Caso prático: accidente de trabajo
Enviado por Juan Carlos Medina Garcia • 2 de Octubre de 2020 • Trabajo • 1.136 Palabras (5 Páginas) • 120 Visitas
CASO PRACTICO
La viuda e hijos de un conductor de autobuses de Transportes Urbanos de Guanajuato que se suicidó después de padecer estrés originado en sus conflictos con la empresa percibirán las prestaciones de la seguridad social correspondiente a un accidente de trabajo, ha sentenciado el Supremo. Transportes Urbanos de Guanajuato Sociedad recurrió contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Guanajuato(Tribunal Superior de Justicia de Guanajuato) de conceder la pensión correspondiente a un accidente laboral a la viuda e hijos de un conductor de la empresa que se suicidó tras padecer ansiedad relacionada con trabajo. Aquella sentencia establecida que las prestaciones de viudedad y orfandad a las que dio lugar el fallecimiento de J. L. A. F derivan de accidente de trabajo”. El Supremo la ha confirmado y ha condenado a la parte recurrente al pago de las costas. La sentencia relata cómo en 2005 J. L sufrió un accidente de trabajo y necesitó asistencia médica por una crisis de ansiedad, síndrome de estrés laboral que derivó en problemas digestivos en años posteriores. El facultativo que le atendió recomendó un horario fijo que le permitiera comer siempre a horas fija, a lo que la empresa se negó. En mayo de 2007 tuvo lugar una huelga durante la cual se produjeron daños a los bienes de la empresa. J. L fue detenido por la Policía y se siguieron contra é diligencias que fueron sobreseídas. Contra esa decisión recurrió la empresa, lo cual derivó en nuevos archivos y nuevos recursos de la empresa contra la inocencia de J. L. Entre tanto, recuerda la sentencia ”la prensa vino recogiendo declaraciones de responsables” de la empresa municipal en las que se advertía de que las actuaciones penales derivarían en sanciones disciplinarias, pues se había abierto expediente contra J. L. Finalmente el procedimiento penal fue archivado definitivamente, pero la decisión de archivar, así mismo, el expediente disciplinario,” no pudo ser notificada por el trabajador, por cuanto éste ya había fallecido, señala la sentencia. A pesar de los informes médicos y las recomendaciones del Equipo de Salud Mental y de Medicina Interna que vinculaban el estrés con los trastornos digestivos y ambos con el proceso penal y disciplinario abierto contra J. L. , la empresa rechazó la solicitud del trabajador de ejercer su labor en un horario fijo, “ por no estar suficientemente justificada”. El 5 de noviembre de 2008 J. L, “dentro de su turno de trabajo como conductor”, se desvió de su ruta tomando una carretera nacional y, después de conducir tiempo, estacionó en una gasolinera, llamó al teléfono de emergencias 112 y manifestó desconocer dónde se estaba y que se encontraba nervioso y agobiado. Al día siguiente se suicidó. El Supremo considera establecida la relación causal entre el quehacer laboral y el suicidio del trabajador”.
CRONOLOGÍA
1.- Los problemas de “J.L” derivan de un accidente de trabajo, los cuáles le provocaron ansiedad y síndrome de estés laboral además de una serie de problemas digestivos.
2.- La persona que le atendió sugirió comer a horas fijas por su condición, pero la Empresa se negó a atender esta sugerencia.
3.- En épocas posteriores surgió una huelga por el incidente, a los cuáles se producieron daños a la Empresa. Posteriormente fue detenido
4.- Se le acusó de daños a propiedad privada, lo que empeoró su condición.
5.- Tiempos después, aproximadamente dos años después de estos incidentes “J.L”, dentro de su horario, se estacionó a una gasolinera , llamó al teléfono de emergencias 911, informó estar confundido sobre donde estaba, al día siguiente se suicidó.
6.- A pesar de las quejas sobre la persona que atendía los problemas médicos de J.L y su requisito para poder darle un horario conforme a su estado de salud, en el cuál se vinculaba al estrés, los problemas digestivos (causado por culpa de la empresa) además del caso que se le abrió a él, la empresa no quiso atender a sus demandas.
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