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Enviado por   •  24 de Febrero de 2015  •  Tesis  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  193 Visitas

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1 – Según el artículo 665 CCC la enumeración de los derechos reales es taxativa:

RTA: podríamos decir que es taxativa al no nombrar específicamente las definiciones de cada uno de los derechos reales, sin embargo se mencionan los 7 derechos reales.

2 – Según la doctrina y la jurisprudencia, la enumeración de los derechos reales no es taxativa, y entonces, agregan:

RTA: Aparte de los 7 derechos reales que están estipulados en el artículo 665 del código civil vemos la habitación, anticresis, superficie, fideicomiso, retención, censo, posesión y comunidad

3 – Los derechos reales que tienen vida jurídica propia y no garantizan la existencia de otro derecho, son derechos reales principales tales son: el dominio, la servidumbre, la superficie, el arrendamiento y el censo.

Los derechos reales que necesitan de un derecho preexistente para poder subsistir, y que viven para garantizar la existencia de otro derecho, son derechos reales accesorios, tales son: herencia, usufructo, prenda, uso, habitación, retención, posesión y fideicomiso.

4 – El dominio es un Derecho Real porque recae directamente sobre una cosa sin tener en cuenta determinada persona para poder usarla y gozarla, completa o parcialmente.

La propiedad es el máximo derecho que puede tenerse sobre una cosa.

La Posesión es la tenencia de una cosa con ánimo de señor y dueño.

Mera tenencia es el ánimo de tener la cosa más no como dueño.

5 – El dominio es para gozar y disponer de la cosa, es decir comprende los tres (3) atributos tradicionales de la propiedad:

El derecho de disponer de la cosa: Disposición

El derecho a los frutos de la cosa: Goce

El derecho a usar la cosa: Uso

6 – Cuando una de estas facultades no está en cabeza del titular del derecho de dominio se presenta: Nuda Propiedad considerada como la propiedad separada del goce; tal sucede por ejemplo con: Anticresis, donde el derecho a los frutos de un tercero llamado: arrendador mientras que el propietario conserva la propiedad del bien y el derecho a disponer de éste.

7- Las características del dominio que la jurisprudencia y la doctrina le han atribuido son:

- ES UN DERECHO ABSOLUTO Potestad soberana de usar, gozar y disponer del bien y la posibilidad de aprovechar la totalidad de las utilidades y servicios de una cosa sin más limitaciones que las exigidas por la ley o por otros derechos reales en la misma.

- ES UN DERECHO EXCLUSIVO Derecho de su titular de rechazar a quien se interponga en el goce de lo que le pertenece, sin ir en contra de la ley o de derechos de terceros.

- ES UN DERECHO PERPETUO Cuando la propiedad es adquirida de conformidad con la ley y no está sujeta a limitaciones de tiempo ni a caducidad, encontrándose siempre en cabeza de su titular, mientras

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