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Abuso De Autoridad


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2013  •  3.215 Palabras (13 Páginas)  •  397 Visitas

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Apoyado en el material de estudio, especialmente la Unidad No. 4 donde se aborda el tema del abuso de autoridad, en el presente ensayo se retomará citada problemática Institucional, toda vez que se constituye en un aspecto desestabilizante de nuestra Cultura de Legalidad y propiamente de la Policía Nacional. Permitirá realizar un análisis enfocado en las concepciones de este flagelo desde el ámbito del derecho administrativo y del derecho penal, implicaciones legales y afectación de la Imagen Institucional. A través de un caso real protagonizado por compañeros policías en la ciudad de Bogotá, vivencia que se constituirá en un aporte relevante para la formación como mando ejecutivo, en razón al liderazgo que se debe tener para asumir el direccionamiento de la Institución, sustentado en los principios y valores éticos que nos han sido inculcados a lo largo de nuestra formación.

En el Derecho Administrativo y como concepto empleado comúnmente, el abuso de autoridad, o sus equivalentes, como abuso de poder o abuso de las funciones públicas, es el ejercicio abusivo de una función pública.

El Derecho Penal contempla el abuso de autoridad en sentido amplio, como la figura delictiva que comete quien investido de poderes públicos realice en su gestión actos contrarios a los deberes que le impone la ley, por lo que aflige la libertad de las personas, las intimida o de cualquier manera les causa vejámenes, agravios morales o materiales. En sentido estricto, se entiende como el delito doloso que comete el que actuando en calidad de funcionario público dictase resoluciones u órdenes contrarias a las Constitucionales o leyes nacionales o provinciales, o ejecutase las órdenes o resoluciones de esta clase existentes, o no ejecutase las leyes cuyo cumplimiento le incumbe. El sujeto pasivo de este delito es la administración pública, y no es necesario que se le haya causado un daño material¹

A los miembros de la Policía se les otorga mucha autoridad. Los Policías tienen el poder de arrestar a las personas y ponerlas en la cárcel. Tienen el poder de levantar infracciones, impedir que la gente actúe de cierta forma, sí como de buscar personas. Los ciudadanos colombianos son quienes le han otorgado este poder a los Policías. Pero con el poder viene la responsabilidad. Los ciudadanos le han otorgado este poder a los Policías para que protejan sus derechos, libertades y propiedades. No se debe abusar de este poder. El abuso de autoridad es el uso inadecuado de los poderes de la Policía en perjuicio de los derechos de otros2.

Lastimosamente y con tristeza se debe reseñar –aunque no sea con regularidad- que aún el Policía incurre en el abuso de autoridad en el ejercicio de las funciones encomendadas, bien sea en los ámbitos operativos o administrativos. En muchas ocasiones trasciende esta modalidad a los medios de comunicación masiva, quienes en su afán diario de transmitir primicias y captar la atención de la opinión pública ofrecen grandes despliegues a esta clase de noticias, donde los protagonistas son funcionarios de la Policía Nacional. Siempre se nos ha inculcado, que por ser el Policía una figura visible y reconocida socialmente, la cual debe ser ejemplo de buen comportamiento y honorabilidad, cuando ocurre todo lo contrario las actitudes y proceder son duramente

1. http://es.wikipedia.org/wiki/Abuso_de_autoridad

2. El fortalecimiento del estado de derecho y la promoción de una cultura de la legalidad. Manual para el docente. Abril de 2007.

Cuestionados, teniendo como único resultado un desprestigio notable de la Imagen Institucional, de lo cual es difícil recuperarse en el tiempo, máxime cuando los casos o denuncias por abuso de autoridad sean repetitivos.

Como casuística se expone un caso de abuso de autoridad muy nombrado en los últimos años, que personalmente me llamó mucho la atención, y que permite realizar apreciaciones críticas desde el punto de vista del mando y que influye negativamente en la Cultura de la Legalidad de la cual los Policías debemos ser garantes.

El 13 de agosto de 2007 los medios de comunicación ofrecen amplia y redundante difusión al caso de los policías adscritos a la Policía Metropolitana de Bogotá, quienes golpearon en repetidas ocasiones y en diferentes partes del cuerpo a un taxista que había incurrido en una infracción de tránsito. Fue un comportamiento desmedido reprochable desde todo punto de vista, donde incluso el taxista aún esposado a una de las motocicletas recibía fuertes golpes por parte de los uniformados. De resaltar para el análisis del caso la presencia de dos señores Subintendentes.

Son muchos los casos policiales que pueden servir de casuística o ejemplo de abuso de autoridad, pero el enunciado en particular me llamo la atención por la inclusión de Mandos Ejecutivos que no supieron liderar a los subordinados a tomar una acertada decisión y no abusar de la autoridad en sus funciones de Policía de Vigilancia, con los resultados negativos para los uniformados que fueron destituidos y vinculados a un proceso penal y nefasto para la Imagen Institucional, donde se puso en tela de juicio la credibilidad, honorabilidad y el buen nombre. Regularmente cuando estos casos se presentan, la opinión pública tiende a generalizar el comportamiento policial, y no afirman: “Los Policías cometieron abuso de autoridad…” sino “La Policía cometió…” lo cual enloda el trabajo abnegado de los uniformados que si cumplen con un servicio efectivo, eficiente y eficaz, conforme a la Ley y respeto por los derechos y libertades públicas.

El abuso de autoridad es una violación a las normas, por consiguiente se debe abordar las implicaciones legales de este comportamiento, y es el Código Penal que tipifica el abuso de autoridad en los siguientes artículos:

Articulo 152. Abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto. El empleado oficial que fuera de los casos especialmente previstos como delito, con ocasión de sus funciones o excediéndose en el ejercicio de ellas, cometa acto arbitrario o injusto, incurrirá en multa de un mil a diez mil pesos e interdicción de derechos y funciones públicas de seis (6) meses a dos (2) años.

Articulo 153. Abuso de autoridad por omisión de denuncia. El empleado oficial que teniendo conocimiento de la comisión de un delito cuya averiguación deba adelantarse de oficio, no dé cuenta a la autoridad, incurrirá en pérdida del empleo.

Articulo 159. Empleo ilegal de la fuerza pública. El empleado oficial que obtenga el concurso de la fuerza pública o emplee la que tenga a su disposición para consumar acto arbitrario o injusto, o para impedir o estorbar el cumplimiento de orden legítima de otra autoridad,

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