CULTURA TRIBUTARIA
Enviado por bloodbuzzsc • 23 de Julio de 2013 • Trabajo • 4.499 Palabras (18 Páginas) • 362 Visitas
INTRODUCCIÓN
La cultura se define como el conjunto de valores, creencias y principios fundamentales, que tienen en común un determinado número de personas y que modelan la forma como ellos perciben, piensan y actúan.
Al hablar de cultura tributaria, se alude a la información o desinformación por parte del contribuyente, cumplimiento voluntario o forzoso de sus obligaciones, evasión o fraude fiscal y, en general, cuando se mencionan las circunstancias personales y sociales de quienes pagan los impuestos.
Los valores éticos que sustentan una sociedad son parte de su cultura. Por ende, para hablar de una sólida cultura tributaria es requisito, la existencia de una conciencia tributaria de cierta solidez por parte de los contribuyentes y la consiguiente aceptación de los deberes tributarios como imperativos de carácter ético, para el funcionamiento de la Sociedad.
La cultura tributaria se refiere entonces, al alcance del pago voluntario de los impuestos por parte del contribuyente y en la actualidad, es necesario y fundamental incrementarla.
Además, en la medida en que los contribuyentes cumplan, podrán tener el derecho a reclamar los beneficios que el Estado debe otorgarles por obligación, entre ellos, la calidad de servicios públicos tan deseados y necesitados para la sociedad.
En general, lo que busca la Administración Tributaria apoyada en las leyes tributarias, es que el cumplimiento voluntario de las obligaciones mejore. Éste es el componente más importante de la cultura tributaria, porque uno de los grandes cometidos de ésta es que el contribuyente pague espontáneamente y no tener que estar fiscalizando y presionando constantemente.
Es necesario desarrollar una cultura tributaria, que permita a los ciudadanos concebir las obligaciones tributarias como un deber sustantivo, acorde con los valores democráticos.
CULTURA TRIBUTARIA
I. ANTECEDENTES:
La SUNAT tiene como uno de sus objetivos estratégicos institucionales “Liderar el desarrollo de la conciencia fiscal y aduanera en la ciudadanía” desarrollando, entre otras acciones, diversas actividades formativas en el ámbito nacional.
• Cultura Aduanera y Tributaria en el Sistema Escolar
Los contenidos de ciudadanía y tributación se incorporaron en el Diseño Curricular Nacional en el 2008, con lo cual su aplicación es obligatoria a todos los escolares del país. Para fortalecer el compromiso, las capacidades y conocimientos de los docentes de educación básica regular en la formación de la Cultura Aduanera y Tributaria entre sus alumnos, se realizan permanentemente talleres y seminarios de capacitación docente en el ámbito nacional.
• Sorteo Escolar de Comprobantes de Pago
Con la finalidad de dar a conocer la importancia e incentivar la exigencia de los comprobantes de pago en alumnos, profesores y padres de familia, se convoca anualmente este sorteo en el que pueden participar los colegios públicos y privados de todo el país con el objetivo de ganar un premio en efectivo para utilizarlo en la compra de equipo informático, mobiliario o mejoras en sus servicios higiénicos.
• Cultura Aduanera y Tributaria en la Educación Superior
Se organizan encuentros universitarios y concursos de conocimientos en coordinación con universidades e institutos de educación superior, públicos y privados del ámbito nacional. Tienen el objetivo de formar y sensibilizar a los estudiantes que próximamente se incorporarán a la vida económicamente activa del país, en la importancia de la función social del tributo, la lucha contra la evasión y el contrabando, el control del gasto público y las consecuencias de la corrupción.
• Actividades Lúdico Educativas de Cultura Tributaria
Son espacios de juego y funciones de teatro orientados a promover el cuidado y valoración de los bienes y servicios públicos, explicar la función social del tributo y la importancia del comprobante de pago así como reforzar valores positivos de responsabilidad, veracidad y respeto a los demás. Se implementan en stands de ferias, parques, plazas, centros comerciales, auditorios y colegios de todo el país.
II. OBJETIVOS DEL TRIBUTO
El Estado para poder realizar sus funciones y afrontar sus gastos, debe contar con recursos, y los mismos se obtienen a través de los diferentes procedimientos legalmente estatuidos y preceptuados en principios legales constitucionales. Entre los diversos recursos, están los tributarios, como fuentes de ingreso del Estado Nacional, y éstos son aquellos que el Estado obtiene mediante el ejercicio de su poder de imperio, es decir, mediante leyes que crean obligaciones a cargo de los administrados, en la forma y cuantía que las mismas establecen.
La característica común de los recursos tributarios es su obligatoriedad por imperio de la Ley en la cual tiene su origen, pero dicha obligatoriedad se encuentra enmarcada dentro de las limitaciones que emergen de la misma Constitución.
III. CARACTERISTICAS DEL TRIBUTO
Como noción general los tributos son "las prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una Ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines”. De esta definición se pueden derivar cuatro (4) características fundamentales que se explican a continuación.
• Prestaciones en dinero: Es una característica de la economía monetaria el que las prestaciones sean en dinero, aunque no es forzoso que así suceda. Es suficiente que la prestación sea "pecuniariamente valuable" para que se constituya un tributo, siempre que concurran los otros elementos caracterizantes y siempre que la legislación de cada país no disponga lo contrario.
• Exigidas en ejercicio del poder del imperio: El elemento esencial del tributo es la coacción, el cual se manifiesta esencialmente en la prescindencia de la voluntad del obligado en cuanto a la creación del tributo que le sea exigible. La bilateralidad de los negocios jurídicos es sustituida por la unilateralidad en cuanto a su obligación.
• En virtud de una Ley: No hay tributo sin Ley previa que lo establezca. Como todas las leyes que establecen obligaciones, la norma tributaria es una regla hipotética cuyo mandato se concreta cuando ocurre la circunstancia fáctica condicionante prevista en ella como presupuesto de la obligación. Tal condición fáctica e hipotética se denomina "hecho imponible", es decir, toda persona debe pagar al Estado la prestación tributaria graduada según los elementos cuantitativos que la Ley tributaria.
• Para cubrir
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