BLOQUE 1: EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN Y COMO SISTEMA NORMATIVO
Enviado por Nieves Artiles Rodriguez • 27 de Mayo de 2019 • Ensayo • 2.402 Palabras (10 Páginas) • 232 Visitas
Introducción al derecho.
BLOQUE 1: EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN Y COMO SISTEMA NORMATIVO.
- Tema 1 – contexto de la definición de derecho.
Tenemos contacto con el derecho diariamente (ticket del tranvía), con o sin relevancia jurídica.
2. definición del derecho; 3. Análisis del lenguaje.
- Ambigüedad del termino derecho:
Derecho objetivo
Derecho subjetivo (carnet de conducir a los 18 años).
Ciencia del derecho.
Justicia o valor. (no hay derecho que a los jóvenes les cueste más encontrar trabajo).
- Vaguedad del término:
Posibles atributos:
- Coactividad -generalidad
- Imperatividad - procedimiento central.
Todas son cuestionables.
Tema 6.
- Teoría tridimensional del derecho.
Consiste en estudiar el derecho desde tres puntos de vista diferentes:
- El derecho como norma – NORMATIVO – ciencia jurídica
- El derecho como justicia - FÁCTICO – sociología.
- El derecho como justicia – VALORATIVO – filo del derecho.
Home - el hombre es un lobo para el hombre.
[pic 1][pic 2]
IUSNATURALISMO POSITIVISMO REALISMO
axiología Burguesía sociología [pic 3]
justicia Ciencia jurídica
No hay ningún valor que no este escrito si no es justo, ya que no tiene ningún valor y por lo tanto no es cumplible.
JUSTICIA NO ES IGUAL A DERECHO.
Iusnatura: acepta la norma jurídica sin ir en contra de los hechos justos.
Realismo: como acepta la sociedad si una cosa es justa o no.
Derecho como es = aspecto normativo.
Derecho como debe ser = aspecto axiológico o valorativo.
Diferencia entre el iusnaturalismo y el positivismo.
No hay mas derecho que aquel que es justo ausnaturismo.
El derecho puede ser injusto.
Teoría tridimensional nos ayuda a entender la compleja realidad jurídica.
- Notas distintas del derecho.
- Carácter humano.
- Carácter social.
- Carácter normativo.
Realidad institucionalizada.
Capítulo 7.
- Derecho publico y derecho privado.
Criterio de utilidad [pic 4]
Derecho público = utilidad pública / asuntos públicos.
Derecho privado = interés particular / asuntos privados.
Época absolutista[pic 5]
Derecho público = justificación del dominio político frente a los señores feudales / reducido por la no intervención del estado, mayor relevancia por la mayor intervención del estado.
Derecho privado = coge auge, pierde fuerza.
CRITERIOS DISTINTIVOS:
- Tesis del interés.
- Tesis del contenido.
- Tesis del sujeto.
- Tesis de la relación regulada.
- Tesis de la especialidad de la normativa jurídica
- Tesis de la participación del sujeto.
3/10/2018
Bloque 2: la norma jurídica y sistemas jurídicos. Las ramas del derecho. Temas 10, 11, 12, 14.
Capitulo X 🡪 La teoría de la norma jurídica.
Los ordenamientos jurídicos (O.J): responden a las necesidades de los estados.
Norma jurídica: finalidad amplia. Soluciones concretas a una categoría general de problemas. Supuesto genérico. Se prevé que se puede llegar a producir el acontecimiento.
EXAMEN
- Decisiones legislativas 🡪 dictada por el legislador.
- Decisiones judiciales 🡪 alcance especifico a un conflicto especifico es un momento determinado. Acontecimiento ya producido.
- Decisiones extra – sistémicas: * jurídica en cuanto al resultado.
*ajuridica en cuanto al procedimiento.
Todas las decisiones, tanto judiciales como legislativas están subordinadas a ellas.
División de poderes:
Legislativo Ejecutivo Judicial [pic 6]
[pic 7] [pic 8]
Tratamiento (leyes) Gobierno Juez
Parlamento.
No hay unanimidad entre los juristas para considerar a los tres tipos de norma jurídica.
Se discute el carácter normativo 🡪 decisiones judiciales.
Normas jurídicas 🡪 decisiones constituyentes y las propias decisiones legislativas.
- Tipología de la norma jurídica.
- Por su estructura: H. Kelsen.
NJ completas NJ incompletas [pic 9][pic 10][pic 11]
Conducta = normativo + sanción Necesidad de ser completada[pic 12][pic 13]
...