Analisis contituvion 1873 panama.
Enviado por doamontero • 17 de Octubre de 2016 • Resumen • 853 Palabras (4 Páginas) • 343 Visitas
La constitución política de 1873 de Panamá
La Constitución Política del Estado Soberano de Panamá”, del 13 de noviembre de 1873, rigió el Estado de Panamá por un periodo de dos años. Esta constitución en su sección primera del título primero del Estado nos hablaba de cómo estaba dividido el territorio del Estado dice que este estaba dividido en distritos capital y departamentos y los departamentos en distritos, y la ley era quien los organizaba y podía hacer otras divisiones, que fueran para efectos electorales, administrativos, judiciales y fiscales, sin embargo en el artículo 3 decía que si se hacía alguna división se necesitaba del voto de las dos terceras partes de los Disputados que tuviera presentes en la sesión.
En su sección segunda y tercera ya nos hablaba sobre la soberanía del Estado y de los negocios que este podía administrar, sin embargo, esta soberanía no era del todo cierta ya que en el artículo 4 “decía que esta consistía en el poder de disponer lo que tuviera a bien, por medio de su Constitución y sus leyes, en todo lo que no estuviera prohibido por la Constitución Nacional de 1863”, o sea, que la soberanía no era del todo autentica ya que de alguna u otra forma estábamos sometidos a otra entidad estatal; además en su sección tercera decía de los negocios y asuntos que eran exclusivos de administración para el estado y los que no.
En el capítulo 2 de los habitantes del estado en su segunda sección hablaba de los ciudadanos del estado y de sus derechos; en el artículo 11 consideraba ciudadanos sufragantes a todos los residentes varones de 21 años o menores que hubiesen estado casados, también el articulo 12 decía que la ciudadanía consistía en el derecho de elegir y ser elegido, para los puestos públicos de elección popular y esta solo se podía perder por pena, que estuviera conforme a la ley y por perderse la condición de colombiano y se podía suspender por hallarse preso e igualmente por pena, conforme a la ley
Ya en su sección cuarta se hablaba de los derechos individuales que en el artículo 19 son derechos que el Estado reconoce y garantiza a todo individuo de la especie humana que se encuentre en su territorio como el derecho a la vida donde en el Estado no existiría la pena de muerte, existía la libertad individual donde esta tenía la facultad de hacer o dejar de hacer todo aquello cuya ejecución no dañara a otro individuo ni a la comunidad; la libertad personal donde se tenía el desconocimiento de todo título de propiedad y la inviolabilidad del domicilio y de los escritos privados ; la seguridad personal; la libertad absoluta de imprenta y de circulación de los impresos tanto nacionales como extranjeros; la libre expresión del pensamiento, de palabra o por escrito; también existía la libre locomoción en el territorio del Estado, en el cual se podía salir sin necesidad de pasaporte pero solamente en tiempo de paz, también existía la profesión libre y además la libertad de tener armas y municiones y de hacer comercio de ellas en tiempo de paz
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