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DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIDA CON RELACIÓN A LA EUTANASIA


Enviado por   •  6 de Agosto de 2021  •  Ensayo  •  960 Palabras (4 Páginas)  •  72 Visitas

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DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIDA CON RELACIÓN A LA EUTANASIA

Basándome en las fuentes consultadas, abarcaré temas como: la vida como derecho fundamental, y además trataré como tema particular la eutanasia en relación con este derecho.

Definir la vida misma, es extenso y complicado, requeriría de la realización de tratados complejos, reflexiones filosóficas, y una diversa y compleja extensión doctrinaria. Sin embargo, el doctor en derecho Rodolfo Figueroa García-Huidobro, trae en su texto “el concepto del derecho a la vida” varias distinciones sobre la manera de estudiar y analizar este derecho, y una de ellas es

La Vida como Derecho a Vivir y Permanecer Vivo. El cual Consiste, en el hecho de vivir, permanecer con vida o seguir viviendo, este concepto tiene varios matices: en primer lugar, la vida es el presupuesto principal de cualquier derecho fundamental, lo anterior supone que la vida tiene un valor más elevado que cualquier otro derecho fundamental, de hecho, es el inicio de todos los demás, por ello se diluye con un atributo del ser humano. Si consideramos esto, el objeto del derecho es la vida y también la obligación de terceros frente a esta.

En su desarrollo La constitución de 1991, abiertamente laica, liberal y garantista trajo un nuevo paradigma legal en cuanto a la vida, que se fue desarrollando en pequeños pasos.

Tanto en el preámbulo de la constitución, como en el artículo 11, protegen expresamente la vida, y la configuran como derecho germen de los demás derechos fundamentales, incluso la corte ha reiterado en varias sentencias su posición frente a que la vida es un derecho inviolable y debe ser respetado por particulares y el Estado mismo.

La perspectiva en cuanto la vida como derecho absoluto, ya estaba cuestionada solo con precedentes como la del código penal de 1980, cuando admite como causales de justificación: la legitima defensa o el estado de necesidad y el legislador reitera esa posición en la ley 600/2000, sino también con la llegada de las acciones de tutela en la constitución del 91, donde reiteradas veces los ciudadanos ponen en movimiento el aparato judicial para pedir que se les practique de manera legal el proceso de la eutanasia.

Finalmente, la corte, en la sentencia C-239/97 (despenalización del homicidio por piedad) marcando el comienzo de un nuevo paradigma constitucional en cuando a la vida, la vida digna, la disposición de la vida y la eutanasia en unas condiciones determinadas.

Es así como considero que las leyes deben evolucionar en la medida en la que la sociedad que regulan también lo hace, y se vaya observando la necesidad clara de cambiar la perspectiva en cuanto a la vida como derecho absoluto, inviolable, y sin capacidad de disposición, ni siquiera, del titular mismo. Así es como se observa en la sentencia T-444/1999, en donde la corte se pronuncia con respecto a la vida, ya no solo per se, sino como la vida digna, es decir, la vida en condiciones favorables para el desarrollo físico y psíquico de las personas, así, no

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