Como es la Gestion de negocios
Enviado por Eduardo Zertuche • 17 de Agosto de 2015 • Informe • 1.545 Palabras (7 Páginas) • 292 Visitas
GESTIÓN DE NEGOCIOS.
HECHOS JURIDICOS QUE SON FUENTES DE OBLIGACIONES.
Noción
La gestión de negocios se trata de otra fuente de obligaciones, un hecho jurídico voluntario lícito.
Consiste en la intromisión intencional de una persona que carece de mandato y de obligación legal, en los asuntos de otra, con el proposito altruista de evitarle daños o de producirle beneficios. Es una interferencia deliberada en la esfera jurídica ajena que la ley no prohíbe ni condena, porque se funda en un sentimiento de solidaridad social, en un propósito benefactor que debe ser alentado.
En sintesis, se dice que hay una gestión de negocios, cuando una persona se ocupa de los asuntos de otros sin haber recibido mandato ni tener obligación de hacerlo.
Puede hacerse ignorándolo el dueño, consintiéndolo éste u oponiéndose.
Naturaleza jurídica
La gestión de negocios engendra obligaciones tanto a cargo del gestor como del dueño del negocio gestionado. Tales obligaciones, de origen legal, no pueden ser modificadas ni sujetas a modalidad por los que intervienen y, una vez presente la figura jurídica, se producen al margen de su voluntad.
No es una declaración de voluntad porque no se dirige a las consecuencias jurídicas de la gestión de negocios. Se trata de un hecho jurídico y no de un acto jurídico.
Ha sido clasificada entre los cuasicontratos, según la tradición francesa.
Ahora bien, el cuasicontrato precisamente se define como un hecho jurídico voluntario lícito que crea obligaciones; pero este término ha perdido precisión jurídica, por constituir una categoría en la cual se han querido agrupar tantas figuras de naturaleza distinta, que se acabó por despojarle de todo significado. De tal manera que, en realidad, abarca tanto, que no comprende nada desde el punto de vista del contenido mismo.
Afirmaremos por el momento que la gestión de negocios no es un cuasicontrato, porque es un término que en el derecho mexicano no se ha reconocido.
Elementos de la gestión de negocios
Algunos autores señalan cuatro condiciones para la gestión de negocios, en los términos siguientes:
- Para que haya gestión, en primer lugar, la intromisión debe ser intencional: el gestor sabe que está inmiscuyéndose en los asuntos de otro.
- Es necesario que, la intromisión sea espontánea, pues ni procede de un mandato de la ley (no es obligatoria), ni de solicitud del dueño del negocio (no es contrato de mandato).
- Debe estar presidida por el propósito de obrar conforme a los intereses del dueño del negocio; es decir, que el gestor haya realizado actos de intromisión voluntaria sin haber recibido mandato del dueño.
- Por ultimo, se requieren ciertas condiciones de capacidad, aunque no lo señale la doctrina, no debe ser emprendida contra la presunta voluntad del dueño del negocio, pues la invasión autorizada es excepcional y debe ser salvaguardado el derecho de cada quien a decidir lo que le conviene en lo relativo a sus intereses personales, salvo que se tratare de una gestión por utilidad pública.
Obligaciones del gestor
- Debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio. Obrar conforme a la voluntad presunta del dueño.
Artículo 1896. El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto de otro, debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio.
- Debe desempeñar su encargo con la diligencia que emplee en sus negocios propios.
Artículo 1897. El gestor debe desempeñar su encargo con toda la diligencia que empieza en sus negocios propios, e indemnizará los daños y perjuicios que por su culpa o negligencia se irroguen al dueño de los bienes o negocios que gestione.
- Debe dar aviso al dueño y esperar su decisión (a menos que haya peligro en la demora). Debe continuar su gestión hasta concluir el asunto.
Artículo 1902. El gestor, tan pronto como sea posible, debe dar aviso de su gestión al dueño y esperar su decisión, a menos que haya peligro en la demora.
Si no fuere posible dar ese aviso, el gestor debe continuar su gestión hasta que concluya el asunto.
- Hacerlo gratuitamente.
Artículo 1904. Deben pagarse al gestor los gastos necesarios que hubiere hecho en el ejercicio de su cargo y los intereses legales correspondientes; pero no tiene derecho de cobrar retribución por el desempeño de la gestión.
- Indemnizar por daños y perjuicios causados por su intervención (Debe rendir cuentas).
Si se trata de evitar un daño, sólo se responde en caso de dolo o falta grave.
Si actúa contra la voluntad del dueño, la responsabilidad será completa.
El gestor responderá aun del caso fortuito si realiza operaciones arriesgadas, aunque el dueño las hubiera hecho o si actúa más en interés propio.
Artículo 1898. Si la gestión tiene por objeto evitar un daño inminente al dueño, el gestor no responde más que de su dolo o de su falta grave.
Artículo 1899. Si la gestión se ejecuta contra la voluntad real o presunta del dueño, el gestor debe reparar los daños y perjuicios que resulten a aquél, aunque no haya incurrido en falta.
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