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DE LAS PERSONAS EN CUANTO A SU NACIONALIDAD Y DOMICILIO


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  Tesina  •  1.020 Palabras (5 Páginas)  •  491 Visitas

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TITULO I

DE LAS PERSONAS EN CUANTO A SU NACIONALIDAD Y DOMICILIO

Inicia esta parte del Código Civil Colombiano explicando de manera clara y concisa lo referente exclusivamente a las personas, así como sus diferentes clases, primeramente aludiendo a las personas tanto naturales como jurídicas, que son los atributos más especiales a tratar; dándole vida a esa clase de persona que aun cuando siendo inmaterial, siendo físicamente totalmente diferente a la natural no deja de ser importante en el ámbito jurídico de cualquier estado o nación.

Al hablar de personas pues es menester hablar igualmente de su domicilio, observando que existe una descripción detallada y pormenorizada de los tipos de este que hay, así como su concepto. De otro lado también es oportuno señalar que al ser este Código tan antiguo, existen conceptos que resultan necesarios modernizar para estar a la par con la actualidad social de nuestro país; prueba de ello es el articulo 89 en el que hace alusión al domicilio de las personas dependientes, los empleados domésticos entre otros, el cual estaba sujeto al domicilio de su patrono; situación que fue analizada por la Corte Constitucional y, mediante sentencia C-379 de 1998 declara inexequible dicho artículo por considerar que no es pertinente obligar a un trabajador dependiente a que su domicilio sea el de su patrono, toda vez que la relación existente entre este y aquel es meramente laboral, cosa contraria ocurre en el evento en que el dependiente acepte tal condición.

También en este título se palpa como la mujer va equiparando su participación en la sociedad, y muestra de ello es el artículo 87, en el que era marcado y cerrado el privilegio que ostentaba el padre por sobre la madre, devolviendo a esta ultima su condición de igual en la relación matrimonial.

TÍTULO II

DEL PRINCIPIO Y FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS

Ya en este título hace mención a la existencia o no de las personas, las cuales legalmente lo son al nacer. Las personas pueden ser naturales o jurídicas la persona es un atributo una calificación.

El nacimiento y el fallecimiento son de vital importancia en el transcurrir de una sociedad, aparte lógicamente que hacen parte del ciclo natural de la vida, sino que resultan esenciales en el ámbito legal, como lo son las herencias y concepciones, diligencias que poseen un amplio rango de acción e importancia. Se puede observar igualmente como existe una protección especial tanto a la madre que va a dar a luz como a la criatura que lleva dentro de sí, porque esta última hasta el momento de nacer es un sujeto de derechos, los cuales se hacen mucho más reales cuando nazca vivo, ya que con esta acción le es atribuida de manera inmediata unos derechos patrimoniales, los cuales son exclusivos de los nacidos vivos.

Este código como lo dijimos en la parte inicial es bastante antiguo, presentándose obviamente casos en los que es necesario y ha sido necesario modificar, ya sea por avances tecnológicos o por evolución de la sociedad, como a mi opinión seria el artículo 92, el cual

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