DE LOS LÍMITES Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Enviado por Katherine Gonnzalez • 23 de Agosto de 2017 • Ensayo • 980 Palabras (4 Páginas) • 309 Visitas
DE LOS LÍMITES Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
En cuanto a la Constitución (norma de normas, que establece las garantías, derechos y deberes de cada sujeto) se refiere podría decirse que no siempre ha sido lo que se encuentra concertado actualmente, sin embargo es evidente la gran mejoría que ha tenido desde su creación en 1810 (Socorro, y las demás Constituciones adyacentes a esta, incluyendo las Constituciones regionales que en ese tiempo existieron). Dichos cambios y reformas se han hecho con aras a la evolución del ámbito legislativo, puesto que así como la criminalidad se civiliza así mismo la constitución debe estar a la par o un paso delante de dicha criminalidad, y buscando por supuesto el bien común de la población.
Pero, realmente ¿con que cuenta la constitución colombiana para velar por la integridad de sus habitantes en todos los aspectos existentes incluyendo el penal? Y ¿realmente sirve lo efectuado? O ¿deberían realizarse cambios en pro de la población colombiana?
Aunque como toda estructura la constitución colombiana recae en ciertas falencias, no deja de ser un buen régimen adoptado por la población colombiana, teniendo en cuenta que es un sistema en el que prima el bienestar integral de sus ciudadanos y que por tanto se constituye de ciertas garantías las cuales a su vez pueden ser constitucionales o procesales.
Al hablar de garantías constitucionales se hace alusión a aquellas dispuestas para defender los derechos frente a las autoridades, individuos o grupos sociales, mientras que las garantías procesales son aquellos procedimientos encaminamos a proveer medios a las personas para que hagan efectivo el goce de sus derechos subjetivos.
Ahora bien, al proveer estas garantías procesales al indiciado o al ciudadano en general, también se estarían planteando unos límites que se declararan dependiendo del rol que se desempeñe dentro del proceso que se esté llevando a cabo. El proceso penal debe respetar la bilateralidad protegiendo los derechos del procesado contra las posibles arbitrariedades que se puedan presentar, así como los derechos en ejercicio de la víctima en la comisión de in delito.
Así pues, las limitantes permiten que se tenga una buena configuración del modelo legislativo y que se desprendan de la escala de valores acogida constitucionalmente, como ejemplo de ello se podrían citar los límites en el acto legislativo 03 de 2002 que estipula principios tales como el de obligatoriedad o el principio de oportunidad dando siempre pautas específicas para que este se lleve a cabo.
También tendríamos lo consagrado en el artículo 29 de la constitución política el cual dispone que “Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio”.
Por otra parte, se cuenta con el artículo 228 que trata de la pronta y cumplida administración de la justicia en procesos judiciales, o el 252 que como bien lo dice “Aun durante los Estados de Excepción de que trata la Constitución en sus artículos 212 y 213, el Gobierno no podrá suprimir, ni modificar los organismos ni las funciones básicas de acusación y juzgamiento. “Lo que declara tácitamente la independencia de las funciones básicas de acusación y juzgamiento.
Artículos como los anteriores, dan fe de que la constitución a modo procesal está en un buen nivel y con expectativas de mejorar conforme avanza la sociedad, creando límites que ejerzan influencia sobre el legislador cuando elabora y aprueba leyes (cuando decide poner una pena en lugar de otra), así como para las actuaciones del poder ejecutivo (cuando autoriza o deniega una petición de ejercicio de la libertad de expresión, por ejemplo), o la administración de justicia (cuando investiga unos hechos y no otros, por ejemplo).
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