Codena Y Iaeven
Enviado por WillisanSangroni • 4 de Noviembre de 2013 • 1.416 Palabras (6 Páginas) • 387 Visitas
CONASEDE
En 1936, se promulga la Ley Orgánica del Ejército y la Armada que establece la existencia de un “Consejo Supremo de Defensa Nacional”, que tiene como finalidad asesorar al Presidente de la República en sus atribuciones como máximo conductor de la seguridad del país.
El 18 de Agosto de 1976 el Congreso de la República decretó la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa que se publica en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.899 previniéndose con ella el Consejo Nacional de Seguridad y Defensa (CONASEDE), como máximo organismo de planificación y asesoramiento del Presidente en materia de seguridad y defensa.
En esta Ley se establece que el “Consejo Nacional de Seguridad y Defensa”, (CONASEDE), será presidido por el Presidente de la República e integrado por los Ministros de Relaciones Interiores, Relaciones Exteriores, Defensa, Hacienda, Inspectoría General de las Fuerzas Armadas Nacionales y el Jefe del Estado Mayor Conjunto. Asimismo en su artículo 10, contempla que el referido Consejo contará con una Secretaría con carácter permanente (SECONASEDE), para coordinar las labores de los organismos del consejo. Igualmente, en el Artículo 11, señala los siguientes organismos: un Comité Político, un Comité Económico, un Comité Social, un Comité Militar y un Comité de Movilización; no obstante dichos Comités no fueron activados a pesar de aparecer en la Estructura del CONASEDE.
El 16 de Agosto de 1 977, el Presidente de la República, según decreto Nº 2.307 publicado en Gaceta Oficial Nº 31.298, procedió a instalar el CONASEDE y el 19 de Septiembre de 1 977, en Gaceta Oficial Nº 31.322, el Presidente de la República, mediante decreto Nº 2.377 designa al General de División (Av.) AGUSTÍN BERZARES MORALES, Secretario del CONASEDE, instalándose así la Secretaría Permanente (SECONASEDE), para conducir sus esfuerzos en la formulación de políticas, estrategias, planes y programas, bajo una concepción de seguridad y defensa, orientada hacia la realización de los objetivos esenciales, en los campos: político, social, económico y militar de un estado democrático.
De acuerdo al nuevo marco Jurídico de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al rango constitucional que se le otorga a la Seguridad de la Nación en el Artículo 322 y al 323 donde se amplía la visión y ámbito de acción del antes Consejo Nacional de Seguridad y Defensa (CONASEDE), creándose el Consejo de Defensa de la Nación (CODENA) como máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público (Nacional, Estadal y Municipal) en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad del espacio geográfico. A tales efectos se promulga la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación Gaceta Nº 37.594 del 18 de diciembre de 2002, especificando las funciones del Consejo de Defensa de la Nación y de su Secretaría General. Actualmente está Secretaría General se encuentra en proceso de reestructuración integral en cuanto a su Misión, Funciones y Estructura Organizativa.
Funciones de CONASEDE
Artículo 34. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público nacional, estadal y municipal, en los asuntos relacionados con la seguridad y defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad del territorio y demás espacios geográficos de la República, debiendo para ello, formular, recomendar y evaluar políticas y estrategias, así como otros asuntos relacionados con la materia que le sean sometidos a consulta por parte del Presidente o Presidenta de la República.
A raíz de la aprobación por el Congreso Nacional de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa el 18 de agosto de 1976. Con motivo de la presentación del Proyecto de Ley ante las Cámaras Legislativas por el entonces Ministro de la Defensa, General de División Homero Leal Torres, se explico que las razones fundamentales que originaban el proyecto era la necesidad de integrar en un solo instrumento legal las disposiciones vigentes relacionadas con la Seguridad y Defensa del país y en consecuencia de establecer un organismo coordinador y consultor de la materia.
Obligaciones de CONASEDE
Atribuciones CODENA: De acuerdo al artículo 38 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación el Consejo de Defensa de la Nación tendrá las siguientes atribuciones:
1. Asesorar al Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad, desarrollo y defensa integral, en los diversos ámbitos de la vida nacional.
2. Formular la política de seguridad, en armonía con los intereses y objetivos de la Nación para garantizar los fines supremos del Estado.
3. Elaborar el concepto estratégico de la Nación, teniendo como
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