL CONTENIDO CIENTÍFICO Y COTEJAMIENTO CON LA NORMATIVA INSERTA EN EL COPLAFIP.
2.1.- ÁMBITO Y OBJETIVOS
El Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas cuyo ÁMBITO de aplicación regula temas como la organización y vinculación del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa con el Sistema Nacional de Finanzas Públicas, y su funcionamiento en los distintos niveles del sector público, en el marco del régimen de desarrollo, del régimen del buen vivir, de las garantías, y los derechos constitucionales. Además, fija las políticas públicas en todas sus fases, los planes de desarrollo y ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados, la programación presupuestaria para un período de cuatro años del sector público, el Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades públicas, y todos los recursos públicos y demás instrumentos idóneos para viabilizar la planificación y finanzas públicas.
El Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, tiene como OBJETO (Art. 1, COPLAFIP), el organizar, normar y vincular el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa con el Sistema Nacional de Finanzas Públicas, y regular su funcionamiento en los diferentes niveles del sector público, en concordancia con el marco de desarrollo, del régimen del buen vivir, de las garantías, y los derechos constitucionales. En cuanto a los OBJETIVOS del sistema, recogidos en el Art. 72 del COPLAFIP, son los siguientes:
a) La sostenibilidad, estabilidad y consistencia de la gestión de las finanzas públicas;
b) La efectividad de la recaudación de los ingresos públicos;
c) La efectividad, oportunidad y equidad de la asignación y uso de los recursos públicos;
d) La sostenibilidad y legitimidad del endeudamiento público. (COPLAFIP, 2010)
2.2.- PRINCIPIOS COMUNES.
Estos están normados en el COPLAFIP, en su Artículo 5. Que textualmente expresa:
Art. 5.- Principios comunes.- Para la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente código, se observarán los siguientes principios:
1. Sujeción a la planificación.- La programación, formulación, aprobación, asignación, ejecución, seguimiento y evaluación del Presupuesto General del Estado, los demás presupuestos de las entidades públicas y todos los recursos públicos, se sujetarán a los lineamientos de la planificación del desarrollo de todos los niveles de gobierno, en observancia a lo dispuesto en los artículos 280 y 293 de la Constitución de la República (CRE, 2008).
2. Sostenibilidad fiscal.- Se entiende por sostenibilidad fiscal a la capacidad fiscal de generación de ingresos, la ejecución de gastos, el manejo del financiamiento, incluido el endeudamiento, y la adecuada gestión de los activos, pasivos y patrimonios, de carácter público, que permitan garantizar la ejecución de las políticas públicas en el corto, mediano y largo plazos, de manera responsable y oportuna, salvaguardando los intereses de las presentes y futuras generaciones.
La planificación en todos los niveles de gobierno deberá guardar concordancia con criterios y lineamientos de sostenibilidad fiscal, conforme a lo dispuesto en el artículo 286 de la Constitución de la República.
3. Coordinación.- Las entidades rectoras de la planificación del desarrollo y de las finanzas públicas, y todas las entidades que forman parte de los sistemas de planificación y finanzas públicas, tienen el deber de coordinar acciones para el efectivo cumplimiento de sus fines.
4. Transparencia y acceso a la información.- La información que generen los sistemas de planificación y de finanzas públicas es de libre acceso, de conformidad con lo que establecen la Constitución de la República y este código. Las autoridades competentes de estos sistemas, en forma permanente y oportuna, rendirán cuentas y facilitarán los medios necesarios para el control social.
5. Participación Ciudadana.- Las entidades a cargo de la planificación del desarrollo y de las finanzas públicas, y todas las entidades que forman parte de los sistemas de planificación y finanzas públicas, tienen el deber de coordinar los mecanismos que garanticen la participación en el funcionamiento de los sistemas.
6. Descentralización y Desconcentración.- En el funcionamiento de los sistemas de planificación y de finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población. (COPLAFIP, 2010)
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