Delitos Economicos
Enviado por PieriMontilla • 13 de Junio de 2014 • 1.395 Palabras (6 Páginas) • 310 Visitas
Los delitos económicos son delitos no convencionales, que forman parte del Derecho Penal Económico, pues afectan de manera directa a la Economía, segun jurisprudencia de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia venezolano el delito económico no sólo se dirige contra intereses individuales sino también contra intereses sociales y colectivos de la vida económica.
La Especulación consiste en comprar a precios bajos para luego vender a un precio mucho mayor al adquirido y puede considerarse como uno de los factores que más influye en la inflación. En Venezuela la especulación es sancionada severamente.
El Artículo 51 de la ley Orgánica de precios justos expone: De conformidad con el artículo 114 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quienes vendan bienes o presten servicios a precios superiores a los fijados o determinados por la SUNDDE, serán sancionados por vía judicial con prisión de ocho (08) a diez (10) años.
Igualmente serán sancionados con ocupación temporal del almacén, depósito, unidad productiva o establecimiento, hasta por ciento ochenta (180) días, más multa de un mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) Unidades Tributarias.
La misma sanción será aplicable a quienes vendan bienes o presten servicios a precios superiores a los que hubieren informado a la SUNDDE.
La reincidencia en la infracción establecida en el presente artículo será sancionada con la clausura de los almacenes, depósitos o establecimientos del sujeto infractor, así como la suspensión del RUPDAE, en los términos previstos en la presente
Ley y su Reglamento.
El Acaparamiento consiste en el encarecimiento de un Producto mediante la congelación de su Oferta, antes de que lleguen al Mercado de Consumo, con el fin de venderlos cuando los Precios de los mismos resulten superiores a los actuales.
Artículo 54. Los sujetos de aplicación de la presente Ley que restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes regulados por la SUNDDE, retengan los mismos, con o sin ocultamiento, para provocar escasez o distorsiones en sus precios, serán sancionados por vía judicial con prisión de ocho (08) a diez (10) años.
Igualmente serán sancionados con multa de un mil (1.000) a cincuenta mil (50.000) Unidades Tributarias, y con la ocupación temporal del establecimiento hasta por ciento ochenta
(180) días.
La reincidencia en la infracción establecida en el presente artículo será sancionada con clausura de los almacenes, depósitos o establecimientos del sujeto infractor y la suspensión del RUPDAE, en los términos previstos en la presente Ley y desarrollados en su Reglamento.
El boicot
Se le define a esta conducta ilícita como aquella que sea realizada por personas que conjunta o separadamente lleven a cabo acciones que impidan, de manera directa o indirecta, la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos de primera necesidad.
Artículo 55. Quienes conjunta o separadamente, desarrollen o lleven a cabo acciones, incurran en omisiones que impidan de manera directa o indirecta la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes, así como la prestación de servicios regulados por la SUNDDE, serán sancionados por vía judicial con prisión de diez (10) a doce (12) años.
Igualmente serán sancionados con multa de mil (1000) a cincuenta mil unidades tributarias (50.000) Unidades Tributarias y ocupación temporal hasta por ciento ochenta (180) días. La reincidencia en la infracción establecida en el presente artículo será sancionada, con clausura de los almacenes, depósitos o establecimientos del sujeto infractor y la suspensión del RUPDAE, en los términos previstos en la presente Ley y desarrollados en su reglamento.
Alteración fraudulenta de precios
Son actos que consiste en difundir noticias falsas, en emplear violencia, amenazas, engaño, o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los alimentos o productos sometidos a control de precios.
Artículo 63. Quien difunda por cualquier medio, noticias falsas, emplee violencia, amenaza, engaño o cualquier otra maquinación para alterar los precios de los bienes o servicios, será sancionado con prisión de dos
(02) a seis (06) años.
Alteración fraudulenta de condiciones de oferta y demanda
Es todo acto con la finalidad de alterar las condiciones de oferta y demanda en el mercado nacional destruya o haga desaparecer alimentos o productos sometidos a control de precio, o los instrumentos necesarios para su producción o distribución.
Artículo 53. Quienes alteren la calidad
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