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CONTRATO DE PRENDA


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  Trabajo  •  5.808 Palabras (24 Páginas)  •  362 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Al hablar sobre los contratos, hacemos referencia a un convenio entre una o varias personas por medio del cual se obligan con respecto a una o varias otras a dar, hacer o no hacer una cosa.

La importancia de los contratos en las relaciones sociales y jurídicas de los individuos es bastante, razón por la cual nos hemos enfocado en dos contratos que son muy comunes actualmente: el contrato de mandato y el contrato de prenda.

Durante el presente trabajo, daremos a conocer su clasificación dentro del derecho mexicano y Código Civil, distinguiendo las partes que lo integran, quienes lo ejecutan y las funciones o bien derechos y obligaciones de los que se hacen acreedores

A lo largo de nuestra vida, los contratos son parte vital para la realización de acuerdos con otras personas. En muchas situaciones de la vida los contratos están presentes.

Sin embargo, existe mucha falta de información a la hora de realizar un contrato y así mismo hacer valer sus derechos y obligaciones, es por eso que hemos realizado este trabajo, con el fin de difundir información suficiente sobre los contratos de prenda y mandato, para que así, estos puedan beneficiar a todos los participantes de dichos contratos y de esta forma evitar conflictos jurídicos.

Sí analizamos las causas por las cuales en la sociedad se generan demasiados conflictos y problemas jurídicos, nos daremos cuenta de que la mayor causa de estos conflictos, es la falta de cultura de muchas personas a la hora de realizar acuerdos, ya que, la mayoría de la gente, cuando hace algún acuerdo jurídico no hace contratos, y la consecuencia de esto, casi siempre, es que se generan demasiados conflictos entre las personas que participan en el acuerdo.

Es muy importante que tomemos en cuenta, que los contratos están para ayudarnos a evitar futuros conflictos, con las personas, con las que hagamos acuerdos.

Basándonos en el conocimiento de diversos autores como Ricardo Treviño García, Gustavo Palacio Pimentel, entre otros, hemos realizado este trabajo, con una explicación detallada sobre los contratos de prenda y de mandato.

El objetivo de este trabajo es que pueda ser entendible a cualquier público interesado en saber cómo llevar a cabo algún tipo de estos contratos, que noten la importancia de usarlos y entiendan la garantía que estos traen pero también la responsabilidad por lo que se escriba y determine dentro de ellos, estar informados nunca está de más.

CONTRATO DE PRENDA

Antecedentes

La prenda apareció en Grecia y en Roma posiblemente en los tiempos del Imperio, permitiendo que el deudor quedara en posesión, uso y provecho de la propiedad; y la facultad de enajenarla, mientras que el acreedor quedaba libre de la administración de la cosa, pero sus intereses son reconocidos, protegidos por un derecho real que conlleva derecho de persecución y derecho de preferencia sobre el bien hipotecado. Esto faculta al acreedor a perseguir el bien en cualquier mano que se encuentre, téngalo quien lo tenga. Es decir el acreedor aunque no adquiría la propiedad ni la posesión de la cosa, tenía un derecho especial, que le permitiría tomar posesión de la cosa si el deudor incumplía sus obligaciones. Esta capacidad de posesión por parte del acreedor surgió en los orígenes de la hipoteca cuando el deudor no pagaba.

Definición

La prenda es un derecho real que se constituye sobre bienes inmuebles, enajenables, que se entregan al acreedor para garantizar el cumplimiento de una obligación principal y su preferencia en el pago, concediéndole los derechos de persecución y de venta sobre los citados bienes en caso de incumplimiento”. (Villegas, Rojina. Derecho Civil Mexicano)

SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL

• Artículo 2856

La prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.

Contrato por el que el deudor, entrega al acreedor o a un tercero, de común acuerdo, una cosa mueble en seguridad de un crédito, de tal modo que vencido esté y no satisfecho puede hacerse efectivo con el precio en venta de aquella, siendo restituida en los demás casos de extinción del contrato. (Gomís, José; Luis Muños. Elementos de Derecho Civil Mexicano)

DEFINIDO DOCTRINARIAMENTE

• “Un contrato en que se entrega una cosa mueble a un acreedor para seguridad de su crédito, otorgándole la facultad de perseguir la cosa empeñada, retenerla en cierto casos y pagarse preferentemente con el producto de su realización, si el deudor no cumple la obligación garantizada”

PARTES QUE INTERVIENE EN EL CONTRATO.

• ACREEDOR PRENDARIO

Es la persona que recibe el objeto en prenda, como garantía de que se le pagará lo que se le debe.

• DEUDOR PRENDARIO

Es la persona que da el objeto en prenda, como garantía de que cumplirá y pagará su deuda.

OBLIGACIONES Y DERECHOS QUE SURGEN PARA LAS PARTES DEL CONTRATO DE PRENDA.

DERECHOS DEL ACREEDOR PRENDARIO.

a) Derecho de retención. Este derecho está contenido en el Art. 2146 del Código Civil y permite al acreedor retener la cosa dada en prenda, mientras no se le haya satisfecho íntegramente su crédito. De acuerdo al precepto, el deudor no puede exigir que se le restituya el bien prendado, total o parcialmente, mientras:

 No haya pagado la totalidad de la duda en capital e interés

 No haya pagado los gastos necesarios en que hubiere incurrido el acreedor prendario para la conservación de la prenda

 No haya pagado los perjuicios que al acreedor le hubiere ocasionando la tenencia de la prenda.

b) Derecho de Reivindicación. Derecho consagrado en el Art. 2146 Código de Comercio. El acreedor tiene un derecho real, por lo que es lógico que se le conceda la acción reivindicatoria que es una acción propia del dominio establece que pueden reivindicarse todos los derechos reales excepto el de herencia.

c) Derecho de venta o de realización. A este derecho se refiere el Art. 2167 Código Civil y fundamenta la afirmación de que la prenda es un principio de enajenación ya que el deudor no cumple con la obligación garantizada por la prenda, puede el acreedor prendario pedir el remate de la cosa.

OBLIGACIONES DEL ACREEDOR PRENDARIO

a) No usar la cosa empeñada.

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