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Cricis Carcelaria En Venezuela


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2011  •  2.649 Palabras (11 Páginas)  •  594 Visitas

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LA SITUACIÓN ACTUAL DEL SECTOR PENITENCIARIO NACIONAL

La razón de ser del Sistema Penitenciario debería responder, en principio, a la aplicación o ejecución de un programa enmarcado en una política criminal seria, objetiva y moderna, que facilite al Estado la aplicación de medidas de tipo preventivo y penal destinadas a llevar la criminalidad a límites tolerables.

Esto permitiría evitar que los comportamientos considerados como antisociales, perturben el nivel y calidad de vida de la mayoría de los ciudadanos, garantizando así el mayor bienestar posible, lo que implica, la determinación de medidas extrajudiciales de corte preventivo, normativas y medidas penales que en definitiva respondan a una política social general.

Lo deseable sería, que la utilización de medidas penales por no ser las más adecuadas para reducir la delincuencia, se constituyeran en la última alternativa, y decididamente se abordaran las causas del delito en su origen; como lo es la problemática de la pobreza, el desempleo, el acceso a la educación, la vivienda, la salud, la recreación, la cultura, el deporte e inclusive el acceso a una Administración de Justicia oportuna; variables que influyen significativamente en la conformación del sistema de valores de las personas.

La prevención, entendida en un sentido amplio, persigue evitar la ocurrencia del delito con cara al futuro, por intermedio de todos los programas de atención a la comunidad en las materias de salud, empleo, educación, recreación, cultura, deportes, vivienda y otras medidas de carácter profiláctico. Es por todo conocido, las grandes limitaciones que actualmente existen en materia preventiva, comparable con lo que se observa en la mayoría de los países calificados como del tercer mundo.

El liberalismo y hoy día la globalización aceleran el empobrecimiento de la mayoría en beneficio de pocos, y profundizan la limpieza de clase utilizando la cárcel como mero instrumento de exclusión. Se manifiesta claramente la sustitución de lo preventivo como principal acción para generar bienestar social, por lo represivo, donde se impone la intolerancia del Estado, el terror policial y el rigor penal frente a la pobreza, de lo cual no escapa la población desposeída de los países más ricos y avanzados.

Las medidas penales responden a la acción represiva del Estado frente al comportamiento tipificado como antisocial en la legislación penal. Se instrumentan a través de los órganos policiales y de investigación criminalística en principio, con la participación de la Fiscalía del Ministerio Público, los Jueces de Control, Juicio y Ejecución, para culminar con la intervención del Sistema Penitenciario, que en el caso venezolano debe atender imputados y condenados, representando éste sector el último eslabón de la cadena, pero el más hipertrofiado.

Asumiendo una visión positivista del asunto del delito, en su estudio, origen y formas de control, el Estado tiene la responsabilidad de facilitar los servicios penitenciarios que sirven de estructura para el control, el aislamiento y la ejecución de las penas, incluyéndose en el caso venezolano la atención a imputados y condenados.

Estos servicios suponen como fin principal el tratamiento, la reeducación, la rehabilitación y futura reinserción social, cuya eficacia y eficiencia dependen ciertamente de la inversión estatal, su organización, la infraestructura, los recursos humanos profesionales, el marco regulatorio de funcionamiento, y la planificación y ejecución del plan de acción enmarcado en la política penitenciaria nacional.

El conocimiento de la situación requiere de la revisión en el pasado y el presente, de múltiples variables que pretende abordar este trabajo.

Preliminarmente pudiéramos decir, que la situación penitenciaria venezolana se presenta sumamente compleja y violenta, evidenciando el fracaso de los diferentes actores responsables de la Administración de Justicia y como consecuencia la flagrante violación de los Derechos Humanos de las personas sometidas al régimen penitenciario. Así lo han venido reseñando por muchos años los medios de comunicación, al igual que algunos actores en el pasado y en el presente.

Para el año 1.997, Torrealba, afirmaba "la situación que se está viviendo en los Centros de Reclusión se nos presenta como una bomba de tiempo, que en varias ocasiones ha tratado de estallar, pudiendo hasta ahora ser controlada la situación; pero con resultados sumamente penosos, ya que se han perdido muchas vidas, y quedará en nuestra conciencia la duda de saber si se trataba realmente de personas responsables del delito que se les imputaba, además que después de ocurrida sus muertes el único camino que tienen los administradores de justicia es declarar terminada la averiguación por extinción de la acción penal o sobreseer la causa."1

En enero de 2.002, la Dra. Gloria Lizcano, médico voluntaria durante varios años, exdirectora del Internado Judicial de Falcón y del Instituto Nacional de Orientación Femenina INOF, actualmente Directora del Anexo Femenino de la Cárcel Nacional de Maracaibo, afirmó:

" Venezuela vive hoy la más severa crisis que en el orden Social, Etico, Político y Moral que se recuerda en la era democrática. En el sector penitenciario es donde más repercute negativamente ésta crisis, toda vez que históricamente el presupuesto para el área ha sido deficitario y últimamente, con el recorte presupuestario, las posibilidades de atender a éste sector de la población que ha perdido su Libertad pero no sus derechos fundamentales, son casi nulas por no decir ausentes.

Cuando la Constitución consideró la gama de Derechos Sociales de los cuales disfrutarían todos los habitantes de la República, no hizo discriminación alguna, por el contrario prohibió hacerlas en función del Credo, Raza, Sexo ó Condición Social. De eso se desprende que las personas detenidas tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano, al trabajo, a la educación, entre otros. De allí que al no existir restricción en la Ley para los reclusos, debe prestárseles una Asistencia Integral completa para así poder soportar los rigores de la Prisión?"

Estas apreciaciones, hechas por actores directos en la Administración de Justicia y operarios del Sistema Penitenciario, llevan a la reflexión sobre la crisis que vive el sector y remiten a la necesidad de atenderle adecuadamente en tiempo perentorio.

Existe consenso acerca de que el Sistema penal y el tratamiento penitenciario deben basarse en el respeto a la dignidad humana. Las Naciones Unidas en el Preámbulo de la Carta, reafirmaron su "fe en los derechos fundamentales del hombre" y "en la dignidad y el valor de la persona humana". Sin embargo la realidad de muchos

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