CONCEPTO DE TESTAMENTO
Enviado por borre1973 • 21 de Junio de 2017 • Apuntes • 723 Palabras (3 Páginas) • 200 Visitas
CONCEPTO DE TESTAMENTO.
Testamento: Según el Diccionario de la Real Academia Española, proviene del latín testamentum y significa: 1. m. Declaración que de última voluntad hace alguien, disponiendo de bienes y de asuntos que le atañen para después de su muerte; 2. M. Documento donde consta en forma legal la voluntad del testador.
Pero, para efectos de nuestro tema, acorde a lo que indica el artículo 1295 del Código Civil para el Distrito Federal, el testamento es: un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
EL TESTAMENTO DE NAWAL MARWAN.
El testamento de NAWAL MARWAN, es un testamento público abierto, toda vez que es el que se otorga ante Notario Público (art. 1511 del C.C.D.F.).
Dicho testamento, si cuenta con los elementos de existencia, los cuales son: consentimiento y objeto.
Con relación a la capacidad en el testamento, el Testador debe tener al menos 16 años de edad, sea hombre o mujer y disfrute de su cabal juicio (Artículo 1305 del C.C.D.F.).
Sin embargo, es válido el testamento hecho por un demente en un intervalo de lucidez, siempre que el tutor y en defecto de éste, la familia de aquel, presente por escrito una solicitud al Juez que corresponda.
El Juez nombrará dos médicos, de preferencia especialistas en la materia para que examinen al enfermo y dictaminen acerca de su estado mental. El Juez tiene la obligación de asistir al examen del enfermo, y podrá hacerle cuantas preguntas estime convenientes, a fin de cerciorarse de su capacidad para testar, debiéndose hacer constar en acta formal el resultado del reconocimiento y si fuere favorable, se procederá a la formación de testamento ante Notario Público, con todas las solemnidades que se requieren para los testamentos públicos abiertos. Firmarán el acta, además del Notario y de los testigos, el Juez y los médicos que intervinieron para el reconocimiento, poniéndose al pie del testamento, razón expresa de que durante todo el acto conservó el paciente perfecta lucidez de juicio, y sin este requisito y su constancia, SERA NULO el testamento por falta de capacidad del testador. A efecto de que el Juzgador califique la capacidad del testador, atenderá especialmente al estado en que se halle el demente al hacer el testamento. (Artículos 1307, 1308, 1309, 1310, 1311 y 1312 del Código Civil para el Distrito Federal).
Por lo anterior, para el suscrito, el testador NO CUENTA CON LA CAPACIDAD PARA TESTAR, toda vez que lo visto en la película, NAWAL MARWAN solo le da indicaciones al Notario al oído (ya que se ve que su estado de salud es muy deteriorado) y lo dicho por su hijo en el sentido de que su madre siempre estaba ausente (ya mal de sus facultades mentales), motivos por los cuales el testador carecía de la capacidad para testar, esto con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo1306 del Código Civil para el Distrito Federal que dice: “… Están incapacitados para testar: II. Los que habitual o accidentalmente no disfrutan de su cabal juicio.
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