Actas del registro civil
Enviado por CapitanCastro • 12 de Abril de 2019 • Apuntes • 7.100 Palabras (29 Páginas) • 268 Visitas
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
DERECHO CIVIL I, PERSONAS Y FAMILIA
ACTAS DEL REGISTRO CIVIL
DR LÁZARO FLORES LÓPEZ
BAUTISTA GUZMÁN EMMANUEL
DE JESUS FLORES LUIS JAVIER
FLORES ARELLANO JARED MADAI
GALLARDO AGUILAR IXCHEL
HERNÁNDEZ GARCÍA MAGALY
TEJADA LOPEZ ARTURO
INTRODUCCIÓN
El Registro Civil tiene la función como institución de registrar y hacer constar en actas, el estado civil de las personas físicas, así como las relaciones más importantes interpersonales que lleguen a adquirir, tiene la obligación de tener copias por triplicado de formas especiales para asentar actas de nacimiento, matrimonio, reconocimiento de hijos, tutela, matrimonio, divorcio y defunción. Estas actas son presenciadas al momento de sentarse por el Juez del Registro Civil, quién tiene fe pública. Todos los documentos antes mencionados sirven como documentales públicas y nos permiten conocer y comprobar legalmente el estado en el que se encuentran las personas.
Es de suma importancia saber sus especificaciones para que tengan todo su valor marcado en la Ley, ya que son precisamente estos documentos los que nos dan vida ante el Estado desde el acta de nacimiento, nos otorga derechos y obligaciones para con nuestros progenitores y familia, así como nos extingue ante el Estado como personas biológicamente vivas. Cabe mencionar que cualquier persona puede pedir Copias Certificadas de dichas actas.
En este trabajo encontraremos una explicación de cada uno de los actos jurídicos y efectos que implican los documentos que desglosaremos en el desarrollo de nuestro trabajo, los requisitos que se requieren para poder asentar las diversas actas contenidas y los procedimientos pertinentes para poder adquirirlas, con el objetivo de comprender la importancia y estructura de todos estos documentos que cualquier persona que resida en México debe conocer.
INDICE
ACTAS DEL REGISTRO CIVIL
REFORMAS
CURP
ACTA DE NACIMIENTO
ACTA DE RECONOCIMIENTO
ACTA DE MATRIMONIO
ACTA DE DIVORCIO
ACTA DE DEFUNCIÓN
ACTA DE ADOPCIÓN
ACTAS DEL REGISTRO CIVIL
1901 A 2019
El Registro Civil es una institución de orden público que mediante funcionarios públicos previamente autorizados y envestidos de fe pública, hacen constar actos relativos al estado civil de las personas físicas.
Los documentos o actas del Registro Civil y los testimonios que de ellos se expidan tienen valor probatorio pleno y acreditan solo aquello que el Registrador declare, habiendo pasado por su presencia, por la fe pública que ellos tienen, constituyen prueba como Documental Pública y la validez de estas son plenas mientras no se demuestre lo contrario.
REFORMAS
Reformas a la Ley del Registro Civil y el Código de Procedimientos Civiles, para que ya no se judicialicen las rectificaciones en las actas de nacimiento, debido a errores y omisiones, sobre todo en cuanto a los nombres, sino que se resuelvan de manera administrativa, aprobó el 21 Septiembre 2017 la Comisión de Justicia, por iniciativa del Diputado Presidente de la misma, Saúl Galindo Plazola.
CURP Clave Única del Registro de Población)
Como nace la CURP
Los antecedentes jurídicos y normativos que rigen a la Clave Única De Registro De Población (CURP) y a la Dirección General Del Registro Nacional De Población, se remontan hasta el sexenio del presidente José López Portillo (1976-1982).
Fue hasta 1980 cuando se constituyó formalmente la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (con la contratación del personal), para poner en marcha el primer levantamiento de información de la CURP entre personal adscrito a las distintas dependencias de la administración pública central, siendo el Secretario de Gobernación el Profesor Enrique Olivares Santana y el Director General correspondiente el Actuario Juan Carlos Padilla.[pic 1]
El propósito original del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, consistía en homologar y regularizar los sistemas operativos del Registro Civil en todo el país, eliminando los viejos libros de actas, y en su lugar aplicar el formato para la elaboración de la CURP, que fuese fácilmente accesible mediante sistemas electrónicos, lo que permitiese al estado tener información verídica y confiable sobre el número, distribución, dinámica y ubicación de su población para la realización de proyectos y programas de gobierno, con información apegada a la realidad, y evitar la toma de decisiones en base a reportes parciales o distorsionados por los intereses de las autoridades estatales o locales.
La CURP a partir de 1982 entró en vigor en todo el sistema nacional del Registro Civil, y conformó una base de datos, que es lo que le permite ahora a la SEGOB el pretender generalizar de manera obligatoria el uso de tal documento.
El 23 de octubre de 1996 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación (de aquí en adelante mencionado como DOF), el Acuerdo Presidencial para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población. Este decreto se le atribuye al entonces presidente de la republica ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN. El Acuerdo establece que la CURP se asignará a todas las personas que viven en el Territorio Nacional, así como a los mexicanos residentes en el extranjero. Para entender mejor el asunto es indispensable conocer los siguientes puntos:
En el DOF estipula que la CURP se puede considerar como un elemento de apoyo para el diseño y conducción de una adecuada política de población, puesto que la amplitud de su cobertura y su carácter obligatorio la hace un instrumento de registro y acreditación fehaciente y confiable en la identidad de la población.
Esta sirve para la confirmación y el establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos; del Registro de Menores de Edad; del Padrón de Mexicanos Residentes en el Extranjero, y del Catálogo de Extranjeros Residentes en la República Mexicana, mismos que componen el Registro Nacional de Población. Por ello se ve a la CURP como un instrumento para la identificación de las personas que integran la población del país.
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