ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Bienes y sucesiones ( civil albaceas) ¿Qué son?


Enviado por   •  21 de Mayo de 2018  •  Tesis  •  434 Palabras (2 Páginas)  •  286 Visitas

Página 1 de 2

[pic 1]                                            [pic 2]       

Derecho Civil.

(Bienes Y Sucesiones)

Las Albaceas

Lic. Luz María Delgado

Alumna: Esmeralda Carranza Arellano

Matricula: 1741442

A 17 de Mayo del 2017, San Nicolás de los Garza. N.L

LAS ALBACEAS.

¿Qué son?

Los albaceas son personas designadas por el testador o  los herederos para cumplir las disposiciones testamentarias o para representar a la sucesión y ejercitar todas las acciones correspondientes al de cujus. Es decir un albacea es el órgano representativo de la comunidad hereditaria. Para proceder a su administración, liquidación y división.

Los albaceas pueden ser designados por testamento (Albaceas testamentarias). Cuando no existe testamento o el testador no designó albacea puede ser designado por los herederos o el juez en ciertos casos.

 Clases de albaceas

Se divide en dos.

  • Albaceas testamentarios. Que son los que designa el testador y pueden ser universales, especiales, sucesivos o mancomunados.
  • Albaceas legítimos. Aquellos que designan los herederos, o el juez en su caso.

Albaceas universales: Son aquellos que tienen por objeto cumplir todas las disposiciones testamentarias y representar a la sucesión, cuando son designados por el testador. Pero cuando su nombramiento es por los herederos o el juez este solo tiene la función representativa de la herencia.

Albaceas especiales: son los que tienen una función determinada por disposición expresa del testador para cumplir una cierta disposición testamentaria. Y solo puede ser designado por el testador.

Albaceas mancomunados: son aquellos que se designan por el testador o por los herederos. Para que obren de común acuerdo. En consecuencia, no pueden actuar en forma separada y será necesario el consentimiento de la mayoría para la ejecución de actos de dominio o de administración. Si faltare este consentimiento, el acto ejecutado será nulo.

 Albaceas sucesivos: aquellos que el testador designa para que desempeñen el cargo en el orden que Se indique en el testamento, bien Sea por muerte de alguno de ellos, por renuncia o remoción del cargo.

Los artículos 1679 y 1680 determinan en sentido negativo las condiciones para poder ser albacea:

a) A quienes no tengan la libre disposición de sus bienes

b) A los magistrados y jueces que estén ejerciendo jurisdicción en el lugar en que se abra la sucesión

 c) A los que por sentencia hubieren sido removidos del cargo de albacea

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb) pdf (117 Kb) docx (59 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com