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Alcance E Importancia Del Derecho Natural Y Sus Diferencias Con El Derecho Positivo


Enviado por   •  29 de Mayo de 2012  •  1.625 Palabras (7 Páginas)  •  3.916 Visitas

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A través de los años, los diferentes juristas del mundo se han encontrado con un aspecto del Derecho, del cual existen muchas opiniones encontradas. Este aspecto al que me refiero no es otro sino el Derecho Natural, con el Derecho Positivo. Es importante no confundir el Derecho Natural con la moral o con un código ideal de normas, ya que entonces no sería Derecho, sino solo moral, y sus normas no serían jurídicas sino morales, y solo existiría idealmente.

Desde la Antigüedad griega hasta hoy, el tema del derecho natural y el derecho positivo ha ocupado la atención y la reflexión de filósofos, juristas y politólogos. Comprende dos aspectos: primero, cuál es el concepto del derecho natural y, segundo, qué derecho es más importante y, por tanto, cuál de ellos debería prevalecer sobre el otro. En el caso de los monistas, no hay duda; o aceptan la hegemonía de uno o aceptan la del otro derecho. Para aquellos que consideran equivalentes dichos derechos, el problema surgiría en caso de alguna contradicción entre sus normas y, de todas maneras, volvería a darse el criterio monista al tener que decidir qué derecho debería aplicarse.

El derecho positivo es el derecho del estado que se elabora a través de los órganos legislativos y que corresponde a una determinada sociedad y a un tiempo determinado. La vinculación obligatoria es lo que da a este derecho su carácter vigente. Para los juspositivistas, éste es el único derecho que existe, “El Derecho”,

El derecho natural, según señalan sus defensores y promotores, es el derecho que parte de la misma naturaleza del hombre y, en consecuencia, es siempre igual, no importando la diversidad de países y culturas ni el transcurso del tiempo. Sin embargo, no ha habido coincidencia de conceptos en los autores acerca de lo

que debe entenderse por “naturaleza humana”.

Derecho Natural y Derecho Positivo

El Derecho Adjetivo es el Derecho de forma, es decir, constituye el conjunto de normas y principios que tienden especialmente a regular las relaciones jurídicas, poniendo en ejercicio la actividad judicial, comprendiendo las leyes procedimentales y de enjuiciamiento.

El Derecho Sustantivo es el Derecho de fondo, que consiste en el conjunto de normas jurídicas de diverso linaje que establece los derechos y obligaciones de las personas.

Antes que nada es importante recalcar las diferencias que existen entre el Derecho Natural y el Derecho Positivo, y dejar en claro que, aunque el segundo puede derivar del primero, no son lo mismo. Antes de seguir con esto nos encontraremos con un problema, ¿Qué es en realidad el Derecho Positivo? Para resolver encontramos varias vertientes, la de los que definen el Derecho Positivo como el conjunto de normas que derivan de la costumbre o del Derecho Consuetudinario, entre los juristas que comulgan con esta idea podemos encontrar a García Máynez, la de los que se refieren al Derecho Positivo como las normas jurídicas que han sido creadas para regular la conducta del hombre, se encuentren vigentes o no, o como lo explica Ramírez Gronda en su Diccionario Jurídico: "el Derecho Positivo es el sistema de normas jurídicas que regula efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico", o también quienes establecen simplemente que el Derecho Positivo es el conjunto de normas jurídicas en vigor en un país. A pesar de esta diversidad de opiniones en cuanto al Derecho Positivo, ninguna de estas debe ser confundida con el Derecho Natural.

Como primer punto de partida en cuanto a la diferenciación de estos podemos encontrar que el Derecho Natural es esencialmente justo, ya que, o es impuesto a nosotros por voluntad sobrehumana, o es inherente al hombre por naturaleza, la cual no es sino un orden perfecto de las cosas, mientras que el Derecho Positivo, aunque puede basarse en lo Natural, puede errar y no ser completamente equitativo, por ser una interpretación del hombre de lo que es justo, y este tiene como característica el errar, así podemos concluir este punto de la manera siguiente; el Derecho Natural es por esencia justo, perfecto, el Derecho Positivo puede equivocarse, es perfectible.

Otro punto de variación acerca del Derecho Natural y el Derecho Positivo son la validez y eficacia de los mismos, sin embargo como es costumbre encontramos varias opiniones acerca de este aspecto. Por un lado hay quienes afirman que el Derecho Natural posee eficacia y validez jurídica por ser intrínsecamente justo, mientras que el Derecho Positivo necesita de una norma legal vigente para tener validez. Por otro lado hay quienes estipulan que el Derecho natural necesita del apoyo del positivo, para que se haga cumplir lo dispuesto por el primero, como lo había citado con anterioridad.

nos enfrentamos a la incertidumbre más difícil de aclarar, ¿Cuál es superior a cuál? Y nuevamente descubriremos diferentes dictámenes sobre esto. Toparemos con quienes dicen que el Derecho Natural se encuentra por encima del Positivo, y que incluso el Positivo toma como base al Natural. También hay quienes sobreponen el Positivo al Natural, por tomar el

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