Apuntes En Materia De Integración De La Carpeta De Investigación
Enviado por clausulita51 • 15 de Agosto de 2012 • 405 Palabras (2 Páginas) • 877 Visitas
Apuntes en materia de Integración de la Carpeta de Investigación
1. Noticia criminal
La noticia criminal se puede obtener por fuentes formales y fuentes informales.
Las fuentes formales constituyen la denuncia y la querella.
Las fuentes informales consisten en obtener la noticia criminal por cualquier otro medio distinto a la denuncia y a la querella, por ejemplo: medios de comunicación, narcomantas, denuncia anónima, anónimo, indicios o hallazgos.
Con fundamento en el artículo 21 constitucional párrafo primero, tanto ministerio Público como las policías están facultados para recibir denuncias, y por tanto, ambos pueden integrar carpetas de investigación y trilogías investigadoras.
2. Acuerdo de inicio
El acuerdo de inicio sirve para tener un control de las carpetas de investigación que se iniciarán para la investigación de los hechos.
En algunas entidades federativas le llaman legajos de investigación.
El acuerdo de inicio deberá contener los siguientes requisitos:
a) Asignación del número de carpeta y registro en el libro de gobierno.
b) Fecha, lugar y hora en que da inicio la carpeta de investigación.
c) Datos del denunciante, los cuales se podrán mantener en reserva, con fundamento en el artículo 16, párrafo segundo de la Constitución (habrá un formato anexo)
d) Circunstancias que motivaron el inicio de la investigación.
e) Ordenanza de integración de trilogía investigadora.
3. Integración de la trilogía investigadora
La trilogía investigadora se integra por:
a) El Ministerio Público como investigador jurídico
b) El policía como investigador fáctico
c) Los servicios periciales como investigadores técnicos-
4. Constitución al lugar de los hechos
Al momento de que la trilogía investigadora se constituya al lugar de los hechos, deberá observar lo siguiente:
a) Eliminación de fuentes de peligro
b) Acordonamiento y aseguramiento del lugar de los hechos.
c) Búsqueda e identificación de indicios.
d) Fijación, levantamiento, embalaje y aseguramiento de indicios.
e) Preservación de los indicios.
5. Establecimiento de la primera teoría del caso
La teoría del caso tiene tres elementos:
a) Teoría fáctica: orden cronológico de los hechos.
b) Teoría probatoria: datos de prueba primarios y datos de prueba complementarios.
c) Teoría jurídica: hipótesis de derecho.
Para hacer una narrativa cronológica de los hechos, es importante tomar en cuenta los siguientes elementos:
a) El número de elementos probatorios que se tienen hasta el momento de elaborar la teoría del caso.
b) Las actividades de los hechos siempre se rigen por verbos rectores.
c) A cada hecho le corresponde un verbo rector.
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