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Análisis comparativo entre las leyes 488-08 y 688-16


Enviado por   •  23 de Mayo de 2019  •  Documentos de Investigación  •  513 Palabras (3 Páginas)  •  225 Visitas

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Presentado por:

Pablo Montero                 2017-1801

Asignatura:

ADM-535 \ Actitud Emprendedora

Asignación:

                                        Análisis comparativo entre las leyes 488-08 y 688-16                                                                

Maestro:

Carolyn Nairoby Feliz Mercado

PERIODO ACADEMICO

Enero-Abril 2019

FECHA DE ENTREGA

3 de febrero 2019


Ley 488-08

Establece un régimen regulatorio para el desarrollo y competitividad de las MIPYMES. Esta fue publicada en 30 de diciembre del 2008.

Dentro de sus artículos, se describe y diferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas.

También se precisa que las MIPYMES que quieren beneficiarse de esta ley deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Obligaciones tributarias.
  • Formalización (de hecho o derecho).
  • Obligaciones laborales.

También con esta ley se creó el PROMIPYME.

Este tiene como ventaja para las MIPYMES él poder solicitar un préstamo, participar en capacitación o entrenamiento como propietario o gerente de las empresas, participar en los programas educativos de CODOPYME, y beneficiarse de un fondo de garantía crediticia.

Desventaja de la ley 488-08:

Se tienen que actualizar los montos de ventas y activos, ya que aún se siguen utilizando las mismas cantidades basadas en el año 2008.


Ley 688-16

La Ley 688-16 tiene el objetivo de crear un marco regulatorio e institucional para el fomento de la cultura emprendedora, que al mismo tiempo promueva la creación y permanencia de emprendimientos incorporados formalmente en la economía, mediante el establecimiento de incentivos y eliminación de obstáculos que permitan su desarrollo y consolidación en el mercado.

Esta ley incentiva la creación de micro y pequeñas empresas en el país, mediante exenciones y facilidades de simplificación de procedimientos y financiamiento.

Esta también beneficia a empresas que estén operando de manera formal, pero con menos de tres años de existencia.

Entre sus artículos, se destaca la creación del CONFIE que vendría siendo el fondo de contrapartida financiera para el desarrollo del emprendimiento. Este va a dar hasta un 70 por ciento del financiamiento a los emprendedores, con la condición de que el emprendedor tenga un 10 por ciento y el otro 20 por ciento debe conseguirlo en una entidad financiera.

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