DIVORCIO NECESARIO.
Enviado por Berenice Tovar Sanchez • 29 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 932 Palabras (4 Páginas) • 329 Visitas
JUICIO ORDINARIO CIVIL
DIVORCIO NECESARIO
CRISTOBAL RAMIREZ ROMERO
VS
M. CARMEN MARTINA HERNANDEZ DE RAMIREZ
EXPEDIENTE: _________/ 2013
C. JUEZ FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
P R E S E N T E :
CRISTOBAL RAMIREZ ROMERO, mexicano, mayor de edad, por derecho propio, señalando como domicilio procesal el BUFETE JURÍDICO GRATUITO DE GOBIERNO DEL ESTADO, ubicado en AVENIDA JUÁREZ NORTE, NUMERO 50, PRIMER PISO, COLONIA CENTRO HISTÓRICO, QUERÉTARO, QRO., autorizando para oír y recibir notificaciones a los C.C. LICENCIADOS MARIO ELIEZER GARCÍA GONZÁLEZ, con cedula profesional numero 1738038 ó LUIS ALBERTO MARTÍNEZ ZÚÑIGA, con cedula profesional 2106610 y folio 280 ó EVA LETICIA NIETO MENDOZA, con cedula profesional numero 4190521 y con el folio 873 y a los C.C. MARA ITZEL CONTRERAS JASSO, con número de cédula 8216463, SAÚL MARTÍNEZ RANGEL, KARINA JANET NAVARRO ÁLVAREZ, ARACELI LÓPEZ RAMÍREZ, MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ LÓPEZ, CLAUDIA ELIZABETH AYALA LOPEZ; comparezco para exponer:
Manifiesto que me conduzco y me conduciré con verdad en el presente proceso, haciéndome sabedora de las penas y sanciones que contemplan las legislaciones adjetiva civil y sustantiva penal vigentes en el Estado para quienes declaren con falsedad ante autoridad jurisdiccional.
Que por medio del presente ocurso solicito el DIVORCIO NECESARIO en la VA ORDINARIA CIVIL en contra de la C. M. CARMEN MARTINA HERNANDEZ DE RAMIREZ, quien tiene su domicilio para ser notificada y emplazada a juicio el ubicado en CALLE TARAHUMARAS NO. 341 MANZANA 57 LOTE 6, CERRITO COLORADO, de esta ciudad, de quien reclamo las siguientes:
PRESTACIONES
1. La disolución del vínculo matrimonial entre el suscrito y la C. M. CARMEN MARTINA HERNANDEZ DE RAMIREZ, por la causal establecida en la fracción XVII, del artículo 246 del Código Civil para el Estado.
2.- La disolución del régimen patrimonial de sociedad conyugal.
Fundo las prestaciones en las siguientes consideraciones de hecho y derecho.
HECHOS
1.- El día 5 de enero de 1981, la C. M. CARMEN MARTINA HERNANDEZ DE RAMIREZ y el suscrito contrajimos matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, como lo acredito con el acta de matrimonio número 2, de la oficialía 2, del libro 1, expedida por el Oficial del Registro Civil del Estado.
2.- De nuestra relación conyugal procreamos 4 hijos, todos mayores de edad, de nombres JUAN CARLOS, ERIKA, JESSICA y ANAYELI, todos de apellidos RAMIREZ HERNADEZ, como lo acredito con las Actas de Nacimiento que en original exhibo y que a continuación describo:
- JUAN CARLOS RAMIREZ HERNANDEZ, fecha de nacimiento 06 de junio de 1981, acta número 919, de la oficialía 2, del libro 3, expedida por el Oficial del Registro Civil para el Estado.
- ERIKA RAMIREZ HERNANDEZ, fecha de nacimiento 03 de septiembre de 1985, acta número 1620, de la oficialía 2, del libro 9, expedida por el Oficial del Registro Civil para el Estado.
- JESSICA RAMIREZ HERNANDEZ, fecha de nacimiento 11 de octubre de 1989, acta número 1955, de la oficialía 2, del libro 10, expedida por el Oficial del Registro Civil para el Estado.
- ANAYELI RAMIREZ HERNANDEZ, fecha de nacimiento 11 de octubre de 1989, acta número 1954, de la oficialía 2, del libro 10, expedida por el Oficial del Registro Civil para el Estado.
3.- La ahora demandada y el de la voz establecimos nuestro último domicilio conyugal el ubicado en CALLE TARAHUMARAS NO. 341 MANZANA 57 LOTE 6, CERRITO COLORADO, de esta ciudad.
4.- Nuestra relación conyugal en un inicio era cordial, llevadera y amorosa, sin embargo con el paso del tiempo y después de una serie de problemas la relación se empezó a dañar y a pesar de los múltiples intentos que el suscrito y la C. M. CARMEN MARTINA HERNANDEZ DE RAMIREZ hicimos para mejorar la relación.
...