Confederacion Nacional De Trabjadores De Ecuador
Enviado por Vasco1993 • 30 de Noviembre de 2014 • 952 Palabras (4 Páginas) • 396 Visitas
DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
CONFEDERACION DE TRABAJADORES DEL ECUADOR
ENSAYO
Introducción
Es más que obvio que el desempeño laboral es el eje, la piedra angular del desarrollo del mundo y es más que una verdad. Y una gran lástima que la clase obrera haya sido así de subestimada y tratada de una forma tan injusta. Diariamente mientras aquellos obreros simplemente se esforzaban para poder sacar adelante a su familia las clases que los dominaban se enriquecían, esta realidad es superada en nuestro país hasta el año de 1944 donde por primera vez se toman en cuenta los derechos de los trabajadores en el país, gracias a uno de los derechos más favorables del derecho laboral colectivo: la libertad sindical, y las asociaciones.
Hemos llegado a una situación en la que el empleo no solo surge como un motor para impulsar la familia y que la gente llene el estómago sino que enriquezca al país y a fututo poder llegar a una estabilidad económica con la que solo sueñan las personas más pobres del tercer mundo. Y viven las más altas esferas del primero.
Desarrollo
El 4 de julio de 1944 se realizó el Congreso Nacional de Trabajadores efectivizando la constitución de la Confederación de Trabajadores del Ecuador. Este es un paso clave en nuestro país pero más bien un pasó retrasado. Ya que mientras que la segunda guerra mundial llegaba a su fin simplemente nuestro país imito a las que ahora se convirtieron en los denominados países de primer mundo y mientras ellos se enriquecían. Nosotros por nuestra lentitud, nos quedamos atrás sino ahora imposible lograra algo a menos que haya un cambio total y por una vez tonemos la iniciativa y tengamos el valor de ejecutar un plan que cambie nuestra sociedad. El poder sindical llego al país. Tarde pero llego y eso es más que suficiente para dar una esperanza a esa clase obrera de poder progresar. No hay que olvidar que esa clase obrera es la que ha hecho emerger a nuestro mundo. Y no los que se han aprovechado de ella.
Actualmente como lo dice nuestro propio reglamento del país en nuestro código de trabajo afirma:
Art. 440.- Libertad de asociación.- Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir las asociaciones profesionales o sindicatos que estimen conveniente, de afiliarse a ellos o de retirarse de los mismos, con observancia de la ley y de los estatutos de las respectivas asociaciones.
Las asociaciones profesionales o sindicatos tienen derecho de constituirse en federaciones, confederaciones o cualesquiera otras agrupaciones sindicales, así como afiliarse o retirarse de las mismas o de las organizaciones internacionales de trabajadores o de empleadores.
Todo trabajador mayor de catorce años puede pertenecer a una asociación profesional o a un sindicato.
Las organizaciones de trabajadores no podrán ser suspendidas o disueltas, sino mediante procedimiento oral establecido en este Código. Si la suspensión o disolución fuere propuesta por los trabajadores
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