Código Civil vigente en el Estado de México
Enviado por Martha Berenice Aguirre Garduño • 23 de Junio de 2020 • Documentos de Investigación • 10.122 Palabras (41 Páginas) • 224 Visitas
[pic 1]TRABAJO FINAL
OBLIGACIÓNES Y CONTRATOS
ALUMNA: MARTHA BERENICE AGUIRRE GARDUÑO
ASESOR: LIC. ALEJANDRO DE JESUS VELAZQUEZ MONROY
SEMESTRE 3°
GRUPO 1
TURNO: MATUTINO
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INDICE
1.- Análisis de las distintas fuentes de las obligaciones que establece el Código Civil vigente en el Estado de México (señalando su concepto, elementos o requisitos, condiciones especies.
2.- Análisis de las distintas modalidades y/o especies de obligaciónes que establece el Código Civil vigente en el estado de México (señalando su concepto, elementos o requisitos condiciones especiales)
3.- Dentro de los contratos civiles que establece el Código Civil vigente en el Estado de México elaboración del estudio comparativo que consiste en la descripción, concepto naturaleza jurídica, requisitos o elementos que lo constituyen partes o personas que intervienen en los mismos comentarios personales a cada contrato a estudios son los siguientes.
- Compraventa
- Donaciones
- Arrendamiento y Subarriendo
- Comodato
- Depósito y del Secuestro
- Mandato Judicial
- Prestación de Servicios Profesionales
- Aparcería Rural
- Renta y Vitalicia
- Hipoteca
- Transacciones
- Arbitraje
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo podemos encontrar lo relacionado con las fuentes de las obligaciones que establece el Código Civil vigente del Estado de México señalando su concepto elementos y requisitos, así como también podemos encontrar las modalidades de las obligaciones que establece mismo código de igual manera podemos encontrar algunos contratos civiles y su estudio comparativo como conceptos requisitos o elementos que los distinguen a cada uno de ellos.
1.- Análisis de las distintas fuentes de las obligaciones que establece el Código Civil vigente en el Estado de México (señalando su concepto, elementos o requisitos, condiciones especies.
CAPITULO II
Fuentes de las Obligaciones
Art. 7.3 HECHOS Y ACTOS QUE ORIGINAN LA OBLIGACION
Son fuentes de las obligaciones los hechos y actos jurídicos que crean transfieren modifican o extinguen facultades y deberes jurídicos cuyo contenido sea una prestación de dar hacer o no hacer.
Art. 7.4 CONCEPTO DE ECHO JURIDICO
Hecho jurídico es el acontecimiento natural o humano voluntario o involuntario que se a supuesto por una disposición legal para producir consecuencias de derecho para crear, transmitir, modificar o extinguir derechos o deberes jurídicos o situaciones jurídicas concretas.
CAPITULO III
DE LOS HECHOS JURIDICOS
Art. 7.5 HECHOS JURIDICOS QUE SON FUENTES DE OBLIGACIONES
Para los efectos de este ordenamiento se entiende que:
- Los hechos jurídicos realizados sin la participación o sin la acción del hombre son los fenómenos de la naturaleza que producen consecuencias de derecho.
- Los hechos jurídicos efectuados con la participación del hombre se denominan biológicos y son los relacionados con este en su nacimiento, vida, capacidad o muerte.
- Los hechos jurídicos realizados con la acción del hombre son voluntarios, involuntarios y contra la voluntad.
CAPITULO IV
DE LOS ACTOS JURIDICOS
Art. 7.6 CONCEPTO DE ACTO JURIDICO
Acto jurídico es toda declaración o manifestación de voluntad hecha con el objeto de producir consecuencias de derecho.
Art. 7.7 ELEMENTOS DE EXISTENCIA DEL ACTO JURIDICO
Para la existencia del acto jurídico se requieren:
- Consentimiento
- Objeto
- Solemnidad en los casos que así lo disponga la ley.
Art. 7.8 ELEMENTOS DE VALIDES
Para que el acto jurídico sea válido se requiere:
- Capacidad
- Ausencia de vicios en el consentimiento
- Que el objeto, motivo o fin sea ilícito
- Formalidades salvo las excepciones establecidas por la ley.
Art. 7.9 CONSECUENCIA DEL ACTO JURIDICO
El autor o autores del acto jurídico adquieren derechos y contraen o imponen obligaciones.
CAPITULO V
DE LAS OBLIGACIONES DE DAR
Art. 7.256 PRESTACIÓN DE UN BIEN
La prestación de un bien puede consistir:
- En la traslación de dominio de bien cierto
- En la transmisión temporal del uso o goce de bien cierto
- En la restitución de bien ajeno o pago de bien debido.
Art. 7.257 ACREEDOR DE BIEN CIERTO
El acreedor de bien cierto no está obligado a recibir otro aun cuando sean de mayor valor.
Art. 7.258 BIEN CIERTO Y SUS ACCSESORIOS
La obligación de dar bien cierto comprende también la de entregar sus accesorios salvo pacto en contrario o de las circunstancias del caso.
Art. 7.259 ENAJENACIÓN DE BIENES CIERTOS Y DTERMINADOS
En las enajenaciones de bienes ciertos y determinados la traslación de la propiedad se verifica entre los contratantes por mero efecto del contrato sin dependencia de tradición ya sea natural o simbólica.
Art. 7.260 TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD
En las enajenaciones de alguna especie indeterminada la propiedad no se transferirá sino hasta el momento en que el bien se hace cierto y determinado con conocimiento del acreedor.
CAPITULO VI
DE LAS OBLIGACIONES DE HACER O DE NO HACER
Art. 7.272 INCUMPOLIMIENTO DE OBLIGACION DE NO HACER
Si el obligado a prestar un hecho no lo hiciere el acreedor tiene derecho de pedir de acosta de aquel se ejecute por otro cuando la sustitución sea posible. En este caso el acreedor podrá pedir que se deshaga lo mal echo.
Art. 7.273 INCUMPLIMINETO DE OBLIGACION DE NO HACER
El que estuviese obligado a no hacer alguna cosa quedara sujeto al pago de daños y perjuicios en caso de incumplimiento. Si hubiere obra material podrá exigir el acreedor que sea destruida a costa del obligado.
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