Código de Trabajo de la República de Panamá
Enviado por lcrodriguezr • 12 de Febrero de 2019 • Trabajo • 8.393 Palabras (34 Páginas) • 263 Visitas
DEDICATORIA
Este trabajo se lo dedicamos primero que todo a nuestros padres y familia por el cariño y apoyo que nos brindan siempre.
También le dedicamos este trabajo a nuestros compañeros y a todos los estudiantes de Panamá para que se induzcan en el tema y conozcan sobre las reglamentaciones laborales en nuestro país.
AGRADECIMIENTOS
Primero que todo agradecemos a Dios por permitirnos llevar a cabo este trabajo y a nuestros compañeros por el apoyo.
Además agradecemos a la profesora Teresa Ríos por recomendarnos este gran tema que es importante para todos.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 7
CAPITULO I
NORMAS GENERALES DE PROTECCION DEL TRABAJO 8
Protección del trabajo de nacionales 8
Colocación de los trabajadores y servicio de empleo 8
Jornada de trabajo 8
Descansos obligatorios 11
Vacaciones 12
CAPITULO II
CONTRATO DE TRABAJO 14
Formación y prueba 14
Duración 15
Los trabajadores 15
Los empleadores 15
CAPITULO III
NORMAS ESPECIALES DE PROTECCION DEL TRABAJO 17
Contratación de panameños para trabajar fuera del territorio nacional 17
Trabajo de mujeres 18
Trabajo de menores 19
CAPITULO IV
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES EMPLEADORES 21
Obligaciones de los trabajadores 21
Obligaciones de los empleadores 22
Salario y normas protectoras 25
CAPITULO V
TERMINACION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO 28
Causas de terminación 28
Indemnizaciones 29
Fondo de cesantía 30
CONCLUSIONES 31
RECOMENDACIONES 32
INFOGRAFÍA 33
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo es para analizar el Código de Trabajo de la República de Panamá que regula las relaciones entre el capital y el trabajo, sobre la base de justicia social concretada en la Constitución Política de la República, fijando la protección estatal en beneficio de los trabajadores.
La idea principal del Código de Trabajo es de encontrar el permanente crecimiento de la productividad basándose en promover el empleo en donde exista un clima armonioso entre el trabajador y la empresa.
Todas las normas encontradas en este Código de Trabajo aplican para las personas naturales o jurídicas, empresas, corporaciones y establecimientos dedicados a la oferta laboral en el territorio nacional.
El Código de Trabajo de Panamá fue creado mediante el Decreto de Gabinete No.252 de 30 de Diciembre de 1971 y contiene las modificaciones de la Ley No.44 de 12 de agosto de 1995. Está basado en los derechos humanos y deberes de los ciudadanos para establecer la igualdad de oportunidades para trabajadores y empleadores.
Este trabajo está estructurado en cinco capítulos:
El primer capítulo consta de las normas generales de protección del trabajo destacando aspectos como: protección del trabajo de nacionales, colocación de los trabajadores y servicio de empleo, jornadas de trabajo, descansos obligatorios y vacaciones.
El segundo capítulo se centra en el contrato de trabajo y destaca aspectos como: formación y prueba, duración, los trabajadores y empleadores.
El tercer capítulo se basa en las normas especiales de protección del trabajo, contratación de trabajadores para trabajar fuera del territorio nacional, trabajo de mujeres y trabajo de menores.
El cuarto capítulo consta de los derechos y obligaciones de los trabajadores empleadores destacando puntos como: obligaciones de los trabajadores, obligaciones de los empleadores y los salarios y normas protectoras.
El quinto capítulo trata sobre la terminación de las relaciones de trabajo, destacando subtemas como las causas de terminación, indemnizaciones y los fondos de cesantía.
CAPITULO I
NORMAS GENERALES DE PROTECCION DEL TRABAJO
Protección del trabajo de nacionales
Artículo 17. Todo empleador mantendrá trabajadores panameños, o extranjeros de cónyuge panameño o con diez años de residencia en el país, en proporción no inferior al 90 por ciento del personal de trabajadores ordinarios, y podrá mantener personal extranjero especializado o técnico que no exceda del 15 por ciento del total de los trabajadores.
Artículo 18. Los empleadores que fueren autorizados por el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social para contratar los servicios de trabajadores extranjeros especializados o técnicos, conforme el artículo anterior, tendrán la obligación de sustituir al trabajador especializado extranjero por uno panameño en un término máximo de cinco años, a partir de la fecha en que sea extendida la autorización a que se refiere esta norma.
Artículo 20. Las infracciones a los artículos precedentes, así como las informaciones inexcusablemente equivocadas, serán sancionadas con multas de 50 a 500 balboas fijadas por la respectiva autoridad del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, sin perjuicio del inmediato despido del personal extranjero no autorizado.
Colocación de los trabajadores y servicio de empleo
Artículo 22. Se permite la constitución y funcionamiento de agencias privadas de colocación de empleados, con o sin fines de lucro, siempre que no le cobren emolumento alguno al trabajador que solicita sus servicios.
El órgano ejecutivo reglamentará el funcionamiento de estas agencias, tomando en consideración los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Artículo 29. Las infracciones de las disposiciones de este capítulo, relativas a las agencias de colocación, se sancionarán con multas sucesivas y progresivas de 50 balboas en adelante, hasta lograr el cumplimiento de la orden o disposición.
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