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Enviado por Paulo Andres Silva Gutierrez • 12 de Septiembre de 2020 • Ensayo • 314 Palabras (2 Páginas) • 132 Visitas
La Sentencia de Revisión T 1026/03 proferida por la Corte Constitucional, estudia la posible existencia de una vía de hecho en la decisión del Tribunal de Bogotá al declarar la nulidad absoluta del contrato de promesa de compraventa celebrado entre los ciudadanos José Ismael Ladino Rojas e Indalecio Landínez Afanador, ya que dicha entidad, aduce que al momento de realizar la promesa de compraventa, el bien inmueble no se identificó de manera correcta en sus linderos específicos, además no se consignaron los linderos generales del predio, ya que se tomó el mismo como un conjunto, por ende se generó desde un comienzo grave problema de individualización del inmueble prometido, ya que es imposible establecer cuál es el sector del inmueble que se negocia, generando con ello ausencia de identificación.
Esta decisión resulta contraria a los intereses del demandante señor Ladino Rojas, pero ello no quiere decir, que el Tribunal haya vulnerado su derecho al debido proceso (Art. 29 C.P), ya que, al no determinarse de manera correcta los linderos del predio prometido, no se puede realizar la compra venta, y mucho menos materializarse la tradición del mismo, ya que desde el inicio de la demanda, hacía falta este requisito y por esta razón el Tribunal decreta la nulidad absoluta del contrato de promesa de compraventa.
La Corte igualmente realiza un examen en cuanto a la procedencia de la acción de tutela frente a las decisiones judiciales, donde indica que se puede acceder a este mecanismo, cuando resulte la decisión sea flagrante evidentemente contraria al ordenamiento jurídico con clara violación de derechos fundamentales de quien resulte afectado, evento que no ocurrió en la sentencia bajo examen.
En conclusión, la Corte determina que, al existir ausencia en la identificación del predio prometido, se puede presentar problemas en la definición de lo que se quiso representar. En este sentido, procede a confirmar las sentencias objeto de controversia.
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