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DIFERENCIA ENTRE LOS VICIOS DE CONSENTIMIENTO Y SU IMPORTANCIA EN LA INVALIDEZ DEL CONTRATO


Enviado por   •  26 de Junio de 2021  •  Ensayo  •  531 Palabras (3 Páginas)  •  245 Visitas

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DIFERENCIA ENTRE LOS VICIOS DE CONSENTIMIENTO Y SU IMPORTANCIA EN LA INVALIDEZ DEL CONTRATO

En el presente ensayo se abordarán las diferencias entre los vicios del consentimiento y cuál es la importancia de estos para la invalidez de los contratos.

Los vicios del consentimiento se refieren a la asistencia de la voluntad con el objeto de que se anule dicha voluntad y lograr los propósitos, lo cual compromete la eficacia de dicha voluntad.

ERROR

El error quiere decir que es el concepto equivocado que se tiene de una ley o de la normatividad con el cual se puede anular el acto jurídico. Existen dos tipos de error, el error de hecho se refiere a la realidad material y el desconocimiento de las características de las cosas o cuando se cree que es una cosa y no lo es y viceversa; y el error de hecho que consiste en equivocarse sobre la existencia o interpretación de una ley o normatividad.

DOLO

El dolo es aquella voluntad obligada por una persona hacia otra para producir un daño. Es también cuando se actúa o se realiza una acción de forma consiente, aun sabiendo que puede perjudicar a la persona.

Podemos llegar a una diferencia razonable entre el error y el dolo, puesto que el error es una falsa representación de la realidad y ocurre de manera espontánea por el sujeto, mientras que el dolo también es una falsa representación de la realidad, pero en cambio no ocurre de manera espontánea por el sujeto si no que se quiere producir o inducir al error al otro sujeto.

MALA FE

La mala fe es aquella convicción que tiene una persona de haber adquirido un dominio, cosa o ventaja de una manera ilícita o fraudulenta. Acción de mala intención de una persona para obtener el derecho a alguna cosa u beneficio.

Se puede sancionar a aquella persona que haga actos de mala fe para el beneficio de sí misma.

VIOLENCIA

La violencia es el empleo de fuerza física externa o amenazas que pongan en peligro la vida o la salud que un sujeto realiza para la obtención de la voluntad de otra persona. Este acto cometido hacia la persona se califica como delito y causa nulidad del acto jurídico o contrato.

LESIÓN

La lesión es el perjuicio que se experimenta al celebrar un contrato; las lesiones se pueden clasificar dentro de dos tipos:

Las lesiones involuntarias que se causan por falta de atención o inobservancia de la normatividad.

Las lesiones voluntarias las cuales son causadas a sabiendas del sujeto, se realizan de manera consiente.

Después de dar un panorama amplio de los vicios del consentimiento y cuál es su significado, explicaremos a continuación la importancia de estos vicios para la invalidez de un contrato.

Los vicios del consentimiento al producir una alteración en la

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