CONTENIDO DE LA DEMANDA DE HABEAS CORPUS
Enviado por wpardo90 • 6 de Diciembre de 2016 • Monografía • 1.263 Palabras (6 Páginas) • 454 Visitas
Derecho Constitucional II 27-11-2016
CONTENIDO DE LA DEMANDA DE HABEAS CORPUS
Que se exige en la justicia ordinaria, incluso el legislador no exige firma de abogado, para presentar el HABEAS CORPUS, en otras palabras la regla general que señala la Ley de Federación de abogados es que toda solicitud o demanda administrativa o judicial debe ir con firma de abogado, a esta regla general encontramos tres excepciones
- las Garantías Constitucionales conforme lo señala la constitución
- Los juicios de alimentos conforme lo determina el código orgánico de la niñez y de la adolescencia
- Los juicios monitorios en materia laboral conforme lo señala el código Orgánico General de Proceso, sin embargo el artículo 10 de la Ley Orgánica de garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional Art. 10 establece que la demanda debe cumplir con los siguientes requisitos
- Designación de la autoridad competente,. En este caso es el juez de garantías constitucionales, si la providencia, es dictada en materia penal, la competencia y jurisdicción le corresponde a la Corte Provincial de Justicia.
- Nombres y Apellidos de Accionante o de la persona que solicita el habeas Corpus, aquí el legislador no exige los requisitos de las generalidades de Ley en la justicia ordinaria.
- Identidad de la persona accionada, es decir contra quien se presenta el habeas corpus, que está plenamente identificada la autoridad o institución contra quien se presenta la acción, lo que quiere el legislador, es que esté plenamente identificadas las partes procesales.
- Descripción del acto u omisión que violenta los derechos fundamentales, hay que hacer una narración circunstancial de los hechos en forma cronológica, en forma clara y precisa, y de fácil entendimiento
- lugar de la citación de la accionaria, en donde se va a citar al legítimo contradictor, para que se cumpla con el principio de contradicción y el derecho a la legítima defensa.
- Lugar donde se encuentra la persona, donde se encuentra detenida, a que orden de autoridad.
- Declaración juramentada, la persona que solicita el habeas corpus debe jurar que no ha presentado otro habeas corpus, si de hecho el accionante se olvida de hacer la declaración el juez, tiene la obligación de, en la audiencia al inicio preguntarle al accionante si ha presentado habeas corpus anterior.
- Se puede solicitar medidas cautelares que quedan a consideración del juez.
- Elementos probatorios, en lo posible se debe presentar las pruebas, en espacial las pruebas documentales que tengan que ver con el asunto sometido a investigación.
- La firma del solicitante.
CUALES SON LOS ACTOS PROCESALES QUE SE REALIZAN EN LA AUDIENCIA PUBLICA.-
CUADRO.-………………………..
AUDIENCIA PÚBLICA.-
La audiencia pública debe efectuarse en 24 horas contados desde la fecha de la presentación de la solicitud o demanda de habeas corpus, en la audiencia se da los siguientes pasos procesales:
- El Juez debe comprobar si se encuentran presente las personas que deben intervenir en la diligencia, el accionante, el accionado, y los representantes de las instituciones demandadas, pueden intervenir terceras personas que tengan interés en el asunto que se investiga, el legislador crea una ficción jurídica que la denomina AMICUS CURIAE, que significa amigo del pueblo, el auxiliar del juez, que va hacer aportes de hecho o de derecho para esclarecer la verdad.
- El juez ordena que en primer lugar intervenga el accionante o afectado, se le concede el uso de la palabra para que fundamente su acción, explique los hechos y señale los derechos fundamentales que se está violentando.
- Luego el juez ordena el según do lugar que intervenga el accionado, o la institución demandada para que fundamente su acción, su proceder.
- Terminada las argumentaciones de las partes procesales, hay el derecho a la réplica y el legislador señala que el ultimo en replicar es el accionante,
- Cada parte procesal tiene 20 minutos para argumentar, y para replicar tan solo 10 minutos, la tercera persona o el amigo curial tiene solo 10 minutos para exponer, en el caso de que el juez creyere necesario que las partes presenten pruebas o informes o nombren comisiones, puede hacerlo y termina la diligencia cuando el juez se ha formado un criterio objetivo del asunto sometido a su investigación, y en audiencia debe dictar su resolución, de la resolución que dicta el juez constitucional la parte afectada puede presentar los recursos que se crea asistida, en especial el recurso de apelación
- QUE TIEMPO DURA LA PRUEBA EN EL HABEAS CORPUS. (*)
EN AUDIENCIA, si el juez considera necesario puede abrir la causa a prueba, por un término no mayor a 8 días y por una sola vez, es decir que queda a facultad discrecional del juez señalar el número de días de prueba, luego el legislador le concede otra facultad al juez constitucional que puede ampliar el termino y no señala el tiempo, dentro del periodo de prueba las partes procesales pueden presentar los medios de prueba señalados en el COGP, y en el Código Civil, donde se establece los medios de prueba para las obligaciones, además, el juez puede conformar comisiones unipersonales o pluripersonales, con personas evidentemente técnicas que conozca sobre el asunto, esta comisión debe presentar informe.
...