¿Cómo contrarrestar la elusión y evasión de los pagos en el Sistema General de Seguridad Social?
Enviado por Daniela Agudelo • 25 de Octubre de 2018 • Apuntes • 1.107 Palabras (5 Páginas) • 126 Visitas
¿Cómo contrarrestar la elusión y evasión de los pagos en el Sistema General de Seguridad Social?
Cómo ya se ha mencionado en los capítulos anteriores, podemos darnos cuenta que en Colombia, “El SGSS está compuesto por tres regímenes donde la afiliación de las personas depende de su capacidad de pago y su inserción en el mercado laboral” (Juan Carlos Gómez Sabaíni, Oscar Cetrángolo y Dalmiro Morán, 2014, p. 47), es decir, que cada quien debe cotizar de una manera equitativa, porque al no cumplirse este plan de desarrollo para el régimen, habría un desequilibrio enorme que tanto las personas que están contribuyendo cumplidamente y el estado deben hayar la manera de contrarrestar el vacío que estos evasores dejarían.
Existen muchas maneras de evitar que tanto las empresas como los trabajadores independientes no contribuyan al SGSS o en su defecto como se ha venido hablando, que eludan este deber social: La entidad que presta un servicio de vigilancia y control, encargada de llevar la observancia de los ingresos de los ciudadanos asalariados es la DIAN, llevando a cabo El Plan de Choque. La Dian se ha preparado para contrarrestar la creatividad de los asesores. Para ello están cruzando la información de diferentes fuentes, como el Muisca, las cámaras de comercio, los registros de instrumentos públicos, las superintendencias, la banca, la Uiaf y hasta fuentes internacionales para ‘pillar’ a los que intentan usar atajos para bajar su carga impositiva o sencillamente para no pagar (La exitosa receta de la DIAN Contra la evasión, Revista Semana, 2014. Párrafo 4) Por ello, los operativos tocarán a los profesionales independientes, donde estaría un foco de elusión de renta, y comercios como las ferreterías, que si bien manejan grandes recursos, administran cierta informalidad evasora.
La experiencia en estos casos indica que en una sola visita y por concepto de una sola corrección, la administración tributaria puede recuperar entre 50 y 300 millones de pesos. (Preparan plan de choque contra evasión tributaria, El tiempo, 2000.)
en compañía de DANE, sin embargo, como estos también trabajan en conjunto con el Sistema de Cuentas Nacionales para poder llevar un registro estimado de lo que puedan devengar estos asalariados, no es posible ni tan seguro porque se llevan a cabo ajustes de acuerdo con las diferentes bases de datos, que no siempre son muy exactas y normalmente no llevan un mismo porcentaje. Es decir, que la información de lo que se evade o se elude y como esa cantidad puede ser contrarrestada o llevar a cabo una actividad de concientización sería solo para los trabajadores registrados y no con los trabajadores independientes que son los que, no declaran renta y normalmente no tienen un salario fijo son los que más razones encuentran para que sus actividad como evasores se encuentre legal y no puedan asumir una pena como lo menciona el art. 402 del Código Penal que reza así “El agente retenedor o autorretendor que no consigne las sumas retenidas o autorretenidas por concepto de retención en la fuente dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha fijada por el Gobierno nacional para la presentación y pago de la respectiva declaración de retención en la fuente o quien encargado de recaudar tasas o contribuciones públicas no las consigne dentro del término legal, incurrirá en prisión de cuarenta (48) a ciento ocho (108) meses y multa equivalente al doble de lo no consignado sin que supere el equivalente a 1.020.000 UVT.
En la misma sanción incurrirá el responsable del impuesto sobre las ventas o el impuesto nacional al consumo que, teniendo la obligación legal de hacerlo, no consigne las sumas recaudadas por dicho concepto, dentro de los dos (2) meses siguiente a la fecha fijada por el Gobierno nacional para la presentación y pago de la respectiva declaración del impuesto sobre las ventas”.
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