CONTRALORIA SOCIAL DE LOS CONSEJOS COMUNALES. ANALISIS CRITICO
Enviado por C-LENA • 6 de Marzo de 2022 • Apuntes • 686 Palabras (3 Páginas) • 265 Visitas
[pic 1]
CONTRALORIA SOCIAL DE LOS CONSEJOS COMUNALES.
ANALISIS CRITICO
Facilitador: Alumno:
LICDA. Milagros Rodríguez T.SU Florcilena Velásquez
C.I: 20740938
MARZO 2022
ANALISIS CRÍTICO
La Contraloría Social se ha convertido en los últimos años en una herramienta fundamental para el ejercicio de la democracia participativa, siendo compartida como una función primordial entre las instancias del poder público, los ciudadanos y las organizaciones del poder popular. Según Opiniones de Nikken (2013), se define a la Contraloría Social como la potestad y la capacidad del pueblo para supervisar la gestión de los organismos de la administración pública en el manejo de los fondos públicos y en la eficacia en el alcance de las metas de gestión pública.
No obstante, para esta variable se fija posición con la definición propuesta en Venezuela por parte de la Ley Orgánica de Contraloría Social (2010), la cual en su Artículo 2 expresa que esta importante herramienta, sobre la base del principio constitucional de la corresponsabilidad, es una función compartida entre las instancias del Poder Público, los ciudadanos (as) y las organizaciones del Poder Popular, para garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente en beneficio de los intereses de la sociedad, y que las actividades del sector privado no afecten los intereses colectivos o sociales. Según el Artículo 35. La Unidad Contraloría Social del consejo comunal deberá coordinar, en el ejercicio de sus funciones, con los órganos del Poder Ciudadano. Es decir que su función principal se basa en trabajar en pro de las comunidades.
La ley de Contraloría Social (comunal) se basa en diversos principios más que todo socialista, con la intención de inculcar a los involucrados valores apegándose al lado más humano de la sociedad y maximizar la solución de los problemas que golpeen directamente a la comunidad, estos principios son:
- PRINCIPIO DE CORRESPONSABILIDAD.
- PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA.
- PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
- PRINCIPIO DE RENDICIÓN DE CUENTAS.
En Venezuela, es reconocido que la Contraloría Social se encuentra enmarcada en aspectos constitucionales que la señalan como un relevante factor de la participación popular y como un mecanismo de expresión de la democracia participativa. No obstante, su nacimiento como segmento de las políticas públicas es relativamente novedoso y vienen a surgir a partir de la promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el año 1999. En el marco de esta carta magna, se aprecia entonces como los principios constitucionales rectores de la Contraloría Social ejercida en los consejos comunales tienen su principal fuente en un solo principio, el cual se basa en la corresponsabilidad; donde se anexan principios accesorios tales como la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas.
...