ARTICULO 166 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD
Enviado por hildaeve • 25 de Julio de 2022 • Ensayo • 1.079 Palabras (5 Páginas) • 173 Visitas
ARTICULO 166 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD.
Este articulo está enfocado en los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación terminal dividido en cuatro capítulos.
En el primer capítulo se menciona los objetivos que son: es salvaguardar la dignidad, garantizar la muerte natural, establecer y garantizar los derechos, que se conozca los límites entre los tratamientos, determinar los medios ordinarios y extraordinarios en los tratamientos y establecer límites entre la defensa de la vida del enfermo en situación terminal.
Así como la definición de: Enfermedad en estado terminal, cuidados básicos, cuidados paliativos, enfermo en situación terminal, obstinación terapéutica, medios extraordinarios, medos ordinarios, muerte natural y tratamiento del dolor.
En el capítulo dos menciona los derechos de los enfermos en situación terminal que son:
Recibir atención médica integral, ingresar a las instituciones de salud cuando requiera atención médica, dejar voluntariamente la institución de salud en que esté hospitalizado, de conformidad a las disposiciones aplicables, recibir un trato digno, respetuoso y profesional procurando preservar su calidad de vida, recibir información clara, oportuna y suficiente sobre las condiciones y efectos de su enfermedad y los tipos de tratamientos por los cuales puede optar según la enfermedad que padezca, dar su consentimiento informado por escrito para la aplicación o no de tratamientos, medicamentos y cuidados paliativos adecuados a su enfermedad, necesidades y calidad de vida, solicitar al médico que le administre medicamentos que mitiguen el dolor; renunciar, abandonar o negarse en cualquier momento a recibir o continuar el tratamiento que considere extraordinario, optar por recibir los cuidados paliativos en un domicilio particular, designar, a algún familiar, representante legal o a una persona de su confianza, para el caso de que, con el avance de la enfermedad, esté impedido a expresar su voluntad, lo haga en su representación, recibir los servicios espirituales, cuando lo solicite él, su familia, representante legal o persona de su confianza y los que la ley señale.
Así como también al ser mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, puede, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, expresar su voluntad por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal y no le sea posible manifestar dicha voluntad. Dicho documento podrá ser revocado en cualquier momento, pero apegado a lo dispuesto en la presente ley y otras disposiciones que apliquen. Como también tiene derecho a suspender de manera voluntaria el tratamiento curativo, y la cancelación de todo medicamento que busque contrarrestar la enfermedad terminal del paciente y el inicio de tratamientos para la disminución del dolor o malestar del paciente. cuando el paciente es menor de edad o se encuentra incapacitado para expresar su voluntad los derechos señalados en este título, serán asumidos por los padres o el tutor si no hay uno de estos se busca un representante legal, persona de su confianza mayor de edad o juez de conformidad con las disposiciones aplicables.
Los cuidados paliativos se proporcionan desde el momento del diagnóstico, los familiares están obligados a respetar la decisión del enfermo terminal.
En el capítulo tres se menciona de las Facultades y Obligaciones de las Instituciones de Salud como son: ofrecer el servicio para la atención debida, proporcionarán los servicios de orientación, asesoría y seguimiento al enfermo en situación terminal y o sus familiares o persona de confianza en el caso de que los cuidados paliativos se realicen en el domicilio particular si es este caso debe poner en operación una línea de acceso telefónico de acceso gratuito, proporcionarán los cuidados paliativos correspondientes al tipo y grado de enfermedad, desde el momento del diagnóstico de la enfermedad terminal hasta el último momento, fomentar áreas especializadas, garantizar la capacitación y actualización del recurso humano
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