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Convocatoria Licitación Pública


Enviado por   •  29 de Junio de 2017  •  Trabajo  •  30.659 Palabras (123 Páginas)  •  255 Visitas

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En cumplimiento a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los artículos 1 fracción II, 2, 3, 10, 13, 26 fracción I, 27 fracción I y segundo párrafo, 30 fracción I, 31, 32 y 33 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 1 y 2 de su Reglamento; y demás disposiciones administrativas vigentes en la materia, el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Delegación Federal en el Estado de Veracruz, convoca a los interesados en participar en la licitación pública nacional, para la adjudicación de un contrato de obra pública sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado que se indica, mediante el mecanismo de evaluación binario, de conformidad con las bases, requisitos de participación y procedimiento siguientes:

PARTICIPACIÓN DE TESTIGOS SOCIALES.

        

Se advierte a los licitantes que se permitirá la intervención de testigo social, como representante legítimo e imparcial de la sociedad civil, con el objeto de dar cumplimiento a los principios consagrados por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cuanto a la eficiencia, eficacia, economía y honradez, fortaleciendo con ello la transparencia e imparcialidad para satisfacer los objetivos del presente procedimiento de contratación por licitación pública de carácter nacional.

El testigo social tendrá derecho a voz y participará en la visita al sitio(s) de los trabajos, en la(s) junta(s) de aclaraciones, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, en las reuniones durante la evaluación de las proposiciones y revisión del proyecto del fallo, en el acto de fallo, en la formalización del contrato, en las reuniones de trabajo relacionadas con el procedimiento de contratación a las que convoque la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en cualquier otro acto que se realice durante el procedimiento de contratación en el que sea necesaria su participación, emitiendo un testimonio al finalizar su participación, en un término no mayor de 7 (SIETE) días naturales, contados a partir de la conclusión de su participación, que incluirá sus observaciones y en su caso recomendaciones, mismo que deberá ser publicado en la página de internet de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dentro de los 10 (DIEZ) naturales siguientes y en la que deberá permanecer al menos durante los 3 (TRES) meses posteriores a la fecha de su publicación, y se integrará al expediente respectivo del contrato.

PARTICIPACIÓN DE OBSERVADORES.

Se indica que, en cumplimiento a lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 27 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se permitirá la asistencia de cualquier persona que manifieste su interés de estar presente en los diferentes actos de ésta licitación pública nacional, en calidad de observador, bajo la condición de que deberán registrar previamente su asistencia en las oficinas de la Delegación Federal Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales  en el Estado de Veracruz, sita en la Avenida Lázaro Cárdenas No. 1500, Esquina Avenida Central, Col. Ferrocarrilera, CP. 91120, Xalapa, Ver., y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se abstendrá de recibir proposiciones o adjudicar el contrato, con las personas siguientes:

  1. Aquéllas en que el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración de este procedimiento de contratación;

  1. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública, la que deberá ser solicitada por el licitante interesado ante el titular del órgano interno de control en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en un plazo de cuando menos ocho días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones. El Órgano Interno de Control resolverá lo procedente, atendiendo a las características del objeto del contrato que se adjudicará, así como su correlación con las circunstancias que lo vinculan con los servidores públicos, y podrá tomar en cuenta todos aquellos elementos o circunstancias que resulten procedentes considerar. Toda solicitud extemporánea se tendrá por no formulada;
  1. Aquellos contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales les hubiere rescindido administrativamente un contrato. Dicho impedimento prevalecerá ante la propia Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales durante un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión;
  1. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos del Título Sexto de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Título Quinto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
  1. Aquéllas que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil o alguna figura análoga;
  1. Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común.

Se entenderá que es socio o asociado común, aquella persona física o moral que en el mismo procedimiento de contratación es reconocida como tal en las actas constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones de dos o más empresas licitantes, por tener una participación accionaria en el capital social, que le otorgue el derecho de intervenir en la toma de decisiones o en la administración de dichas personas morales.

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