Accidente De Trabajos
Enviado por Amichie • 22 de Marzo de 2013 • 1.355 Palabras (6 Páginas) • 436 Visitas
Accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales:
Definición de Accidente de Trabajo (Art 69 LOPCTMAT) (Artículo: 561 LOT)
Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo
Definición de Enfermedad Ocupacional (Art 70 LOPCYMAT)
Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes.
Señala la LOT en su artículo 563, lo siguiente:
Quedan exceptuados de las disposiciones de este Titulo y sometidos a las disposiciones del derecho común, o las especiales que les conciernan, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales que sobrevengan:
Teoría del riesgo laboral y responsabilidad patronal.
La obligación que pesa sobre todo empleador, de garantizar la vida y salud física y mental de los trabajadores, tiene rango constitucional y aparece consagrada de manera específica o concreta en el único aparte el artículo 87 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela.
Que dice:
Artículo 87:
“(…) Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.”
Dicha norma se encuentra en estrecha relación con las previsiones de los artículos: 83 “El Estado debe Responder en Materia de Salud”, 84 “Derecho a la Salud”, 85 “Financiamiento del Sistema Público de la Salud”, 86 “Seguridad Social”, del mismo cuerpo normativo.
Definición de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras LOTTT: (Reformada el 07 Mayo del 2012 S/Gaceta Oficial Ext. 6.076):
Es el instrumento más importante que se aplica a las relaciones de trabajo. Es de orden público (de aplicación obligatoria), y se aplica a toda persona (venezolana y extranjera) con ocasión del trabajo prestado o convenido en Venezuela. Sus normas pueden ser mejoradas a través de convenios particulares o contratos colectivos.
Los aspectos principales de la Ley son:
Prestaciones Sociales:. (Artículo 141 LOTTT)
Vacaciones Anuales: (Articulo 190 LOTTT)
Bono Vacacional: (Artículo 192 LOTTT).
Utilidades: (Articulo 131 LOTTT)
Despidos: (Articulo 77 LOTTT)
Pago de Salario: Articulo 123 LOTTT).
El lapso convenido para su pago no puede ser mayor a una quincena y sólo puede ser hasta de 1 mes cuando el trabajador recibe alimentación y vivienda. (Articulo 126 LOTTT).
“La nueva ley orgánica del trabajo es sin duda un paso importante para la transición al socialismo, que permite entre otras cosas contrastar las dinámicas y confrontaciones de intereses entre los distintos sectores nacionales e internacionales, por un lado los que apoyan una transformación real al interés de los pueblos (revolucionarios y socialistas) y por el otro quienes ansían retomar el control del Estado para el beneficio de las élites (la burguesía).
Lo cierto es que la LOTTT como otras tantas leyes promovidas para el beneficio de las venezolanas y los venezolanos, es el mecanismo que se ha encontrado dentro de la democracia liberal para generar una lucha contra las visiones heredadas del derecho burgués que deja al débil jurídico en desamparo ante quienes poseen el poder político y económico.”
Tiene por objeto proteger al trabajo como hecho social.
Definición de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: (LOPCIMAT): Es un instrumento legal que fusiona toda la norma jurídica que tiene que ver con el área de salud y seguridad en el trabajo, Su función es establecer las normas y lineamientos a las empresas a fin de garantizar a los trabajadores y trabajadoras,
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