Analisis De La Declaracion Universal De Derechos Humanos
Enviado por paulynne • 8 de Agosto de 2013 • 2.786 Palabras (12 Páginas) • 753 Visitas
TRABAJO DE DERECHOS HUMANOS
ANALISIS DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EXPEDIDA POR LA ONU 1948
1. Que relación existe entre los derechos contenidos en esa declaración y el concepto de dignidad?.
Dignidad: Dignidad es grandeza, excelencia; es una calidad o bondad superior por la que algo o alguien goza de especial valor o estima. La dignidad es algo intrínseco o inherente a una persona, "Todos tenernos los mismos derechos y la misma dignidad”.
La dignidad propia del hombre es un valor singular que fácilmente puede reconocerse. Lo podemos descubrir en nosotros o podemos verlo en los demás. Pero ni podemos otorgarlo ni está en nuestra mano retirárselo a alguien. Es algo que nos viene dado. Este valor singular que es la dignidad humana se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que, como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a todos los seres humanos.
El valor de los seres humanos difiere del que poseen los objetos que usamos. Las cosas tienen un valor de intercambio. Son reemplazables. Los seres humanos, en cambio, tienen valor ilimitado puesto que, como sujetos dotados de identidad y capaces de elegir, son únicos e irreemplazables.
Luego de haber analizado el concepto de dignidad, la relación que existe entre lo derechos contenidos en la carta de los derechos humanos y esta, es que dichos derechos se fundamentan en la naturaleza humana por tanto son para todos los hombres. Como consecuencia, la dignidad de la naturaleza humana, es su fundamento.
Esta dignidad, le otorga titularidad a tales derechos universales, inviolables e irrenunciables; por lo tanto, no pertenecen al hombre por ley, sino que le pertenecen por el solo hecho de ser persona humana. Permitiendo que el respeto y el reconocimiento sea igual para todos los hombres lo cual protege la dignidad humana para poder hacer su realización posible.
Es por esto, que la dignidad de la persona humana es el valor básico que fundamenta los derechos humanos, ya que su afirmación no sólo constituye una garantía de tipo negativo que protege a las personas contra ofensas de todo tipo, sino que debe también afirmar positivamente a través de los derechos el pleno desarrollo de cada ser humano y de todos los seres humanos.
En las normas de Derecho internacional reguladoras de Derechos Humanos es frecuente la referencia a la dignidad de la persona humana. En ocasiones la referencia a la dignidad de la persona humana se la caracteriza en forma de derecho.
Por ello que en el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama su fe "en la dignidad y el valor de la persona humana" y determina que "todos los seres humanos nacen libres o iguales en dignidad y derechos y, dotados están de razón y conciencia”,
2. Identificar cuales son los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la declaración universal de los derechos humanos?
Derechos civiles:
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Derechos políticos:
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio
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