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Análisis jurídico político de Venezuela


Enviado por   •  13 de Julio de 2017  •  Ensayo  •  1.843 Palabras (8 Páginas)  •  273 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS

CARRERA DE DERECHO

Nombre: Andy Joel Vite Oviedo

Docente: Dr. Hugo Hidalgo

Materia: Derecho Internacional Público

Tema: Análisis jurídico político de Venezuela

Curso: Cuarto Derecho “A”

Abril – Agosto 2017


OBJETIVO.

Analizar y comprender la situación jurídica, política que actualmente está atravesando el estado Venezolano, tomando en cuenta la gran inestabilidad económica y el mal uso de sus recursos, para encontrar una solución eficiente a todos estos problemas tomando en cuenta la Carta Interamericana Democrática.

ANÁLISIS.

Nicolás Maduro en abril de 2013 fue elegido democráticamente presidente de la República Bolivariana de Venezuela por mayoría de votos, hecho por el cual después logró que fuera aprobada una ley habilitante que le concedió la facultad o más bien le autorizó para así ordenar al margen de la asamblea.

Desde esos momentos como en la mayoría de los estados se ha presentado una serie de ideologías políticas y sobre todo de interés no tanto sociales sino más bien propios, manejando siempre el dinero del Estado a su antojo y beneficio. Las organizaciones sociales de la oposición y del gobierno se han debatido entre el uso de prácticas democráticas y la intolerancia y exclusión del otro han llegado a tal punto que se excluyen mutuamente y existe una negación del uno al otro, incluyendo en algunos casos, el uso de la violencia.

En esa carta la oposición señalaba que a 24 días del mes de diciembre "la crisis económica y social sobre la cual cabalga el conflicto político venezolano se ha hecho aún más veloz e inflamable" y pidió verificar el "incumplimiento" del gobierno con los acuerdos del diálogo. Entre los acuerdos destaca "la liberación de los presos políticos, el establecimiento del canal humanitario que permita al país la entrada de las medicinas y alimentos" y "el establecimiento de un cronograma electoral" que incluya una elección presidencial.

El oficialismo contó con las ventajas del aparato estatal: cambió previamente el tamaño de las circunscripciones para favorecer el peso de sus feudos tradicionales, tomó el control de la mayoría de los medios de comunicación, usó los recursos financieros públicos para otorgar regalos y las fuerzas del orden y el sistema judicial del Estado para infundir miedo e inhabilitó a líderes opositores y hasta inventó un “clon”  para confundir a los electores de la MUD. Toda esa estrategia no consiguió evitar el voto popular de castigo al Gobierno del presidente Nicolás Maduro, empeñado en culpar del desastre económico del país únicamente a la oligarquía y a la injerencia exterior.

Los organismos internacionales y gobiernos latinoamericanos a raíz de estos sucesos han pedido a las partes en Venezuela que abran un dialogo pacífico, ya que hay que recordar que un conflicto entre dos grandes poderes que dividen un país los únicos quienes no se ven beneficiados son quienes lo habitan.

¿Qué es la Carta Democrática Interamericana?

La Carta Democrática Interamericana fue aprobada por unanimidad el 11 de septiembre de 2001 en sesión especial de la Asamblea de la OEA en Lima. Es el instrumento que tiene la organización hemisférica para fortalecer y proteger la democracia en la región.

¿Cuál es su objetivo?

Su objetivo principal es el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática, al establecer que la ruptura del orden democrático o su alteración, que afecte gravemente el orden democrático en un Estado (País) miembro, constituye "un obstáculo insuperable" para la participación de su gobierno en las diversas instancias de la OEA.

¿Por qué es importante?

La Carta Democrática Interamericana define lo que los países miembros de la OEA consideran elementos esenciales de la democracia. Y establece procedimientos a seguir no solamente cuando la democracia se interrumpe totalmente, como en un golpe de estado, sino cuando el orden democrático ha sido seriamente alterado y la democracia está en riesgo.

¿Se puede invocar la Carta sin consentimiento del país afectado?

Sí, en ese caso, el único camino es lo dispuesto en el artículo 20. La condición para invocarlo es que haya una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático de un Estado miembro de la OEA. Pueden invocarlo el secretario general de la OEA o cualquier Estado miembro. Almagro ha invocado el artículo 20 para convocar una reunión urgente del Consejo Permanente para "realizar una apreciación colectiva de la situación" en Venezuela y "adoptar las decisiones que estime conveniente"

¿Qué ocurre si el Consejo decide que hay una alteración grave del orden democrático?

El Consejo propone la realización de gestiones diplomáticas necesarias para promover la normalización de la institucionalidad democrática y si éstas resultaran infructuosas propone la convocatoria de un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General. Para convocar la Asamblea General se requieren los votos de dos tercios de los Estados miembros (24 votos).

Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato.

El Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos.

Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado.

¿Puede un país suspendido volver a la organización?

Sí, una vez superada la situación que motivó la suspensión, cualquier Estado miembro o el secretario general de la OEA podrá proponer a la Asamblea General el levantamiento de la suspensión. Esta decisión se adoptará por el voto de los dos tercios de los Estados miembros. Esto fue lo que ocurrió en 2009 con Honduras, tras el golpe de estado que sufrió este país centroamericano y que sacó del poder al presidente Manuel Zelaya. La OEA levantó la suspensión de Honduras en 2011.

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