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DIVISIÓN DE TRANSITO AÈREO


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2020  •  Informe  •  4.256 Palabras (18 Páginas)  •  204 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1][pic 2]

FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA

COMANDDO ESTRATEGICO OPERACIONAL

COMANDO DE DEFENSA AEROESPACIAL

DIRECCIÓN DE VIGILANCIA Y CONTROL

DIVISIÓN DE TRANSITO AÈREO

DEPARTAMENTO DE LOS ESCUADRONES DE TRÁNSITO AÉREO

94 ESTACION DE TRÁNSITO AÉREO

COMANDO

Palo Negro 24 de marzo de 2018

NOTA INFORMATIVA

Del:

COMANDANTE (E)  DEL 94° ESCUADRON DE TRANSITO AEREO

Al:

CNEL. JOSE CASTAÑEDA TORREALBA

Asunto:

INFORMACIÓN.

[pic 3]

1        ANTECEDENTES:

        Considerando que la 94° Estación de Tránsito Aéreo, ha sufrido ciertas modificaciones administrativas en tiempos anteriores, en lo que se refiere a designación o nombramiento del mismo, siendo su antecesor más reciente la figura de 94° Escuadrón de Tránsito Aéreo (94°E.T.A), de donde se desprendían los bastiones fundamentales y “Escuadrillas”  principales del Tránsito Aéreo, quedando en la actualidad ambas  escuadrillas  conceptualizados y  representados en la figura administrativa de Oficina de Aproximación “Libertador” como la 941º Escuadrilla de Tránsito Aéreo (941°E.T.A),  dependencia que ha desempeñado y desempeña un trabajo invaluable  en cuanto a la prestancia del servicio de control, información de vuelo y alerta, extendiéndose a la Vigilancia Radar a todas aquellas aeronaves  que crucen su respectiva área de responsabilidad, plasmada claramente en la  documentación y acuerdos existentes. Dependiendo  para su momento y para el cumplimiento de dicha tarea con una cantidad considerada de Controladores de Tránsito Aéreo (C.T.A) , los cuales se dividían de la siguiente manera: cuatro (04) tripulaciones conformadas por cinco (05) controladores habilitados  y cuatro (04) supervisores que se dividían en uno (01) para cada tripulación, es decir cada tripulación tenía como mínimo cinco (05) integrantes y un optimo de seis (06) profesionales habilitados, de tal manera que esto permitía hacer una programación anual de vacaciones, sumado al cumplimiento de la respectiva proyección referida a  los cursos de capacitación, la excelsa resolución de situaciones inesperadas como reposos o comisiones imprevistas, entre otras, permitiendo a cada supervisor hacer un buen uso de su personal.

        El mantener un mínimo de controladores Habilitados, estimado en veinte (20) y un optimo de veinte y cuatro (24), como lo sugiere a los países signatarios la Organización de Aviación Civil Internacional, como ya se reflejo en la relación anterior, incluyendo a cada supervisor de las cuatro tripulaciones, permitía que el personal presentase su descanso idóneo y dedicación exclusiva a su trabajo, cumpliendo así con todas las normativas internacionales, como sus periodos de control y descansos, inclusive su respectiva programación de instrucción continua y recurrente petitorio en los casos que se ameritara. Ahora bien, en tiempos pasados también existieron momentos de crisis pero solo fueron eso “momentos” que en un tiempo determinado se solucionaron, respaldados por la existencia de un número sustentable y considerado del talento humano, sugerido por las normativas internacionales y adoptados por nuestra República Bolivariana de Venezuela y distribuidos como mandatorio por nuestro Comando de la Defensa Aérea, según reza en…….., como justo reconocimiento de lo delicado y especializada de la labor del Controlador Aéreo Militar, estableciendo de esta forma el respeto y fiel cumplimiento a la permisologia (descanso operacional o Permiso por Normas Internacionales “P.N.I”/CODAI) propio de una faena  donde la responsabilidad, jurisdicción,  flujo  creciente del tránsito aéreo, estrés, entre muchas otras variables, que hacen que la función, misión del Controlador de Tránsito Aéreo sea totalmente extenuante y degenerativa en la humanidad del profesional y su entorno.

        En este mismo orden de ideas, se presenta la 942º Escuadrilla de Tránsito Aéreo, mejor conocida como Torre de Control “Libertador”,  la cual ha desempeñado y desempeña un trabajo eficaz y de gran remembranza en cuanto al suministro de información de vuelo, alerta y control a las aeronaves militares, oficiales, generales e internacionales, bajo el área de su  responsabilidad. Basándose para el fiel cumplimiento de tal tarea, la disposición de una cantidad considerada de C.T.A Habilitados, los cuales se dividían de la siguiente manera: cuatro (04) tripulaciones conformadas por cuatro (04) controladores y un (01) profesional que cumpliría funciones de supervisor designado en cada tripulación, de tal manera que esto permitía hacer una programación anual de vacaciones la cual se cumplía a cabalidad, una proyección para la capacitación de los profesionales, permitiendo estar y permanecer en la vanguardia en materia de aeronáutica, demostrando la aceptable resolución de situaciones inesperadas como reposos o comisiones imprevistas, entre otros, logrando con ello,  establecer márgenes de descansos pertinentes que  evitarían la saturación  y estrés de los controladores, en el marco del cumplimiento de lo establecido por la Organización de Aviación Civil Internacional (O.A.C.I), organismo al cual la República Bolivariana de Venezuela está suscrita, de donde adecua y desprende tales faenas a través del Instituto Nacional de Aviación Civil (I.N.A.C)  y el C.O.D.A.I.

 

2        SITUACIÓN:

        En la actualidad la 941° Escuadrilla de Tránsito Aéreo (Oficina de Aproximación “El Libertador”) también conocida como A.P.P “Libertador”, ha venido pasando por un término, que si bien se puede calificarse desde una perspectiva constructivista y respetuosa, como grave y alarmante, es decir que desde hace un buen tiempo se ha dejado en segundo plano la importancia operacional y sobre todo la importancia del elemento humano que allí se dispone y desempeña tal labor operacional; permitiendo mayor remembranza o  en primer plano destacamentos, comisiones y otras instrucciones que incrementan y llaman al ausentismo laboral y la sobresaturación de tareas en un número menor de C.T.A, como por ejemplo: el desarrollo de clases en la Academia Técnica Militar Bolivariana (A.T.M.B) y el Instituto Universitario de Aviación Civil (I.U.A.C), que este último si bien es cierto, se intenta orientar en los descansos del profesional, mermando con ello, la  orientación de la permisologia ya prevista y con fines concisos, sumado a la  coincidencia o situación que termina afectando a algún controlador como por ejemplo el de tener que recibir la guardia o sostener la misma  antes  o después del tiempo previsto y publicado a otro profesional para poder llegar a tiempo  a dar clases  en representación de la Institución. Así mismo, el designar a un C.T.A Habilitado para coadyuvar funciones en los Escuadrones de Control Aeronáutico (E.C.A) o Escuadrones de Tránsito Aéreo (E.T.A) para desempeñar funciones  distintas para las cuales fue Habilitado por periodos de tiempo extensos que resultan en la mayoría de los casos la Perdida del Profesional como C.T.A Habilitado y Certificado, ya que finaliza siendo plaza de la unidad a la cual en un inicio fuese comisionado o en su defecto la discontinuidad  de funciones propias del área donde fuese Habilitado, lo que ameritaría la inclusión del profesional en la fase de Recurrente si su estadía fuera de la escuadrilla fuese  igual o menor a un mes. Condición que  eventualmente llega suceder, ya que la ausencia del C.T.A se extiende desde tres a un número mayor de meses, lo que conlleva que el especialista sea incluido y considerado para una nueva habilitación en el área, resultando con ello, no disponer del profesional por un intervalo mínimo de tres meses, periodo establecido Según Regulación Aeronáutica, incrementando las variables de riesgo en una tripulación y por ende de la Eficiencia del Cumplimiento de la Misión de la Unidad y en Consecuencia del Comando de Operaciones de la Defensa Aeroespacial Integral. 

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