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CNDH ENSAYO QUEJA


Enviado por   •  15 de Abril de 2015  •  12.299 Palabras (50 Páginas)  •  421 Visitas

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COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

DOCTOR RAÚL PLASCENCIA VILLANUEVA

PRESIDENTE

SEXTA VISITADURÍA GENERAL

PERIFÉRICO SUR 3469

COLONIA SAN JERÓNIMO LÍDICE

DELEGACIÓN MAGDALENA CONTRERAS

MÉXICO, DISTRITO FEDERAL

C.P. 10200

P R E S E N T E.

ASUNTO: SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES POR

EL POSIBLE OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA

SIEMBRA COMERCIAL DE MÁIZ TRANSGÉNICO

Y PRESENTACION DE QUEJA.

_____________________________, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos el ubicado en ______________________________________________________________________, y con número telefónico ________________, ante esa Comisión Nacional comparezco para exponer que:

De la manera más respetuosa, solicito de Usted la intervención de ésta H. Comisión Nacional de Derechos Humanos, a fin de que se decrete medidas cautelares de manera urgente consistentes en que las autoridades que adelante se señalan, se abstengan de otorgar los permisos y dictámenes favorables solicitados para la siembra de maíz transgénico para fines comerciales, así como conocer de la presente queja, al estimar que ésta cae dentro del ámbito de su competencia, toda vez que con la creación de la Sexta Visitaduría General, la Comisión Nacional de Derechos Humanos es ahora competente para conocer asuntos laborales, ambientales, culturales y de carácter económico y social, todo ello debido a las reformas en la Ley de esta H. Comisión publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2012.

Que con fundamento en el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 3º, 4º, 5º, 6o, fracciones I, II, inciso a), VII, VIII, XIII, 24, 25 y 40 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; 9º, 10º, 26, 61, 76, 79, 80, 94, 116 a 118 (medidas cautelares) y demás aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos vengo a denunciar los actos y omisiones ilegales e injustos que realiza el Presidente de la República C. Enrique Peña Nieto, y los secretarios de Estado del Poder Ejecutivo Federal, de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Salud, y demás funcionarios de la administración pública federal que resulten responsables, por la violación de derechos humanos, en particular el derecho a la alimentación, al medio ambiente sano derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, teniendo entre otras consecuencias desnutrición, insuficiencia alimentaria y carencia de una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

Con fundamento en los artículos 40 de la Ley de la CNDH; 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno, con el objeto de evitar la imposible restitución en el goce de nuestros derechos solicito de manera urgente la aplicación de medidas cautelares, consistentes en que las autoridades integradas por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), dependiente de la Secretaria Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), incluyendo la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), se abstengan de otorgar los permisos y dictámenes favorables que están solicitados para la siembra de maíz transgénico para fines comerciales hasta en tanto se resuelva el fondo de la queja.

Asimismo, vengo a presentar queja ante esta Comisión Nacional de Derechos Humanos por la violación a los artículos 1o, párrafos primero, segundo y tercero, artículo 2o, apartado B, segundo párrafo, fracción III, artículo 4o, párrafos tercero y séptimo, y articulo 27, fracción XX, párrafo segundo, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes secundarias y tratados internacionales firmados por el gobierno de México, que ordenan y reglamentan el derecho a la alimentación sana, nutritiva y de calidad, entre otros derechos.

Por lo anterior, me permito señalar lo siguiente:

1. LOS SUJETOS DE LA VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS.

Los sujetos de la violación a derechos humanos de los hechos que a continuación se narran resulta la (el) abajo signante en mi carácter de consumidor de productos de maíz, los campesinos, los apicultores, los grupos indígenas y el pueblo de México en general.

2. HECHOS QUE CONSIDERO CONSTITUTIVOS DE LA VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS.

Los hechos que considero constitutivos de la violación de derechos humanos consisten en el otorgamiento de permisos para la siembra experimental y piloto de maíz genéticamente modificado (GM) expedidos por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), dependiente de la Secretaria Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGARPA), así como las seis solicitudes de permisos en etapa comercial que en este momento se encuentran en evaluación y análisis por parte del mismo SENASICA, dependiente la SAGARPA y de la DGIRA, vinculada a la SEMARNAT, de las cuales pido se ordene la instrumentación de las medidas cautelares conducentes, dada la posibilidad de que las autoridades involucradas expidan los permisos y dictámenes favorables en fechas próximas (ver Tabla 1.- Estatus de solicitudes de siembra de maíz GM), a pesar de opiniones en contrario de organismos científicos y académicos, incluso organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés) que recomiendan aplicar el Principio Precautorio frente a la liberación comercial de esta clase de cultivos en México, al ser centro de origen y de diversidad genética de maíz, debiendo entender como “centro de origen” de plantas cultivadas una zona geográfica en donde se encuentra un máximo de diversidad del cultivo y en el que coexisten o coexistieron sus parientes silvestres . Ante el hecho de que las autoridades mexicanas no pueden garantizar que no habrá más casos de flujo genético de estos transgenes a variedades nativas de maíz y sus parientes silvestres, además de afectación a insectos polinizadores y otros insectos no blanco, aunado a que como consumidor es vulnerado mi derecho a elegir qué productos deseo consumir, al no implementarse el etiquetado obligatorio de este tipo de productos destinados a consumo humano, debido a que la legislación en materia de salud y de bioseguridad de OGM no prevé su etiquetado, asimismo tampoco existen mecanismos de trazabilidad para poderlos detectar dentro de los canales

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