Clasificacion De Los Delitos
Enviado por ranish • 17 de Noviembre de 2012 • 756 Palabras (4 Páginas) • 563 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS
Conforme a su gravedad
• Crímenes: Atentan contra los bienes más preciados, aquellos que van contra la vida, la libertad, ejemplo, homicidio y secuestro.
• Delitos: Aquellos que violan los derechos de contrato social. Dañan el patrimonio de las personas. Robo, fraude.
• Faltas: Es una conducta antijurídica que pone en peligro algún bien jurídico protegible, pero que es considerado de menor gravedad y que, por tanto, no es tipificada como delito.
Conforme a su esencia
• Graves: Todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales son: Homicidio, traición a la patria, espionaje, sabotaje, contra la salud, etc.
• No graves: Son aquellos que no afectan de manera importante los valores fundamentales de la sociedad, o que no son vistos como delitos tan graves.
Por la conducta del activo
• Acción: Este tipo de delito hace referencia a una acción producida por el sujeto. Es decir, se parte de una prohibición, la cual no es tenida en cuenta por el mismo, y de todos modos el acto es realizado.
• Omisión: Cuando por una ausencia de acción se pone en peligro un bien jurídico y por tanto protegido por el Código Penal. Ejemplo: No prestar auxilio en caso de un accidente.
Por el resultado
• Formales: Son aquellos en los que la realización del tipo coincide con el último acto de la acción y por tanto no se produce un resultado separable de ella. El tipo se agota en la realización de una acción, y la cuestión de la imputación objetiva es totalmente ajena a estos tipos penales, dado que no vinculan la acción con resultado. En estos delitos no se presenta problema alguno de causalidad.
• Materiales: Exigen la producción de determinado resultado. Están integrados por la acción, la imputación objetiva y el resultado.
Por el daño
• De lesión: Aquel en el que el tipo legal prevé un daño real al objeto sobre el que recae la acción.
• De peligro: Aquel para cuya configuración no se requiere la producción de un daño, siendo suficiente con que se haga correr un riesgo genérico o concreto al bien jurídico protegido por la norma.
Por su duración
• Instantáneos: Cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos sus elementos constitutivos.
• Continuados: Cuando existe unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas e identidad de sujeto pasivo y se viola el mismo precepto legal.
• Permanentes: Cuando la consumación se prolonga en el tiempo.
Por el elemento subjetivo o culpabilidad
• Dolosos: Ejecución de un acto típicamente antijurídico con conocimiento y voluntad de la realización y el resultado.
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