Conducta de funcionarios a cargo de hacer cumplir la ley
Enviado por rafa.rave • 17 de Diciembre de 2022 • Monografía • 1.806 Palabras (8 Páginas) • 97 Visitas
EO PNP – DERECHOS HUMANOS |
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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ
ESCUELA NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL POLICIAL
ESCUELA DE OFICIALES
“ALFEREZ MARIANO SANTOS MATEO”[pic 3]
TRABAJO APLICATIVO INDIVIDUAL:
Conducta de funcionarios a cargo de hacer cumplir la ley
PRESENTADO POR:
CA PNP KONG BARBARAN, Enrique André
PARA EL CURSO DE:
Derechos Humanos
LIMA – PERÚ
2022
DEDICATORIA
Dedico este trabajo con gran amor a toda mi familia por el apoyo incondicional, por siempre impulsarme a ser mejor y lograr con éxito mi carrera.
INDICE
INTRODUCCIÓN 4
CAPITULO I 5
OBJETIVOS 5
CAPITULO II 6
MARCO TEÓRICO 6
I. Código de Conducta para funcionarios encargado de hacer cumplir la ley 6
II. Articulo 7 7
CAPITULO III 11
MARCO OPERACIONAL 11
REFERENCIAS 12
INTRODUCCIÓN
La corrupción es un mal que aqueja a todo el mundo y a toda profesión, ella no hace ninguna distinción de raza, sexo, edad, religión o posición política. Con el tiempo, la corrupción no ha hecho otra cosa más que incrementar su perpetración a costas de la buena fe de las personas que si intentan realizar sus funciones de forma honesta y honrada. Este mal es un problema que, a partir de la falta de firmeza o escasez de nuestros valores y principios morales, genera caos y en muchos casos injusticias contra otras personas.
En el Perú, por ejemplo, se ha vuelto un mal endémico en la sociedad. Es decir, para el peruano no es raro encontrar casos de corrupción en los diferentes aspectos de la vida, por el contrario, las personas prefieren u optan por este camino porque les resulta más fácil o efectivo para alcanzar sus objetivos particulares, sin pensar como estos actos pueden perjudicar a otros o peor aún, que sabiendo lo dicho anteriormente lo hacen.
Existen muchos ejemplos sobre la corrupción en nuestro país, incluso actualmente se vive una crisis política a causa de la corrupción de funcionarios políticos. Esto no hace mas que motivar el esfuerzo de las personas que si desean realizar un cambio en la sociedad, muchos de ellos poseen la autoridad para poder emitir normas que le permitan regular la conducta de las personas y claro está, de sancionar este tipo de actos.
En el caso de los funcionarios públicos encargados de hace cumplir la ley, quienes son los casos mas comunes entre la sociedad, éstos deben ser quienes deben adoptar una conducta intachable y acorde con el ejercicio de su profesión: objetividad para el cumplimiento de sus labores; firmeza para decidir y valor para enfrentar cualquier intento que contravenga la moral y disciplina de un funcionario con este poder.
CAPITULO I
OBJETIVOS
Objetivos General:
- Analizar y describir el código de Conducta para funcionarios encargados de hacer Cumplir la Ley de la ONU mediante el análisis documentario de sus artículos para reflexionar acerca de la conducta policial ética y lícita.
Objetivos específicos:
- Describir el artículo 7 del código de Conducta para funcionarios encargados de hacer Cumplir la Ley de la ONU mediante el análisis documentario de sus artículos para reflexionar acerca de la conducta policial ética y lícita.
CAPITULO II
MARCO TEÓRICO
Código de Conducta para funcionarios encargado de hacer cumplir la ley
Ser un funcionario de la ley implica ejercer una profesión que demanda mucha responsabilidad por el grado de su profesión. Es por ello que, la Organización de la Naciones Unidas en su deseo de promover una cultura de ética e integridad para el cumplimiento y respeto de los derechos humanos sin motivo de distinción alguno, establece un código de conducta para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Comprenden que dichos funcionarios poseen un poder otorgado por el Estado para salvaguardar el orden público y la moral de la nación, asimismo, la Asamblea General es consciente que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben ejercer dignamente su labor en beneficio del mismo Estado, garantizando la protección de los derechos de cada uno de los integrantes de su nación.
En el Perú, se entiende en término generales que dichos funcionarios deben cumplir a cabalidad sus funciones, las cuales están descritas en el artículo 166 de nuestra constitución, donde la responsabilidad de ejercer la labor de orden y control interno recae en la Policía Nacional del Perú. Por otra parte, el decreto legislativo 1267: Ley de la Policía Nacional del Perú; determina y norma con precisión la situación respecto a las obligaciones y derechos del personal policial, siendo consciente de que dicha profesión expone al funcionario ante innumerables situaciones de corrupción que atentan contra la integridad e imagen de la institución a la que representan.[pic 4]
Articulo 7
Según el artículo 7 del Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, se establece que:
“Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no cometerán ningún acto de corrupción. También se opondrán rigurosamente a todos los actos de esa índole y los combatirán” (pág. 6)
Entiéndase por acto de corrupción como cualquier acto que degrada o traiciona la confianza depositada en los funcionarios en el cumplimiento de sus funciones. Abarca cualquier hecho u omisión que contravenga en el beneficio ilícito por parte o no del funcionario, aun cuando solo se le haya planteado la situación. Ante ello, la Asamblea General menciona lo siguiente:
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