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CONTROL Y EVALUACION DEL PRESUPUESTO PÚBLICO EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Enviado por   •  19 de Abril de 2020  •  Ensayo  •  2.334 Palabras (10 Páginas)  •  673 Visitas

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CONTROL Y EVALUACION  DEL PRESUPUESTO PÚBLICO EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

A nivel mundial los gobiernos a través del tiempo sean de la preferencia política e ideológica que sean, para que funcione de manera planificada y organizada deben, establecer claramente la forma a través del cual se garantice una buena actuación, es decir deben equiparar sus ingresos y gastos mediante la introducción de un mecanismo o sistema instaurador al cual es llamado presupuesto público ¿Que podría decir del presupuesto público en Venezuela y como se maneja el control y evaluación dentro de la misma?, comenzaría por las bases de lo que de lo que el deriva:

Para Albi Ibáñez, E. y otros (2009) El presupuesto Público es un “plan económico del gobierno, cuantificación económica de las políticas económicas del gobierno y la expresión contable del plan económico del sector público”. De esta forma parafraseando este autor diría que el gobierno es responsable de manejar y controlar tanto los ingresos y gastos de un país de manera financiera y de esta forma cumplir con el plan general de la nación que en el caso de Venezuela está enmarcado legalmente en La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela y El Reglamento Nro. 1 De la ley Orgánica de La Administración Financiera Del Sector Público Sobre El Sistema Presupuestario.

Al respecto La Asociación venezolana de presupuesto público, (1995) “Es un sistema mediante el cual se elabora, aprueba, coordina la ejecución, controla y evalúa la producción pública (bien o servicio) de una institución, sector o región en función de las políticas de desarrollo previstas en los planes”. Se puede decir que la Asociación venezolana de presupuesto público de la fecha veía el presupuesto nacional enmarcado en todas las etapas del proceso administrativo como lo son planeación, organización, dirección, ejecución, evaluación y control.

Según Hernández, (1981).” Es la base para la estructuración de un sistema de contabilidad gubernamental, constituye la base legal para la realización del gasto público la configuración de las cuentas contables debe ser compatible con las clasificaciones presupuestarias, para lograr la adecuada interrelación entre el proceso fiscal y la contabilidad, para así analizar el comportamiento de ingresos y egresos”. Hernández en su pensamiento nos muestra al presupuesto como mecanismo o sistema contable para así lograr la concordancia del mismo, y obtener por consiguiente un mejor control y evaluación  del presupuesto a través del análisis de los ingresos y gastos de la nación.

De este modo expresa (Bastidas, 2003) “Es un instrumento de la planificación expresado en términos financieros, en el cual se reflejan los gastos y aplicaciones así como los ingresos y fuentes de recursos, que un organismo, sector, municipio, estado o nación, tendrá durante un período determinado con base en políticas específicas que derivan en objetivos definidos para las diversas áreas que interactúan en la acción de gobierno”. El autor Bastidas expone el presupuesto como instrumento que se refleja solo en la parte financiera dando a conocer los ingresos y gastos de la nación, de donde se originan, su periodo determinado, con diferentes objetivos pues ya que se aplicarán en distintas situaciones que  se interrelacionan en el sector gubernamental.

Por consiguiente el Articulo 21 De La Ley Orgánica del régimen presupuestario expresa a continuación:

 “El presidente de la república, en consejo de ministros, fijara los lineamientos generales para la formulación del proyecto de ley de presupuesto. A tales fines, el ministerio de planificación y desarrollo presentara al presidente de la república una evaluación del cumplimiento del plan de desarrollo económico y social de la nación y del desarrollo general del país. A su vez la oficina central del presupuesto presentara al presidente de la república, conjuntamente con el ministerio de finanzas, un informe acerca de la situación presupuestaria de los organismos públicos y del cumplimiento de las metas previstas en los diferentes sectores, programas y proyectos, y las proposiciones para el próximo ejercicio”.

Por este motivo es importante acotar que con el control y la evaluación presupuestaria se hacen posible la anticipación y el estudio  de las desviaciones e irregularidades que puedan surgir en la ejecución del presupuesto público, tomando las respectivas medidas ya sean periódicamente o cuando se suscite el desequilibrio e inestabilidad debido a que se haya obtenido mucho ingreso o se haya producido mucho gasto, por consiguiente explicaría que una de las utilidades del control y la evaluación presupuestaria es pues la posibilidad de poder cotejar de forma general los datos presentados al finalizar la ejecución, con los objetivos planteados al inicio, convirtiéndose entonces manejable en la toma de decisiones, alterando o modificando partidas, es decir la presentación de memoria y cuenta en caso de Venezuela se realiza en el año siguiente a la ejecución del presupuesto, ante la Asamblea Nacional por el Presidente de la República.

En el caso explicito de la evaluación del presupuesto público venezolano, las entidades del sector público deberán determinar, bajo responsabilidad los resultados de la gestión presupuestaria del órgano mediante el análisis y medición de la ejecución de los ingresos y gastos y metas presupuestarias así como de las variaciones observadas, señalando sus causas. En relación con los programas, proyectos y actividades aprobados en el correspondiente presupuesto. La evaluación presupuestaria debe realizarse considerando el logro de los objetivos institucionales y la ejecución de los ingresos, gastos y metas presupuestarias, en este caso diría como ejemplo; si al ministerio de deportes se le facilita cierto presupuesto este debe ser responsable del mismo dando cuentas claras de su ejecución y de las disparidades que en este se presenten.

Según la ley venezolana vigente se establece de forma obligatoria de informar. Los órganos públicos a los que se les facilitan presupuesto se encuentran en la obligación de remitir a la ONAPRE, la información presupuestaria de acuerdo con las normas establecidas en las directivas que componen las distintas fases del proceso presupuestario del sector público. Importante es hacer notar las disposiciones establecidas en la ley del régimen presupuestario así como los reglamentos dictaminados por la ONAPRE, dado que están dan lugar sin complicación alguna de la responsabilidad civil o penal que este conlleva.

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