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Carta Constitutiva


Enviado por   •  20 de Diciembre de 2013  •  3.261 Palabras (14 Páginas)  •  421 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA

En la ciudad de Torreón, distrito notarial de Coahuila , en el estado de Coahuila; a los 19 días del mes de diciembre del año dos mil trece , se presentaron los ciudadanos: Valeria Estefanía Gutiérrez Alvarado, Leonardo Daniel Valdez Cordova, Brandon Vásquez Mijares, Gibran Agustín Álvarez Gaytan, Verónica Rojas Nava, Miguel Ángel Gonzales Dávila, todos ellos de nacionalidad mexicana, quienes comparecieron ante mi, Licenciado Jorge Luis Pedroza Cervantes, titular de la notaria publica numero Uno en el distrito, para que por medio del presente documento, se constituya una sociedad anónima de capital variable, con fines de lucro y para cumplir con los derechos y obligaciones de que esta acción derivan, y se estipula lo siguiente:

NATURALEZA DE SOCIEDAD:

Los ciudadanos Valeria Estefanía Gutiérrez Alvarado, Leonardo Daniel Valdez Cordova, Brandon Vásquez Mijares, Gibran Agustín Álvarez Gaytan, Verónica Rojas Nava, Miguel Ángel Gonzales Dávila, constituyen una sociedad anónima del capital variable de acuerdo a la Ley General de Sociedades mercantil, cuya organización y funcionamiento se regirán por los siguientes:

ESTATUTOS

Primero. DENOMINACION DE LA SOCIEDAD

La sociedad se denominara “Hotel El Huarache”, seguida de las palabras sociedad anónima de capital variable, o bien su abreviatura S.A de C.V.

Segundo. OBJETO DE LA SOCIEDAD

El objeto de la sociedad será:

a) La renta de habitaciones en el Hotel.

b) La participación en el capital de otras sociedades o entidades, civiles o mercantiles.

c) La presentación detoda clase de servicios relacionados con el hotel.

d) Elaboración y ejecución de viajes turísticos por la ciudad.

e) Dedicación a renta de habitaciones y promociones de cualquier género.

Tercero. DURACIÓN DE LA SOCIEDAD

La duración de la sociedad será de 99 (noventa y nueve) años, que contarán a partir de la firma de la presente escritura.

Cuarto. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD.

La sociedad se disolverá anticipadamente:

a) Por imposibilidad de seguir realizando su objeto principal.

b) Por resolución dela Asamblea general extraordinaria de accionistas tomada de conformidad con estos estatutos.

c) Cuando el número de accionistas sea menor al indicado por la ley.

d) Por la pérdida de la tercera parte del capital social.

e) En cualquier otro caso que la ley lo ordene.

Quinto. DOMICILIO SOCIAL.

El domicilio Social será en esta ciudad de Torreón Coahuila, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier otro lugar, dentro o fuera de la República Mexicana, así como señalar domicilios convencionales para la ejecución de determinados actos y contratos sin que por ello se entienda un cambio de domicilio social

Sexto. DOMICILIO FISCAL

El domicilio fiscal de la Sociedad quedará asentado en Avenida Allende 456 oriente, Col. Centro en la ciudad de Torreón Coahuila. Código Postal 27000.

Séptimo. CAPITAL SOCIAL Y LAS ACCIONES.

El capital social de la Sociedad es Variable, siendo el fijo mínimo de $50,000(cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional) Dividido en 100 acciones ordinarias y nominativas con un valor nominal de $500.00

(quinientos pesos 00/100 moneda nacional) cada una y un capital máximo ilimitado.

El Capital mínimo se encuentra suscrito y pagado en este acto como se muestra a continuación.

NOMBRE DEL ACCIONISTA | CANTIDAD DE ACCIONES | CAPITAL |

Bandom Vásquez mijares | 12 | $1,800,000 |

gibran Agustín Álvarez gastan | 10 | $1,500,000 |

Leonardo Daniel Valdez | 18 | $2,700,000 |

miguel ángel Gonzáles Dávila | 15 | $2, 250,000 |

Valeria Estefanía Gutiérrez Alvarado | 21 | $3,150,00 |

Verónica rojas nava | 24 | $3,600,000 |

total | 100 | $15,000,000 |

Los accionistas manifiestan bajo protesta de decir la verdad que son mexicanos, y que su inversión se considera mexicana, para efectos de la Ley para promover la inversión mexicana y regular la inversión extranjera.

Cumpliendo con los requisitos extendidos en el Artículo treinta y uno del Reglamento de la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera, los socios actuales si fueren extranjeros o bien los que pudiera tener en un futuro esta sociedad, se comprometen formalmente con la Secretaria de Relaciones Exteriores a considerarse como nacionales en lo que especta a las acciones que adquieran en propiedad, así como los bienes, concesiones, participantes o intereses de que sean titulares

Así mismo se comprometen los accionistas extranjeros que esta Sociedad pudiera tener a que los derechos y obligaciones que deriven de cualquier contrato efectuado por esta sociedad serán de acuerdo a los derechos mexicanos sin poder ellos pedir de ninguna manera el que interfieran sus gobiernos, esto bajo pena de perder en beneficio de la Nación las participaciones sociales que hubieran adquirido.

También se comprometen los accionistas de esta sociedad a que el capital social deberá pertenecer en un mínimo de 51% del total de las acciones a mexicanos y un máximo 49% de las acciones a extranjeros.

Esto de acuerdo con el artículo veintisiete de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las acciones estarán representadas por títulos nominativos, que podrán amparar a una o más acciones, y se enumerarán progresivamente y serán firmados por el administrador único. El ser dueño de dichas acciones tendrá como consecuencia el tener derechos y obligaciones dentro de la sociedad. Estos derechos y obligaciones se darán en lo referente a lo siguiente:

a) A la participación en las utilidades.

b) A la distribución proporcional de pérdidas al importe del valor nominal de la acción.

c) A la participación en las asambleas generales de los accionistas.

d) A todos aquellos derechos y obligaciones que les brinda la Escritura Constitutiva o la ley.

e) Deberán ser inscritos en el Registro Nacional de inversiones extranjeras los títulos representativos del capital que sean propiedad de extranjeros o bien que estén dados en garantía a favor de estos.

f) Aceptar lo que resuelvan la mayoría de los accionistas en las asambleas así como el Consejo de Administración.

g) La Sociedad reconocerá como accionista a quien esté registrado con tal carácter en el libro de Registro de acciones, dicho libro

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