Argumentación jurídica
Enviado por asdle • 16 de Febrero de 2013 • Tesis • 1.891 Palabras (8 Páginas) • 439 Visitas
Argumentación jurídica
La argumentación jurídica escrita es la forma de encontrar la unión de los razonamientos y los argumentos judiciales, es decir, de las razones que se presentan como fundamento de esa unión de razonamientos. La relevancia que poseen las resoluciones de los jueces muestra que no es necesaria la realización de actuaciones poco elementales al proceso. Lo importante en la argumentación es que deba y pueda hacerse al tenor de dos formas o premisas como se ha calificado, de construcción de razonamientos y argumentos judiciales. Dentro de las cuales hace mención.
A creer posible que dentro de cualquier caso existente, habrá para tal efecto una norma que se aplicable a dicho caso, en otras palabras, creer que una ley siempre es aplicable al hecho en sí. Por lo tanto el trabajo del juez se reduciría a la búsqueda y aplicación de aquella norma aplicable al caso para que la misma tenga su efecto de exteriorización. Con esta forma de argumentar se está de alguna manera dejando fuera todo concepto o idea que tenga relación a que, dentro de un ordenamiento jurídico existen las lagunas de ley. Esto quiere decir que no todas las leyes son aplicables a todos los casos que puedan concurrir o habrá leyes que no se enfoquen en el caso específico. Por lo tanto el juez en este caso, su único papel es buscar dentro de las leyes establecidas vigentes cuál de ellas se aplica al caso por consiguiente no crea derecho solo lo aplica, es decir la subsunción del hecho en la norma.
La segunda forma o premisa es aquella con la cual se considera insuficientes las normas generales y abstractas para que de este modo, se busquen más leyes aplicables al caso para que al momento de argumentar no solo se tenga una ley general sino también se tome en cuenta todas las demás leyes ordinarias que tengan relación con lo que se va a argumentar o en el hecho en sí, en otras palabras la segunda premisa consiste en no argumentar con una sola ley, lo que hace que el juez ajuste la norma haciéndole participe en el proceso porque no es como en la premisa anterior que únicamente aplica la norma al caso sino al contrario, el juez crea el derecho. Que es la función del juez, al aplicar las normas al caso se hace mediante la argumentación razonada con las leyes utilizadas.
Estas dos formas bajo algunas opiniones se cree que constituyen el verdadero sentido de la argumentación porque la forma y la complementación de las mismas suponen una base o serie de parámetros para establecer de manera correcta la argumentación. Bajo estos parámetros los juzgadores tienen esa facultad para poder resolver los casos de manera justa, explicando su resolución bajo un razonamiento jurisdiccional. El razonamiento jurisdiccional es todo aquel razonamiento irrevocable que tiene como fin establecer que sentencia es más conveniente y justa para el caso concreto y por lo tanto para el orden de la sociedad. Para tal efecto las sentencias deben ser fundadas en una norma jurídica y debe tener una motivación que es el hecho y por lo tanto la sentencia debe tener un requisito, el cual tiene el nombre de sine qua no, que significa obligación, obligación de que se funde la sentencia conforme lo que debe de ser realmente.
Pero la obligación no solo depende de eso, existe también otra exigencia que se funda en que se debe tener un orden legal y lógico, que se relacionan con el silogismo jurídico en el que respectivamente la premisa mayor en este caso y que para la argumentación seria la norma jurídica aplicable al caso concreto, la premisa menor sería el hecho al cual se va a aplicar la norma jurídica y en consecuencia la conclusión que es la sentencia dictada por el juez bajo los parámetros que la misma exige. Pero bien en la Argumentación Jurídica encontramos el siguiente orden partiendo siempre de la idea de un silogismo jurídico, la premisa mayor que constituye la fundamentación que como se ha explicado, se basa en una norma jurídica, la premisa menor que es la motivación, el hecho y como conclusión decisión la sentencia vinculante, decisión jurisdiccional del juez.
Estas teorías de la argumentación jurídica representan un aporte para la reflexión y el estudio en cuanto a la identificación de los elementos que inciden en las estructuras del razonamiento jurisdiccional. Mientras que para la construcción de los razonamientos judiciales se establecen dos tendencias o formas de construcción de razonamientos judiciales. Descriptiva, encargada de analizar los diferentes argumentos que los jueces esgrimen para sustentar sus resoluciones, como las jurisprudencias que se formulan con el ánimo de resolver los conflictos más frecuentes y normativa que incide en la formulación y estudio acerca de las reglas que las decisiones jurisdiccionales ha de seguir para garantizar formal y materialmente su corrección, es decir, su identificación. Con el orden normativo y la legalidad cuando esta es adecuada acaso concreto.
En resumen, la tendencia descriptiva se apoya en los argumentos jurisprudenciales y la tendencia normativa se apoya en los catálogos de preceptos normativos. Estos razonamientos encuentran entonces unos principios fundamentales que son el principio de legalidad y el principio de argumentación suficiente o argumentación de autoridad, estos principios tienen en común los elementos de objeto que es la materia sobre la cual versa y la intención o postura que es todo lo que se propone al emisor o ponente. También encontramos los tres niveles para abordar el argumento teniendo en cuenta que debe hacerse desde el objeto como desde la intención, estos son:
• Si el objeto existe,
• Que nombre le corresponde y;
• Como se ha de valorar este.
Sin embargo hay dos riesgos uno de ellos es que el argumento se desvié hacia otros objetos y que al momento de argumentar no se respete el orden. Para argumentar hay
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